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Decreto Local 009 de 2024 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
19/06/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/07/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8072 del 19 de julio de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 009 DE 2024

 

(Junio 19)

 

Por la cual se modifica el Decreto 003 del 30 de enero de 2024

 

EL ALCALDESA LOCAL (E) DE RAFAEL URIBE URIBE

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante circular conjunta 002 del 8 de enero de 2020, la Secretaría Distrital de Gobierno, la Secretaría Distrital de Planeación y el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (IDPAC) establecieron los lineamientos para el proceso de elección de los Consejos de Planeación Local, ampliando su conformación a nuevas organizaciones surgidas desde la publicación del Acuerdo 13 de 2000.

 

Que mediante el Decreto Local 003 del 2024 se conformó e instaló el Consejo de Planeación Local de Rafael Uribe Uribe.

 

Que mediante el Decreto Local 003 del 2024 se eligieron veintiséis (26) miembros del Consejo de Planeación Local en la localidad de Rafael Uribe Uribe

 

Que el Decreto 580 de 2023 en su artículo 21, establece:

 

Artículo 21. Pérdida de la calidad de Consejeros (as). Se perderá la calidad de Consejero (a) por falta absoluta a causa de muerte, renuncia irrevocable, incapacidad física permanente y/o interdicción judicial de la persona designada y porque el sector, la organización o grupo al que representa manifiesta que ya no será el representante al CTPD y al CPL.

 

Cuando se presenten vacancias por razones de fallecimiento de algún miembro, la Secretaría Técnica deberá verificar la defunción de la persona correspondiente, a través del sistema de registro de la Registraduría Nacional.

 

Cuando sea por renuncia, el consejero o consejera deberá radicar la carta de renuncia irrevocable al cargo que ostenta a la instancia de participación, sector y/o organización que representa, para dar traslado a la secretaria técnica y oficializar dicha renuncia.

 

Cuando exista un cambio en la representación de un gremio o una instancia, se deberá radicar una carta a la Secretaría Técnica correspondiente exponiendo los motivos, señalando el nuevo/a representante, junto el acta (s) de la sesión donde se definió dicho cambio.

 

En el caso de los CPL, ante la ausencia a más de cuatro (4) sesiones sin justificación, la secretaria técnica de la Alcaldías Locales en los CPL, mediante oficio formal informarán las inasistencias y solicitarán la designación de un nuevo (a) delegado (a).

 

Que el 23 de abril de 2024, las delegadas ROCIO AFANADOR y YISELLA RAMIREZ solicitaron la renuncia al Consejo de Planeación Local y mediante oficio 20246810040402 el CPL le notificó a la Alcaldía Local la declaratoria de vacancias.

 

Que el 27 de mayo de 2024, el delegado CARLOS JULIO CALDERÓN BAUTISTA solicitó la renuncia al Consejo de Medios Comunitarios y mediante oficio 20244211985222 el CPL le notificó a la Alcaldía Local la declaratoria de vacancias.

 

Que, la Alcaldesa (E) Local de Rafael Uribe Uribe, mediante acto motivado está facultado para modificar la conformación del Consejo de Planeación Local.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto el Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el artículo primero del Decreto 003 del 30 de enero de 2024, por medio de la cual se conforma el Consejo de Planeación Local de Rafael Uribe Uribe e incluir en remplazo de:

 

DE:

 

Nombre completo

Tipo y No. de Identificación

Tipo de Elección

ROCIO AFANADOR

C.C. 1031173195

Representante Sector Medio Ambiental

YISELLA RAMIREZ

C.C. 53008853

Representante Sector Propiedad Horizontal

CARLOS JULIO CALDERÓN BAUTISTA

C.C. 19300752

Representante Sector

Medios Comunitarios

 

A:

 

Nombre completo

Tipo y No. de Identificación

Tipo de Elección

JAMES AVILÉS

C.C. 1005771752

Representante Sector Medio Ambiental

VALERY HERRERA

C.C. 41761772

Representante Sector Propiedad Horizontal

JOSÉ ORLANDO PINILLA CUEVAS

C.C. 19413053

Representante Sector

Medios Comunitarios

 

PARÁGRAFO PRIMERO: De acuerdo con el Decreto 580 de 2023 en su artículo 22 y la Decreto 003 del 30 de enero de 2024 declárese la vacancia absoluta de las consejeras de Planeación Local a reemplazar.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de junio del año 2024.

 

DIMELZA MENDOZA RUEDA

 

Alcaldesa Local (E) de Rafael Uribe Uribe

 

Nota: Ver norma original en Anexos.