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ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2024
(Noviembre 08)
Por el cual se modifica el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, se cambia el nombre de la Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial y se dictan otras disposiciones
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1º. Modifíquese el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, el cual quedará así:
“ARTICULO 217. La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aeroespacial.”
Artículo 2º. Tras la promulgación del presente Acto Legislativo, la normatividad en la que se hace referencia a la expresión “Fuerza Aérea” será entendida para todos los efectos como “Fuerza Aeroespacial”.
Artículo 3°. Vigencia. El presente Acto Legislativo rige a partir de su promulgación. El Presidente del Honorable Senado de la República Efraín José Cepeda Sarabia
El Secretario General (E) del Honorable Senado de la República
Saúl Cruz Bonilla
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes
Jaime Raúl Salamanca Torres
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes
Jaime Luis Lacouture Peñaloza Nota: Ver norma publicada en Anexos.
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