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Decreto Local 015 de 2024 Alcaldía Local de Sumapaz

Fecha de Expedición:
26/07/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/08/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8087 del 05 de agosto del 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 015 DE 2024

 

(Julio 26)

 

Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal de 2024

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2010 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L.", sobre la distribución de los excedentes financieros, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes Financieros determinados por el F.D.L., teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas. 

 

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS en su sesión No. 7 celebrada el 13 de junio de 2024, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, determinó un monto total de TRECE MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE, ($13.400.000.000), por excedentes financieros a 31 de diciembre de 2023, generados por los veinte (20) Fondos de Desarrollo Local.

 

Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS en la Circular No. 03 de 2024 y, en la distribución de los excedentes financieros, se asignó al Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, un monto total de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE.  ($250.000.000) que se destinarán para la realización de actividades culturales navideñas para fortalecer la acción local, desconcentrando la navidad del Centro de la Ciudad, a través de un componente cultural que genere apoyo a emprendimientos culturales locales.

  

Que mediante radicado No. 2-2024-39459 del 3 de julio de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación emitió CONCEPTO FAVORABLE, sobre la asignación de los excedentes financieros asignados al Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, conforme a lo estipulado en la Resolución SDH No. 191 del 2017, que establece el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital.  

  

Que el Alcalde Local, solicitó a la Junta Administradora Local, mediante radicado No. 2024-702020013491 el estudio y aprobación de estos recursos en sesiones extraordinarias de la Corporación.  

  

Que la Junta Administradora Local de Sumapaz, mediante Acuerdo Local 002 de 2024, aprobó la adición de excedentes financieros para el presupuesto de la vigencia 2024, sancionado por el Alcalde local.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, en la cuantía de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($250.000.000), para la vigencia fiscal de dos mil veinticuatro (2024), conforme al siguiente detalle:

 

Agregados

Concepto

Valor

O1

Ingresos

250.000.000

O12

Recursos de capital

250.000.000

O1202

Excedentes financieros

250.000.000

O120203

Fondos de Desarrollo Local

250.000.000


ARTÍCULO SEGUNDO: Adicionar el presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, en la cuantía de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($250.000.000), para la vigencia fiscal de dos mil veinticuatro (2024), conforme al siguiente detalle:

 

Código Presupuestal

Rubro

Presupuesto 2024

O23

INVERSIÓN

250.000.000

O2301

DIRECTA

250.000.000

O230116

Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI

250.000.000

O23011601

Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política.

250.000.000

O2301160121

Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural

250.000.000

O23011601210000001633  

Acciones para la promoción de la cultura, tradición y costumbres sumapaceñas.  

250.000.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO(sic): Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO TERCERO:  Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO CUARTO El presente Decreto rige a partir de su publicación


Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de julio del año 2024.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA

 

Alcalde Local de Sumapaz

 

Nota: Ver norma original en Anexos.