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DECRETO DISTRITAL 304 DE 2024
(Septiembre 05) Por el cual se concede una licencia ordinaria no remunerada y se hace un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por los Decretos Nos. 648 de 2017 y 770 de 2021 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: “3 Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.”
Que a su vez el artículo 2.2.5.5.5 del Decreto 1083 de 2025 (sic), modificado por el Decreto 647 (sic) de 2017, establece que: “Licencia ordinaria. La licencia ordinaria es aquella que se otorga al empleado por solicitud propia y sin remuneración, hasta por sesenta (60) días hábiles al año, continuos o discontinuos. En caso de causa justificada, a juicio del nominador, la licencia podrá prorrogarse hasta por treinta (30) días hábiles más.
La solicitud de licencia ordinaria o de su prórroga deberá elevarse por escrito al nominador, y acompañarse de los documentos que la justifiquen, cuando se requiera.
Cuando la solicitud de esta licencia no obedezca a razones de fuerza mayor o de caso fortuito, el nominador decidirá sobre la oportunidad de concederla, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.
La licencia ordinaria una vez concedida no es revocable por la autoridad que la confiere, no obstante, el empleado puede renunciar a la misma mediante escrito que deberá presentar ante el nominador.”
Que mediante comunicación con radicado No. 1-2024-32502 del 28 de agosto de 2024, la Secretaría Distrital de Ambiente, solicitó se le conceda licencia no remunerada del 13 al 23 de septiembre de 2024 a la señora ADRIANA SOTO CARREÑO, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.782.488, Secretario de Despacho. Código 020, Grado 09 de la misma Secretaría y se efectúe el respectivo encargo.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 establece: “Encargo Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo ( )”.
Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Ambiente, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.
Que la señora Claudia Patricia Galvis Sánchez, Directora de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Ambiente, certificó que el señor JERÓNIMO JUAN DIEGO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.597.602, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del cargo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Ambiente.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1: Conceder licencia ordinaria no remunerada del 13 al 23 de septiembre de 2024, a la señora ADRIANA SOTO CARRENO, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.782.488, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Ambiente.
ARTÍCULO 2: Encargar del 13 al 23 de septiembre de 2024, al señor JERÓNIMO JUAN DIEGO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.597.602, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Secretaría Distrital de Ambiente, de las funciones del cargo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma Secretaría.
ARTÍCULO 3: Comunicar el contenido del presente Decreto a la señora ADRIANA SOTO CARREÑO, al señor JERÓNIMO JUAN DIEGO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a la Secretaría Distrital de Ambiente, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaria.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los funcionarios de que trata el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de septiembre del año 2024.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor Nota: Ver norma original en Anexos. |