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Resolución 2689 de 2024 Ministerio de Salud y Protección Social

Fecha de Expedición:
27/12/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2689 DE 2024

 

(Diciembre 27)

 

Por la cual se modifica el Anexo Técnico 2 "Lista tabular" de la Resolución 2641 de 2024 que establece la Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS

 

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL (E)

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, el Decreto 1490 de 2024 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que este Ministerio en cumplimiento de la Resolución 3804 de 2016, mediante la cual se estableció el procedimiento para la actualización de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud- CUPS, que se desarrolla en tres (3) fases: nominación, análisis técnico científico y decisión y seguimiento integral, expidió la Resolución 2641 del 23 de diciembre de 2024 "Por medio de la cual se establece la Clasificación Única de Procedimientos en Salud- CUPS".

 

Que conforme a los resultados obtenidos en la fase de análisis técnico-científico se consideró necesaria la actualización de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS, en el sentido de incluir 8 procedimientos, eliminar 25 procedimientos, reubicar. 2 procedimientos, modificar la descripción de 497 procedimientos, desagregar 634 procedimientos, agrupar 4 y considerar obsoletos 7 procedimientos de los contenidos en la Resolución 2336 de 2023.

 

Que conforme con lo establecido en el Numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, se publicó del 3 de diciembre hasta el 17 de diciembre de 2024 en la página electrónica de este Ministerio el proyecto de Resolución "Por la cual se establece la Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS" y a través de correo electrónico se envió la trazabilidad y ajustes realizados en la fase de análisis técnico científico a las sociedades científicas para observaciones y cometarios; sin que se advirtiera esta novedad o se recibiera observación u opinión al respecto de la no inclusión de la subcategoria 90.8.4.48 CARIOTIPO CON BANDEO (ESPECÍFICO), en el anexo técnico 2 "Lista tabular" de la CUPS.

 

Que por un error en la transcripción de la categoría 90.8.4. PRUEBAS PARA GENÉTICA no se incluyó la Subcategoría 90.8.4.48 CARIOTIPO CON BANDEO (ESPECÍFICO); que agrupa y elimina las subcategorías 90.8.4.04 CARIOTIPO CON BANDEO G; 90.8.4.05 CARIOTIPO CON BANDEO Q; 90.8.4.06 CARIOTIPO CON BANDEO C; 90.8.4.07 CARIOTIPO CON BANDEO RT y 90.8.4.31 CARIOTIPO EN RESTOS OVULARES O MATERIAL DE ABORTO; del Anexo técnico 2 "Lista Tabular' de la Resolución 2641 de 2024 concertado en la fase de análisis técnico científico, con expertos delegados de las sociedades científicas y agremiaciones de profesionales de la Salud, del Colegio Nacional de Bacteriología - CNB, la Asociación Colombiana de Hematología y Oncologia - ACHO, la Asociación Colombiana de Genética Humana, el Instituto Nacional de Salud - INS, Asociación Colombiana de Patología - ASOCOLPAT y la Asociación Colombiana de Médicos Genetistas.

 

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, las autoridades públicas cuentan con la facultad de corregir los errores de transcripción como se señala a continuación:

 

"ARTICULO 45. CORRECCIÓN DE ERRORES FORMALES. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección esta deberá ser notificada o comunicada a los interesados, según corresponda".

 

Que, con fundamento en las consideraciones fácticas y jurídicas anteriormente mencionadas, se procederá a corregir y aclarar el error de transcripción presentado en el Anexo Técnico 2 "Lista tabular" de la Resolución 2641 de 2024 en la categoría 90.8.4. PRUEBAS PARA GENETICA, adicionando la subcategoría 90.8.4.48 CARIOTIPO CON BANDEO (ESPECÍFICO).

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Corregir el error de transcripción contenido en el Anexo técnico 2 "Lista tabular" de la Resolución 2641 de 2024, en la categoría 90.8.4. PRUEBAS PARA GENÉTICA, en el sentido de incluir la subcategoría 90.8.4.48 CARIOTIPO CON BANDEO (ESPECÍFICO). La cual quedará en los siguientes términos:

 

"ANEXO No. 2

 

"LISTA TABULAR"

 

(...)

 

90.8.4.

90.8.4. PRUEBAS PARA GENETICA

90.8.4.08

CARIOTIPO DE INTERCAMBIO DE CROMÁTIDES HERMANAS [SCE]

90.8.4.09

CARIOTIPO PARA CROMOSOMA X FRAGIL

90.8.4.11

CARIOTIPO PARA ESTADOS LEUCÉMICOS

90.8.4.13

ERBB2 [HER-2/neu] (ONCOGEN) HIBRIDACIÓN "IN SITU"

90.8.4.14

PRUEBA DE CROMATINA

90.8.4.18

ESTUDIOS GENETICOS DE CROMOSOMAS (ESPECIFICOS)

90.8.4.19

ESTUDIOS GENÉTICOS DE ADN MITOCONDRIAL (ESPECÍFICO)

90.8.4.20

ESTUDIOS MOLECULARES DE GENES (ESPECÍFICOS)

90.8.4.21

ESTUDIO MOLECULAR DE REARREGLOS (ESPECÍFICOS)

90.8.4.22

ESTUDIO MOLECULAR DE EXONES (ESPECÍFICOS)

90.8.4.23

ESTUDIO MOLECULAR DE DELECIONES Y DUPLICACIONES (ESPECÍFICAS)

90.8.4.24

ESTUDIO MOLECULAR DE MUTACIONES (ESPECIFICAS)

90.8.4.26

METILENTETRAHIDROFOLATO REDUCTASA [MTHFR] MUTACIÓN

90.8.4.27

F2 (FACTOR II O PROTROMBINA) MUTACIÓN G20210A

90.8.4.28

HFE (HEMOCROMATOSIS)

90.8.4.33

BRCA1 Y BRCA2 SECUENCIACIÓN COMPLETA

90.8.4.34

BRCA1 Y BRCA2 MUTACIÓN FAMILIAR CONOCIDA

90.8.4.35

PCA3 PARA CÁNCER DE PROSTATA

90.8.4.38

EXTRACCIÓN DE ÁCIDOS NUCLÉICOS

90.8.4.39

CARIOTIPO CON FRAGILIDAD CROMOSÓMICA

90.8.4.40

PATERNIDAD O FILIACION PRUEBA

90.8.4.41

FACTOR DE LEIDEN MUTACION

90.8.4.42

ESTUDIO MOLECULAR DE SECUENCIA DE GENOMA COMPLETO

90.8.4.43

ESTUDIO MOLECULAR DE ADN LIBRE CIRCULANTE (ESPECIFICO)

90.8.4.44

ESTUDIO MOLECULAR DE EXPANSION DE MUTACIONES DINAMICAS (ESPECIFICO)

90.8.4.45

ESTUDIO MOLECULAR DE ARN O MICRO ARN (ESPECIFICO)

90.8.4.46

ESTUDIO MOLECULAR DE METILACION O IMPRONTA [IMPRINTING] EN GENES (ESPECIFICO)

90.8.4.47

ESTUDIO MOLECULAR DE SECUENCIA DE EXOMA (ESPECIFICO)

90.8.4.48

CARIOTIPO CON BANDEO (ESPECÍFICO)

 

(…)”

 

Artículo 2. La presente resolución rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes diciembre del año 2024.

 

RODOLFO ENRIQUE SALAS FIGUEROA

 

Ministro de Salud y Protección Social (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.