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Decreto 048 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/02/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/02/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 048 DE 2025

 

(Febrero 04)

 

Por medio del cual se concede permiso remunerado y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3º Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."

 

Que el Artículo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, estipula: "El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos."

 

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto No. 88801 de 2019, establece: "De acuerdo con el Decreto Ley 785 de 2005, los diputados, gobernadores, concejales, alcaldes municipales o distritales, alcalde local, contralor departamental, distrital o municipal, personero distrital o municipal, veedor distrital, secretarios de despacho, directores de departamentos administrativos, gerentes de unidades administrativas especiales y directores, gerentes o presidentes de entidades descentralizadas, son cargos que pertenecen a la alta dirección territorial, y por lo tanto, su actividad se enmarca dentro de los criterios expuestos por el Consejo de Estado para decir que los mismos, no están sujetos a una jornada de trabajo, por cuanto, se entiende que por las funciones que le son propias su actividad debe ser permanente."

 

Que mediante oficio radicado con el No. 1-2025-2156 de 23 de enero de 2025, la Secretaría Distrital del Hábitat, solicitó se le conceda a la señora VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.331.161, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría, permiso remunerado por los días 8 y 9 de febrero de 2025, y a su vez, requirió que se efectúe el respectivo encargo.

 

Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo de la Ley 1960 de 2019, establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)".

 

Que se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital del Hábitat, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

Que la señora Paola Andrea Calderón Vargas, Subdirectora Administrativa de la Secretaría Distrital del Hábitat, certificó que el señor CAMILO ANDRÉS PEÑUELA CANO, identificado con cédula de ciudadanía 80.041.913, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Coordinación Operativa de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ejercer el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º: Conceder permiso remunerado por los días 8 y 9 de febrero de 2025 a la señora VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.331.161, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

ARTÍCULO 2º: Encargar por los días 8 y 9 de febrero de 2025 al señor CAMILO ANDRÉS PEÑUELA CANO, identificado con cédula de ciudadanía 80.041.913, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Coordinación Operativa de la Secretaría Distrital del Hábitat, de las funciones del cargo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.

 

ARTÍCULO 3º: Comunicar el contenido del presente Decreto a los señores VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL y CAMILO ANDRÉS PEÑUELA CANO, a la Secretaría Distrital del Hábitat, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos electrónicos

1

VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL

vanessa.velasco@habitatbogota.gov.co

2

CAMILO ANDRÉS PEÑUELA CANO

camilo.penuela@habitatbogota.gov.co

 

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de febrero del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos