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DECRETO LOCAL 022 DE 2024
(Diciembre 10)
Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal 2024
ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36 del Decreto 372 de 2010
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L. Modificaciones Presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (…) Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo
Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”.
Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, dicho manual define en su capitulo 3.9.1 Traslado presupuestal, lo siguiente: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de
Que el artículo 10 del Decreto 192 del 02 de junio de 2021. “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” y tiene por objeto reglamentar las normas orgánicas en materia presupuestal y demás normas de hacienda pública que rigen al Distrito Capital.
Que analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón de la vigencia fiscal 2023, se requiere efectuar un traslado presupuestal al interior de este.
Que así mismo la citada disposición en su artículo 10° señala: “…Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)…”
Que mediante el Decreto 643 del 29 de diciembre de 2023, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2024.
Que mediante el Decreto Local No. 20 del 18 de diciembre de 2023 “Por cual se Liquida el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024” se fijó el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.
Que, al revisar la ejecución presupuestal con corte al 27 de noviembre de 2024, del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció que:
El concepto de gasto O21202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual, presenta ejecución del 99,95% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $24.199
El concepto de gasto O2120202000701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores, presenta una ejecución del 99,85% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $22.455
El concepto de gasto O2120202000701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción, presenta una ejecución del 99,88% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $87.176
El concepto de gasto O2120202000701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil, presenta una ejecución del 99.99% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $9.148
El concepto de gasto O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación jurídica, presenta una ejecución del 71,23% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $201.360
El concepto de gasto O21202020080383143 Software originales, presenta una ejecución del 76,93% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $44.308.458
El concepto de gasto O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad), presenta una ejecución del 83,65% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $32.838.627
El concepto de gasto O21202020080787130 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos, presenta ejecución del 0,0% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $15.000.000 El concepto de gasto O2120202008078715299 Otros servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y aparatos eléctricos n.c.p., presenta ejecución del 58,5% un saldo disponible de apropiación por la suma de $10.374.357
El concepto de gasto O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad), en la presente vigencia, cuenta con una apropiación inicial por valor de $1.060.000.000 y una ejecución del 83,65%. Para esta vigencia se ejecutó el contrato BMC.351-2024 el cual finalizó el 02 de diciembre de 2024 y actualmente se encuentra en curso el contrato, igualmente adelantado a través de la Bolsa Mercantil de Colombia N° FDLF-BMC-591-2024, el cual finaliza el 12/04/2025. Teniendo en cuenta lo anterior, resultado de la rueda de negocio con la Bolsa mercantil de Colombia para la nueva contratación y el valor final, la negociación se dio por menor valor que el apropiado, por lo que resultó un saldo disponible de $32.838.626. De este concepto de gasto es susceptible trasladar la suma de $32.838.626
El Manual Operativo de Presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local adoptado mediante la Resolución N°SDH-000191 del 22 de septiembre de 2017, “3.9. Modificaciones Presupuestales 3.9.1. Traslado Presupuestal”, establece los procedimientos y/o justificaciones para aumentar y disminuir rubros presupuestales de acuerdo con esto a continuación, se presentan los contracréditos y créditos de manera detallada:
En mérito de lo anteriormente expuesto, la alcaldesa Local de Fontibón,
DECRETA:
PRIMERO: Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2024 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:
SEGUNDO: Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:
TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en la ciudad de Bogotá, D.C. a los 11 días del mes de diciembre del año 2024.
ADRIANA YANETH ORTIZ UBAQUE
Alcaldesa Local de Fontibón
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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