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DECRETO LOCAL 013 DE 2023
(Octubre 27)
Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal 2023
LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, la que le confiere el Artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 31 del Decreto Distrital 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos agregados.
Que, de acuerdo con el artículo 10° del Decreto 192 de 02 de junio de 2021, se establece:
“Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funciona miento servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.
Estos actos administrativos requieren para s validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”.
Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Mate riales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que, revisada la disponibilidad presupuestal de recursos con corte a 30 de septiembre de 2023, se observa que los rubros presupuestales relacionados a continuación, presentan saldos insuficientes para permitir la adquisición de bienes necesarios para la continuidad del funcionamiento normal y prestación de servicios a la ciudadanía de la Alcaldía Local de La Candelaria, así:
i) Rubro 02120201003023212801 “Papel Bond”. Presenta una apropiación de $9.342.500, a través de la cual se suscribió, a inicios de la vigencia, la Orden de Compra No. 107321 de 2023 por la suma de $9.342.500, la cual finalizó el día 04 de mayo de 2023, registrando, a la presente fecha un saldo de $0, por lo cual se requiere asegurar este suministro para lo que resta de la vigencia, considerando que, sí no se dispone de este bien fungible, se verá afectado el normal funcionamiento de la Administración Local.
ii) Rubros 021202020060363399 “Otros servicios de suministro de comidas” y iii) 021202020080585330 “Servicios de limpieza general”’. Durante la presente vigencia se ha realizado una apropiación de $20.000.000 y $210.000.000, respectivamente, mediante las cuales se realiza la compra de los insumos necesarios para la prestación de los servicios de aseo y cafetería y para el pago de este personal. Estos rubros presentan saldo pendiente por comprometer de $2.607.858 y $31.519.725, de forma respectiva. Según las proyecciones realizadas por la Administración Local, estos rubros se encuentran desfinanciados para cumplir con las obligaciones derivadas del Contrato de Prestación De Servicios No. 171 de 2023, el cual tiene prevista como fecha de finalización el 30 noviembre de 2023. El contrato en mención permite que se garanticen los servicios de aseo y cafetería para todas las instalaciones a cargo del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, asegurando, además, condiciones aptas de higiene, aseo, mantenimiento menor y jardinería para el normal funcionamiento y prestación de servicios a la ciudadanía de la Alcaldía Local de La Candelaria. Es así como, para asegurar estos servicios en lo que resta del año 2023 e inicio del 2024, se hace necesario realizar créditos por valor de $1.227.123 y $11.040.253, en dichos rubros, respectivamente.
Que, el rubro 0212020200701030471349 “Otros servicios de seguros de salud n.c.p.” presenta una apropiación de $96.000.000, registrando, a la fecha, un saldo pendiente por comprometer de $21.977.796 para cubrir la totalidad de los pagos de seguridad social en salud de los ediles de la Junta Administradora Local de La Candelaria correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023. Según las proyecciones realizadas por la Administración Local, el promedio mensual a girar es por la suma de $8.218.700 por cada mes, por lo cual, se deben adicionar recursos para garantizar estas obligaciones por lo que resta del año por la suma de $3.000.000.
Que, una vez se adelantaron los procesos de contratación del presupuesto de funcionamiento de la vigencia 2023, con afectación presupuestal de los rubros i) 021202010030636429028 “Partes y piezas plásticas para cartuchos de impresoras de computador, ii) O02120201003023219999- “Artículos n.cp. de pulpa de papel o cartón’, iii) 021202020070103010271311 “Servicios de seguros de vida individual” iv) 02120202007010303571351 “Servicios de seguros de vehículos automotores”, v) 0212020200701030571354 “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción”; vi) O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad civil”; vii) O21202020080787130 “Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos”, se registran saldos que no se comprometieron por valor de $23.065.806, por lo que se considera viable el traslado presupuestal de estos recursos con el objeto de financiar los rubros de funcionamiento 02120201003023212801 “Papel Bond”, 021202020060363399 “Otros servicios de suministro de comidas” , iii) 021202020080585330 “Servicios de limpieza general” y 0212020200701030471349 “Otros servicios de seguros de salud n.cp.”.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. Efectúese un contracrédito en el Presupuesto de Gastos de Funciona miento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por la suma de VEINTITRES MILLONES SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SEIS PESOS MCTE ($ 23.065.806), según el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por la suma de VEINTITRES MILLONES SE SENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SEIS PESOS MCTE ($ 23.065.806), según el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de octubre del año 2023.
ÁNGELA MARÍA QUIROGA CASTRO
Alcaldesa Local de La Candelaria
Nota: Ver norma original en Anexos. |