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DECRETO LOCAL 024 DE 2024
(Diciembre 10)
Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal 2024
EL ALCALDE LOCAL DE USME (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, establece: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local.
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.” …
Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, y específicamente entre rubros presupuestales de Gastos de inversión los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Dirección Distrital de presupuesto de Secretaria Distrital de Hacienda. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.
Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, define el procedimiento para efectuar un traslado presupuestal al interior de los agregados presupuestales y establece que los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.
Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Usme cuenta con los proyectos de inversión registrados en el Banco de Proyectos de Inversión del Distrito, No. 1714 denominado: “Educación Superior para la Usme del Siglo XXI”, cuyo objeto es apoyar a los jóvenes de la Localidad de Usme mediante la Estrategia Jóvenes a la E, la cual busca facilitar el acceso y la permanencia de las y los jóvenes a programas de educación superior y postmedia, garantizando una meta anual para beneficiar con vinculación a 120 jóvenes y sostenimiento de 500 estudiantes, meta que por parte del Fondo de Desarrollo Local de Usme se ha cumplido mediante la suscripción del Convenio Interadministrativo N° 798 de 2024 con numero interno de Contrato 588-2023 cuyo objeto es “AUNAR RECURSOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS, LEGALES Y FINANCIEROS, CON EL FIN DE EJECUTAR EL PROGRAMA "JÓVENES A LA E"; CON EL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME, FACILITANDO EL ACCESO Y LA PERMANENCIA DE LAS Y LOS JÓVENES EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ” suscrito por un monto que asciende a la suma de (TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/CTE) DIEZ MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS) $3.465.564.649 M/CTE, mediante el citado convenio el Fondo de Desarrollo Local de Usme garantiza el cumplimiento de la meta establecida en el Plan de Desarrollo para la vigencia 2024.
En el marco del convenio interadministrativo suscrito con La Agencia Distrital para la Educación, la Ciencia y la Tecnología – ATENA y el Fondo de Desarrollo Local de Usme y en cumplimiento de los compromisos establecidos en los convenios 2267 de 2021, 439 de 2022 y 520 de 2023, la agencia viene reportando a través del canal seguro asignado para el Fondo de Desarrollo Local de Usme, la ejecución de todos los convenios suscritos con base en la validación y verificación de la localidad de residencia de los beneficiarios que residen en la localidad de Usme y de acuerdo a esta información se ha evidenciado el cumplimiento de las metas establecidas en el plan de desarrollo local en los componentes de acceso y permanencia . Por lo cual se hace necesario trasladar $160.032.351
Que en el Plan de Desarrollo Local de Usme, denominado: "UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÀ DEL SIGLO XXI" adoptado mediante acuerdo local No. 002 del 04 de octubre de 2020, establece el capítulo 3 propósito 2 denominado: “Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática”, buscando el fortalecimiento de 7 ACUEDUCTOS VEREDALES, para cubrir mayor población y brindar mejor calidad de agua, a través del mejoramiento y dotación de las estructuras y redes de los acueductos que sean necesarias de acuerdo con los diagnósticos existentes y/o diagnósticos nuevos que se necesiten, encaminado a la infraestructura para la prestación de los servicios públicos.
Con el fin de garantizar un mejor servicio y dar cumplimiento a la normatividad en cuestión de agua potable, y el cumplimiento de las metas establecidas en el plan de desarrollo local, el día 03 de junio de 2021 se realizó reunión con la participaron de los Acueductos Veredales, Secretaría de Hábitat, Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá y Fondo de desarrollo Local de Usme, con el cual se estableció y concordó el ORDEN DE EJECUCIÓN para las vigencias del Plan de Desarrollo actual, en donde para la intervención del año 2024, se escogió 3 acueductos, con lo cual se cumple la meta del PDL Por lo cual se hace necesario trasladar $132.627.435
Que el Fondo de Desarrollo Local de Usme cuenta con el proyecto de inversión registrado en el Banco de Proyectos de Inversión del Distrito, No. 1847 Movilidad Local Sostenible, el cual tiene, la meta de Intervenir para la vigencia 2024 1.020 metros cuadrados y para el cuatrienio 3.600 metros cuadrados de elementos del sistema de espacio público peatonal con acciones de construcción y/o conservación, se dio cumplimento con la construcción de espacio público de andenes asociados a la construcción de vías urbanas mediante el contrato N°591-2022 con de 4.000 m2 terminado, el contrato N°608-2023 con 6.000 m2 finalizando ejecución y con el contrato N°726-2024 con 5.000 m2 en ejecución, superando la meta del PDL. Por lo cual se hace necesario trasladar $580.000.000
Que se dispone de recursos de inversión por valor de OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/cte ($872.659.786), en los rubros presupuestales relacionados en el cuadro de contra créditos, teniendo en cuenta que las acciones previstas para estos rubros están cubiertas en su totalidad, por lo que quedarían saldos sin comprometer de cada una de las imputaciones mencionadas. Por esto y en aras de comprometer la totalidad de los recursos y de realizar una reasignación presupuestal entre los rubros presupuestales de Gastos de inversión, se hace necesario efectuar este traslado para complementar y acreditar los rubros de inversión O23011601060000001797 Apoyos en estrategias de salud para la Localidad y O23061605570000001856 Gobierno abierto y transparente, que requieren una mayor asignación de recursos, para así suplir las necesidades de la Entidad con una ejecución proporcionada en todos los rubros que componen los Gastos de Inversión.
Que, en virtud a lo anteriormente expuesto, se hace necesario realizar el traslado presupuestal solicitado para fortalecer las actividades de la administración de conformidad con lo relacionado en el cuadro de créditos.
Que se cuenta con los recursos disponibles en cada uno de los rubros mediante los cuales se informa de la disponibilidad de recursos por trasladar.
Que la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaria Distrital de Planeación con oficio 22024-69066 del 28 de Noviembre de 2024, emite concepto favorable a la propuesta de Traslado.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda con oficio No 2024EE447287O1 del 10 de Diciembre de 2024, emite concepto favorable a la propuesta de Traslado.
Que, en mérito de lo expuesto, La Alcaldesa Local de Usme (E),
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contra crédito en el Presupuesto de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2024, por valor de OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/cte ($872.659.786),. conforme al siguiente detalle:
CONTRACRÉDITO
CONTRACRÉDITO
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2024, por valor de OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/cte ($872.659.786), conforme al siguiente detalle:
CRÉDITO
CRÉDITO
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de diciembre del año 2024.
ANA ISABEL HORTÚA SALCEDO Alcaldesa Local de Usme (E)
Nota: Ver norma original en Anexos. |