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Decreto 346 de 2024 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/10/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/10/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8153 del 10 de octubre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 346 DE 2024

 

(Octubre 10)

 

Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país a la Secretaria Distrital de la Mujer y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: “3 Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.”

 

Que el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de “ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede, rehusarse a su cumplimiento”.

 

Que la directora de Innovación de la Ciudad del Aspen Institute, Bunmi Akinnusotu en nombre del instituto y de Bloomberg Philanthropies, extendió invitación a la servidora LAURA MARCELA TAMI LEAL, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.907.347, Secretario de Despacho Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de la Mujer, para que asista y participe en la cumbre de ciudades “Bloomberg CityLab 2024”, que se llevará a cabo del 14 al 16 de octubre de 2024, en Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos.

 

Que mediante oficio con radicado No. 1-2024-37988 del 3 de octubre de 2024, la Secretaría Distrital de la Mujer solicitó se le conceda comisión de servicios al exterior del país, a la servidora LAURA MARCELA TAMI LEAL del 14 al 17 de octubre de 2024, para asistir al mencionado evento.

 

Que Bogotá es un referente internacional en la implementación de programas innovadores que cierran brechas de género, por ello, en temas de atención de violencias fue reconocida por la creación de Espacios Seguros por ONU Mujeres y su programa de “Ciudades Seguras”, de otra parte, también recibió el reconocimiento de New Cities como “Ciudad Bienestar”, un premio entregado a las ciudades que hacen del bienestar de la ciudadanía un elemento central en su agenda de políticas públicas por la creación del Sistema de Cuidado, programas que la hicieron ganadora del Desafío Global de Alcaldes de Bloomberg Philanthropies, un premio que reconoce a las iniciativas globales más innovadoras para superar la crisis provocada por la pandemia del Covid-19.

 

Que en estos reconocimientos Bogotá se ha posicionado en un lugar estratégico y privilegiado para la cooperación técnica: Por un lado, al poder compartir con otras ciudades del mundo las iniciativas y los aprendizajes y, por otro, el de poder recibir y gestionar ideas, cooperación y alianzas que favorezcan directamente a las mujeres en Bogotá. Situaciones comunes a nivel internacional como la de las mujeres migrantes, la feminización de la pobreza, que además ha llevado a más mujeres a condiciones de habitabilidad en calle, o la necesidad mundial de alianzas público-privadas para generar sostenibilidad y desarrollo con enfoque de género, reúnen un potencial de aprendizaje y cooperación de mucha relevancia para la ciudad y, directamente, para las mujeres en todas las diferencias y diversidades que habitan la ciudad.

 

Que su asistencia se considera procedente, por tratarse de asuntos que interesan a la entidad, toda vez que, se podrá compartir con otras ciudades del mundo las iniciativas y aprendizajes en materia de economía del cuidado y el enfoque de género en sus políticas públicas; la atención de violencias con su programa de “Ciudades Seguras” a través de la creación de espacios seguros “Manzanas del Cuidado”; profundizar sobre la importancia de pensar en el desarrollo de las ciudades y la democracia local desde la perspectiva de género; hacer frente a la actual crisis sistémica desde un nuevo enfoque multidimensional, universal e interdependiente de desarrollo, tal y como proponen las nuevas agendas globales; intercambiar experiencias en términos técnicos y de innovación social, temas estratégicos para cumplir con la misionalidad de la Secretaría Distrital de la Mujer, y a su vez, llevar a cabo alianzas público-privadas para generar sostenibilidad y desarrollo con enfoque de género.

 

Que así mismo, guarda relación con las funciones del empleo establecidas en la Resolución No. 0096 de 2019, entre ellas: “6. Liderar procesos conducentes a la erradicación de toda forma de discriminación y violencia contra las mujeres en el Distrito Capital.”, “9. Dirigir la implementación de la política pública de Mujeres y Equidad de Género en el Distrito Capital, incorporando el enfoque diferencial, de derechos y de género.”, “11. Dirigir la incorporación de los enfoques de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género (derechos de las mujeres, diferencial y de género) en el Plan de Desarrollo Económico, ambiental y de Obra Públicas del Distrito capital y en los planes de desarrollo locales, con el fin de propiciar la inclusión de programas y proyectos específicos dirigidos al reconocimiento y garantía de los derechos de las mujeres que habitan en el Distrito Capital.”

