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DECRETO LOCAL 019 DE 2024
(Septiembre 23)
Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2024
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ
En uso de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece: cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (...)
Que en la Resolución No. SHD-191 del 22 de septiembre de 2017, por el cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.
Que, según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL, en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que de acuerdo con el parágrafo único del artículo 10° del Decreto No. 192 del 02 de junio de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito.
Que, en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia 2024, el rubro “021202020080787130 Servicio de mantenimiento de equipos periféricos” cuenta con una apropiación por la suma de $25.000.000 programados para cubrir los gastos por concepto de servicios de mantenimiento de los equipos de sistemas de la alcaldía local de Sumapaz, los cuales no se van a ejecutar por cuanto los equipos están siendo revisados por los ingenieros de sistemas y técnicos vinculados a la alcaldía local.
Que, se requiere disponer de los recursos suficientes a fin de cubrir el siguiente rubro presupuestal: “02/202020080484222 - Servicios de acceso a Internet de banda ancha” por el valor de $22.500.000, para atender los pagos por los consumos de internet que se realicen en las instalaciones de la alcaldía por lo que queda de la vigencia 2024.
Que, por otra parte, se requiere disponer de los recursos suficientes a fin de cubrir el siguiente rubro presupuestal: “021202020080686312 - Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)” por el valor de $2.500.000, para atender los pagos por los consumos de energía que se realicen en las instalaciones de la alcaldía por lo que queda de la vigencia 2024.
Por tal razón, es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar la programación, donde los contracréditos ascienden a un valor total de VEINTICINCO MILLONES DE PESOS ($25.000.000) M/CTE.
Que en mérito de lo anterior expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la Vigencia Fiscal 2024, por la suma de VEINTICINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($25.000.000), de acuerdo con el siguiente detalle:
ARTICULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2024, por la suma de VEINTICINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($25.000.000), de acuerdo con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO: Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
ARTÍCULO QUINTO: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 23 días del mes de septiembre de 2024.
SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA Alcalde Local de Sumapaz
Nota: Ver norma original en Anexos. |