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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 033 DE 2005 (Julio 26) Por la cual se deroga la Resolución Reglamentaria No. 044 de 2004 y se dictan otras disposiciones EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y CONSIDERANDO El artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001, expedido por el Concejo de Bogotá. D.C."Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", fija la estructura organizacional de la Entidad y faculta al Contralor de Bogotá, D.C. para establecer y reglamentar, mediante resolución motivada, la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la Entidad, en armonía con los principios consagrados en la Constitución, la ley y los acuerdos. Mediante Resolución Reglamentaria No. 044 del 9 de noviembre de 2004, se conformó y reglamentó el Comité Editorial de la Contraloría de Bogotá, D.C., como instancia asesora en el diseño de estrategia de publicaciones de la Entidad y decisoria en materia de publicación de informes institucionales. Mediante Resolución Reglamentaria No. 016 del 22 de abril de 2005, se adoptó la versión 2.0 del Procedimiento para la Preservación del Producto Informes estructurales, sectoriales y obligatorios del Proceso de Prestación de Servicio Macro y con la Resolución Reglamentaria No. 045 del 09 de noviembre de 2004 se adoptó la versión 3.0 del Procedimiento Elaboración de Publicaciones del Proceso de Segundo Nivel Enlace con la Opinión Pública De acuerdo con los numerales 9 a 11 del artículo 36 del Acuerdo 24 de 2001, son funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones asesorar y coordinar las publicaciones periódicas y en general todo lo relacionado con el desarrollo de proyectos editoriales; planear, dirigir, supervisar y controlar el proceso editorial y de artes gráficas, así como, la calidad de las obras impresas de la Contraloría de Bogotá D.C. Ante la diversidad de informes producidos por este Organismo de Control, el Despacho del Contralor de Bogotá, requiere contar con diferentes miembros del cuerpo directivo para decidir sobre las publicaciones de la Entidad, en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones. Se hace necesario suprimir el Comité Editorial de la Entidad, bajo la política institucional de racionalización del tiempo de los directivos y la especialidad y competencia frente a los temas e informes a publicar. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Derogar la Resolución Reglamentaria No. 044 del 09 de noviembre de 2004 y por tanto suprimir el Comité Editorial de la Contraloría de Bogotá D.C. ARTÍCULO SEGUNDO.. Los directores responsables de los procesos de Prestación de Servicio Macro y de Enlace con los Clientes, tendrán en cuenta esta decisión, para efectos de la ejecución de las actividades correspondientes y para próxima actualización de los Procedimientos para la Preservación del Producto Informes estructurales, sectoriales y obligatorios y Elaboración de Publicaciones, respectivamente y los demás donde actúe el Comité Editorial. ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. 044 del 09 de noviembre de 2004 y los apartes pertinentes de las Resoluciones Reglamentarias No. 045 del 09 de noviembre de 2004 y No. 016 del 22 de abril de 2005. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los veintiséis (26) días del mes de julio de dos mil cinco (2005) ÓSCAR GONZÁLEZ ARANA Contralor de Bogotá D.C. NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3369 de julio 28 de 2005. |