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DECRETO LOCAL 009 DE 2024
(Julio 09)
Mediante el cual se sanciona el Acuerdo Local No. 002 de 2024 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”
EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
El artículo 37 del Decreto 372 de 2010, define a los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local como: “el saldo sin comprometer del presupuesto de gastos después de realizar el ajuste presupuestal por cierre. Los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local son de propiedad del Distrito. El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos.”
Qué el artículo 38 del Decreto 372 de 2010, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local conforme los criterios de eficiencia, teniendo en cuenta las necesidades no financiadas, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el proyecto de acuerdo a la Junta Administradora Local.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires a 31 de diciembre de 2023, presentó un monto de excedentes financieros por valor de TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS ($ 3.251.810.156. COP)
Que el CONFIS a través de la circular 02 de 29 de abril de 2024, comunicó la decisión tomada en la sesión 04, celebrada el 23 de abril de 2024, indicando que, del monto total de los excedentes generados al 31 de diciembre de 2023 por los Fondos de Desarrollo Local de Bogotá, se le asignó al Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, una partida de: DOS MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS COP ($2.500.000.000 COP), para ejecutar los programas: Construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o rural y construcción y/o conservación de elementos del sistema de espacio público peatonal con estudios y diseños, viabilizados en los procesos de participativos.
Que, en línea de lo dispuesto por la circular 02 del CONFIS, el Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires asignará la suma asignada, al componente de inversión – “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI” dentro del proyecto O23011604490000002097: Movilidad segura y sostenible.
Qué, el quince (15) de mayo de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación a través del radicado No. 2- 2024-29332 dio concepto previo favorable sobre modificación a la inversión – adición de excedentes financieros.
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, determina que podrá efectuarse modificación presupuestal:
“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:
(…)
c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes.”
Que la Junta Administradora Local de Los Mártires, el veinte (20) de junio de 2024, aprobó mediante Acuerdo Local No. 002 de 2024, “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires” la modificación presupuestal del FDLM para la vigencia 2024, incluyendo la suma de DOS MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS COP ($2.500.000.000 COP), para ejecutar los programas: Construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o rural y construcción y/o conservación de elementos del sistema de espacio público peatonal con estudios y diseños, viabilizados en los procesos de participativos.
Que el artículo 81 de Decreto 1421 de 1993, indica que una vez aprobado en segundo debate un proyecto de acuerdo pasará al alcalde local para su sanción.
Que una vez revisado el Acuerdo Local No. 002 de 2024, se debe dar aplicación a lo establecido en el Artículo 82 del Decreto 1421 de 1993, dado que el referido acuerdo se encuentra ajustado a derecho y no será motivo de objeción alguna.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Sancionar el Acuerdo Local No. 002 de 2024 "Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires” conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, por valor de DOS MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($2.500.000.000 COP), conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: Remitir el Acuerdo Local No. 002 de 2024, debidamente sancionado a la Junta Administradora Local, a la oficina Jurídica de la secretaria Distrital de Gobierno para lo de su competencia y a la Imprenta Distrital para su publicación.
ARTÍCULO CUARTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Expedido en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de mayo del año 2024.
JUAN RACHIF CABARCAS RAHMAN
Alcalde Local de Los Mártires
Nota: Ver norma original en Anexos. |