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Decreto 388 de 2024 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/11/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/11/2024
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 388 DE 2024

 

(Noviembre 01)

 

Por el cual se hace un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que con relación a las vacaciones, licencias, permisos y comisiones del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., el Decreto Ley No. 1421 de 1993, establece: Artículo 50. Vacaciones, licencias, permisos y comisiones. Corresponde al presidente de la República conceder al alcalde mayor las vacaciones, licencias y permisos a que tiene derecho y al alcalde mismo designar su reemplazo. (...)”

 

Que el Presidente de la República, autorizó licencia remunerada por los días 2, 3 y 4 de noviembre de 2024, al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.929.411.

 

Que por lo anterior se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del cargo de Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., al señor MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.801.572, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: Encargar por los días 2, 3 y 4 de noviembre de 2024, al señor MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.801.572, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de las funciones del cargo de Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá, al señor MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO, a la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

ARTÍCULO 3°: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de noviembre del año 2024.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos.