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Decreto Local 021 de 2024 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
28/11/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/12/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8205 del 04 de diciembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 021 DE 2024

 

(Noviembre 28)

 

Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal 2024

 

ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36 del Decreto 372 de 2010,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L. Modificaciones Presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (...) Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo.

 

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (...)”.

 

Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, dicho manual define en su capítulo 3.9.1 Traslado presupuestal, lo siguiente: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaria Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.

 

Que el artículo 10 del Decreto 192 del 02 de junio de 2021. “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” y tiene por objeto reglamentar las normas orgánicas en materia presupuestal y demás normas de hacienda pública que rigen al Distrito Capital.

 

Que analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón de la vigencia fiscal 2023, se requiere efectuar un traslado presupuestal al interior de este.

 

Que así mismo la citada disposición en su artículo 10° señala: “...Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)...”

 

Que mediante el Decreto 643 del 29 de diciembre de 2023, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2024.

 

Que mediante el Decreto Local No. 20 del 18 de diciembre de 2023 “Por cual se Liquida el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024” se fijó el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.

 

Que, al revisar la ejecución presupuestal con corte al 27 de noviembre de 2024, del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció que:

 

El concepto de gasto O2120201003053544203 Mezclas químicas para extintores, presenta ejecución del 0,00% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $4.000.000

 

Teniendo en cuenta que el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, a la fecha cuenta con un total de CUARENTA Y UNO (41) extintores, ubicados estratégicamente en cada una de las sedes de la entidad, es oportuno mencionar que, la presente contratación resulta importante, ya que a la fecha los vehículos pesados, livianos y maquinaria amarilla no cuentan con estos elementos de cuidado y protección contra un riesgo provocado por el fuego. Es imprescindible contratar los servicios para realizar el mantenimiento y recarga de los extintores y la provisión de los elementos para la mitigación del riesgo, que incluye: Extintores, Kit de derrames químicos y soportes para extintores de piso y para la maquinaria amarilla. Así las cosas, con la finalidad de llevar a cabo un nuevo contrato para CONTRATAR EL SERVICIO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y COMPRA DE LOS MEDIOS DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS (EXTINTORES Y KIT PARA CONTROL DE DERRAMES) PARA TODAS LAS SEDES DE LA ALCALDIA LOCAL DE FONTIBÓN, El Fondo de Desarrollo Local de Fontibón requiere crear la apropiación en los siguientes rubros:

 

02120201004024299921 Soportes metálicos para fumigadoras y extinguidores portátiles, por valor de $762.790

 

02120201004034392302 Extinguidores de incendio, por valor de $1.734.623

 

02120201004034392303 Equipos extintores de incendios, por valor de $500.990

 

Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución al interior de Gastos de Funcionamiento, requiere efectuar un traslado entre conceptos de gastos por la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TRES PESOS ($2.998.403) M/CTE.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto, la alcaldesa Local de Fontibón,

 

DECRETA:

 

PRIMERO: Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2024 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

 

CODIGO

CONCEPTO

VALOR

O2

Gastos

$ 2.998.403

O21

Funcionamiento

$ 2.998.403

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 2.998.403

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 2.998.403

O2120201

Materiales y suministros

$ 2.998.403

O2120201003

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

$ 2.998.403

O212020100305

Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)

$ 2.998.403

O2120201003053544203

Mezclas químicas para extintores

$ 2.998.403

 

SEGUNDO: Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

 

CODIGO

CONCEPTO

VALOR

O2

Gastos

$ 2.998.403

O21

Funcionamiento

$ 2.998.403

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 2.998.403

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 2.998.403

O2120201

Materiales y suministros

$ 2.998.403

O2120201004

Productos metálicos y paquetes de software

$ 2.998.403

O212020100402

Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)

$ 672.790

O2120201004024299921

Soportes metálicos para fumigadoras y extinguidores portátiles

$ 672.790

O212020100403

Máquinas para uso general

$ 2.235.613

O2120201004034392302

Extinguidores de incendio

$ 1.734.623

O2120201004034392303

Equipos extintores de incendios

$ 500.990

 

TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de noviembre del año 2024.

 

ADRIANA YANETH ORTIZ UBAQUE

 

Alcaldesa Local de Fontibón

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.