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DECRETO 047 DE 2025
(Febrero 04)
Por el cual se concede permiso remunerado y se hace un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."
Que el Artículo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, estipula: "El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos. (...)"
Que mediante comunicación con radicado No. 1-2025-2457 del 27 de enero de 2025, el señor MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.872.961, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Jurídica Distrital, solicitó se le conceda permiso remunerado por los días 7, 8 y 9 de febrero de 2025 y se realice el respectivo encargo.
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de la Ley 1960 de 2019, establece:
"(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)".
Que se hace necesario efectuar el encargo de las funciones de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Jurídica Distrital, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.
Que el Director de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., Sergio Felipe Galeano Gómez, certificó que el señor CARLOS JOSÉ LASPRILLA VILLALOBOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.441.789, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., cumple con los requisitos para ser encargado de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Jurídica Distrital.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Conceder permiso remunerado por los días 7, 8 y 9 de febrero de 2025, al señor MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.872.961, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Jurídica Distrital.
ARTÍCULO 2º: Encargar por los días 7, 8 y 9 de febrero de 2025, al señor CARLOS JOSÉ LASPRILLA VILLALOBOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.441.789, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Jurídica Distrital.
ARTÍCULO 3º: Comunicar a los señores MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA y CARLOS JOSÉ LASPRILLA VILLALOBOS, a la Secretaría Jurídica Distrital, a la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores de que trata el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de febrero del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos |