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DECRETO LOCAL 019 DE 2024
(Octubre 23)
Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal 2024
ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36 del Decreto 372 de 2010,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L. Modificaciones Presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (…)
Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. (…)”. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.
Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, dicho manual define en su capítulo 3.9.1 Traslado presupuestal, lo siguiente: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.
Que el artículo 10 del Decreto 192 del 02 de junio de 2021. “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” y tiene por objeto reglamentar las normas orgánicas en materia presupuestal y demás normas de hacienda pública que rigen al Distrito Capital.
Que analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón de la vigencia fiscal 2023, se requiere efectuar un traslado presupuestal al interior de este.
Que así mismo la citada disposición en su artículo 10° señala: “…Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)…”
Que mediante el Decreto 643 del 29 de diciembre de 2023, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2024.
Al revisar la ejecución con corte al 10 de octubre de 2024, del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció que:
El rubro presupuestal O21201010030302 Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios, en la presente vigencia cuenta con una apropiación inicial por valor de $54.000.000, actualmente presenta un saldo disponible por $54.000.000 y una ejecución del 0%. Teniendo en cuenta que el Fondo tenía planeadas unas adquisiciones pero que, finalmente se suplieron con los contratos de arrendamiento de impresoras y escáneres, no se hace necesario realizar esta adquisición en la vigencia. De este rubro es susceptible trasladar la suma de $54.000.000.
El rubro presupuestal O2120201003023262003 Catálogos, folletos y otras impresiones publicitarias, en la presente vigencia cuenta con una apropiación inicial por valor de $50.000.000, Actualmente presenta un saldo disponible por $50.000.000 y una ejecución del 0%. Este rubro fue contemplado para la producción de las piezas comunicativas requeridas por la alcaldía local de Fontibón. Dado que actualmente existe el contrato CPS.417-2023 en ejecución, no se proyecta un nuevo proceso de contratación para este concepto en esta vigencia. De este rubro es susceptible trasladar la suma de $50.000.000
El rubro presupuestal O2120201003053544203 Mezcla química para extintores, en la presente vigencia cuenta con una apropiación inicial por valor de $7.000.000, Actualmente presenta un saldo disponible por $7.000.000 y una ejecución del 0%. Por este concepto de gasto, para esta vigencia se proyecta la recarga de los extintores, para lo cual se utilizarán $4.000.000. De este rubro es susceptible trasladar la suma de $3.000.000
Que, El Fondo de Desarrollo Local de Fontibón en procura de cumplir con sus obligaciones legales y administrativas, requiere aumentar la apropiación en el concepto de gasto O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad), por $107.000.000. Lo anterior, se hace necesario en procura de cumplir con las obligaciones legales y administrativas, como es la prestación del servicio de vigilancia 24 horas 7 días a la semana, en todas sus sedes, de manera ininterrumpida, para continuar salvaguardando la integridad física de los servidores, contratistas y comunidad en general que diariamente allí asisten, así como garantizar la custodia de los bienes muebles e inmuebles de todos los puntos donde se presta dicho servicio y que con la apropiación inicial en este rubro, no fue posible, por los costos que conlleva este contrato y los aumentos ordenados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, poder garantizar el servicio por toda la vigencia 2024 y parte del 2025, siendo indispensable entonces este traslado presupuestal.
Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución al interior de Gastos de Funcionamiento, requiere efectuar un traslado entre conceptos de gastos por la suma de CIENTO SIETE MILLONES DE PESOS ($107.000.000) M/CTE.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto técnico favorable para realizar un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal 2024, por valor de CIENTO SIETE MILLONES DE PESOS ($107.000.000) M/CTE. mediante comunicación N°2024EE380514O1, del 16 de octubre de 2024.
En mérito de lo anteriormente expuesto, la alcaldesa Local de Fontibón,
DECRETA:
PRIMERO: Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2024 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:
SEGUNDO: Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:
TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de octubre del año 2024.
ADRIANA YANETH ORTIZ UBAQUE
Alcaldesa Local de Fontibón
Nota: Ver norma original en Anexos. |