 

Que Aspen Institute, cubrirá tres noches de alojamiento, alimentación y tiquetes aéreos, es decir todo lo necesario para la comisión de la Secretaria.

 

Que mediante correo electrónico de fecha 4 de octubre de 2024, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., previa valoración técnica de pertinencia estratégica, recomendó la participación de la Secretaria Distrital de la Mujer en la presente comisión de servicios al exterior del país.

 

Que con el propósito que la servidora LAURA MARCELA TAMI LEAL, asista al mencionado evento, se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior del país del 14 al 17 de octubre de 2024, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes, por razones de itinerario de vuelo.

 

Que durante el término de la comisión, la servidora LAURA MARCELA TAMI LEAL tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 establece: “Encargo. Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las Junciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo(...)”.

 

Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de la Mujer para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

Que la Directora de Talento Humano de la Secretaría Distrital de la Mujer, Claudia Marcela García Santos, certificó que la servidora JULIANA CORTES GUERRA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.778.353, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría del Fortalecimiento de Capacidades y Oportunidades de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de la Mujer.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°-: Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 351 de 2024. <El nuevo texto es el siguiente> Conceder comisión de servicios al exterior del país, a partir de las 4:00 p.m. del 15 de octubre de 2024 y hasta el 17 de octubre de 2024, a la servidora LAURA MARCELA TAMI LEAL, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.907.347, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de la Mujer para que asista y participe en la cumbre de ciudades “Bloomberg CityLab 2024”, que se llevará a cabo del 14 al 16 de octubre de 2024 en Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos.

 

Parágrafo 1°. Durante el término de la comisión la servidora LAURA MARCELA TAMI LEAL, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Parágrafo 2°. Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, la comisionada, deberá presentar ante este Despacho informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.


El texto original era el siguiente:

ARTÍCULO 1°-: Conceder comisión de servicios al exterior del país, del 14 al 17 de octubre de 2024, a la servidora LAURA TAMI LEAL, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.907.347, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de la Mujer para que asista y participe en la cumbre de ciudades “Bloomberg CityLab 2024”, que se llevará a cabo del 14 al 16 de octubre de 2024 en Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos. 

Parágrafo 1°-: Durante el término de la comisión la servidora LAURA MARCELA TAMI LEAL, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017. 

Parágrafo 2°-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, la comisionada, deberá presentar ante este Despacho informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

ARTÍCULO 2°-: Modificado por el art. 2, Decreto Distrital 351 de 2024. <El nuevo texto es el siguiente> Encargar a partir de las 4:00 p.m. del 15 de octubre de 2024 y hasta el 17 de octubre de 2024, a la servidora JULIANA CORTES GUERRA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.778.333, de la Subsecretaría del Fortalecimiento de’ Capacidades y Oportunidades de la Secretaria Distrital de la Mujer, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.


El texto original era el siguiente:

ARTÍCULO 2°-: Encargar a partir del 14 al 17 de octubre de 2024, a la servidora JULIANA CORTES GUERRA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.778.353, de la Subsecretaría del Fortalecimiento de Capacidades y Oportunidades de la Secretaría Distrital de la Mujer, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.

 

ARTÍCULO 3°-: Comunicar a las servidoras LAURA MARCELA TAMI LEAL y JULIANA CORTES GUERRA, a la Secretaría Distrital de la Mujer, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los funcionarios de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y apellidos

Correos Electrónicos

1

LAURA MARCELA TAMI LEAL

ltami@sdmujer.gov.co

2

JULIANA CORTES GUERA

jcortesg@sdmujer.gov.co

 

ARTÍCULO 4.-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de octubre del año 2025.

 

CARLOS FERNDANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos.