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DECRETO LOCAL 030 DE 2024
(Diciembre 23)
Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 1 y 4 del artículo 86 del Decreto 1421 de 1993 y el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficio N.º 2024EE397173O1 del 30 octubre 2024, comunicó la Cuota de Asignación para la vigencia 2025 para el FDL Antonio Nariño la suma de TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS M/CTE ($38.776.483.000).
Que mediante Circular Conjunta No. 08 de 2024, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en su sesión N° 21 del 27 de noviembre de 2024 emitió concepto previo favorable a los Proyectos de Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de los Fondos de Desarrollo Local para la vigencia fiscal 2025, para el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño la suma de SESENTA Y DOS MIL CIENTO ONCE MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL PESOS M/CTE ($62.111.127.000).
Que, el Alcalde Local, en su de sus facultades legales y dando cumpliendo con lo establecido en el artículo 15 del Decreto Distrital 372 de 2010, presentó oportunamente el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño.
Que al tenor del Acuerdo Local 002 de 2018, es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.
Que en aplicación de la precitada norma, la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para la vigencia fiscal de 2025 mediante Acuerdo Local No. 005 del 11 de diciembre de 2024, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto Distrital 372 de 2010, al Alcalde Local le corresponde expedir el decreto de liquidación del presupuesto anual de ingresos y gastos a nivel de programas y proyectos, teniendo en cuenta el plan de cuentas presupuestal establecido por la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificado por el art. 1, Decreto Local 031 de 2024. <El nuevo texto es el siguiente> Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, por la suma de SESENTA Y DOS MIL CIENTO ONCE MILLONES CIENTO VEINTISIETE PESOS M/CTE ($62.111.127.000), para la vigencia fiscal del 2025, incluyendo disponibilidad inicial, conforme al siguiente detalle:
El texto original era el siguiente: Artículo 1. Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, por la suma de SESENTA Y DOS MIL CIENTO ONCE MILLONES CIENTO VEINTISIETE PESOS M/CTE ($62.111.127.000), para la vigencia fiscal del 2025, incluyendo disponibilidad inicial, conforme al siguiente detalle: Artículo 2°. Modificado por el art. 2, Decreto Local 031 de 2024. <El nuevo texto es el siguiente> Fijar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo De Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, por la suma de SESENTA Y DOS MIL CIENTO ONCE MILLONES CIENTO VEINTISIETE PESOS M/CTE ($62.111.127.000), para la vigencia fiscal del 2025, incluyendo disponibilidad inicia, conforme al siguiente detalle:
El texto original era el siguiente: Artículo 2.Fijar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo De Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, por la suma de SESENTA Y DOS MIL CIENTO ONCE MILLONES CIENTO VEINTISIETE PESOS M/CTE ($62.111.127.000), para la vigencia fiscal del 2025, incluyendo disponibilidad inicia, conforme al siguiente detalle: Artículo 3°. - Comunicación. Expedido el presente decreto, comuníquese inmediatamente el contenido a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.
Artículo 4º.- Publicación. Publíquese el presente decreto en el Registro Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 5°. - Vigencia. El presente acto rige a partir de la fecha de su publicación.
Se expide en Bogotá, D.C. a los 23 días del mes de diciembre del año 2024.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
DANILSON GUEVARA VILLABÓN
Alcalde Local de Antonio Nariño (E)
Nota: Ver norma original en Anexos. |