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DECRETO LOCAL 001 de 2025(Febrero 21)Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2025 LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO
Que, según lo establecido en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”.
Que, el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que …“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que, a la Alcaldía Local de Teusaquillo le compete la gestión de los asuntos propios de su territorio de tal forma que se pueda garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito, para cumplir tales actividades requiere contar con servicios en función de las actividades administrativas.
Que, la Alcaldesa Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el Artículo 15º del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y Decreto 777 de 2019.
Que, la ley 734 de 2022, mediante la cual se expide el código disciplinario único, estableció en su artículo 34 que es deber de todo servidor público “Vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendado y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que han sido destinados”, así mismo, el artículo 48 determinó que es una falta gravísima “No asegurar por su valor real los bienes del Estado ni hacer las apropiaciones pertinentes”.
Alcaldía Local de Teusaquillo Que, el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo debe contratar de manera permanente un Seguro Todo Riesgo que amparen los intereses patrimoniales, así como los bienes que estén bajo su responsabilidad, custodia, cuidado y control, o por los que pueda ser legalmente responsable, así como la expedición de cualquier otra póliza de seguros que requiera la entidad en el desarrollo de su actividad.
Que, mediante el Decreto Local No. 23 de 2024 del 23 de diciembre de 2024 se liquidó el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, previa aprobación por parte de la Junta Administradora Local de Teusaquillo mediante el Acuerdo Local No. 005 de 2024 sancionado por la Alcaldesa Local de Teusaquillo el día 16 de diciembre de 2024.
Que, en el Decreto Local No. 23 de 2024 del 23 de diciembre de 2024 Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025 se estableció para el rubro O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores un presupuesto de treinta y cuatro millones de pesos m/cte ($34.000.000), para el rubro O212020200701030571354 Servicios de Seguros contra incendio, terremoto o sustracción un presupuesto de veintiún millones seiscientos mil pesos m/cte ($21.600.000) y, para el rubro O212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) un presupuesto de tres millones cuatrocientos mil pesos m/cte ($3.400.000).
Que, se realizó una modificación al contrato de seguros 345-2024 suscrito entre el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo y La Previsora S.A. Compañía de Seguros en el sentido de adicionar y prorrogar el contrato de seguros por un valor de nueve millones novecientos cuarenta y ocho mil ochocientos tres pesos m/cte ($9.958.638) y por un plazo de 22 días, contados a partir del 10 de marzo de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2025 inclusive.
Que, del valor total de la adición se apropiaron y comprometieron del rubro O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores recursos por un millón doscientos setenta y cuatro mil setecientos quince pesos m/cte ($1.274.715); dejando el valor restante del rubro como saldo de apropiación disponible.
Que, del valor total de la adición se apropiaron y comprometieron del rubro O212020200701030571354 Servicios de Seguros contra incendio, terremoto o sustracción recursos por un millón novecientos treinta y ocho mil ochenta y nueve pesos m/cte ($1.938.089); dejando el valor restante del rubro como saldo de apropiación disponible.
Que, en el marco de la ejecución del contrato de consultoría 010-2024 suscrito entre el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo y Gonseguros S.A. Corredores de Seguros que tiene por objeto “prestar el servicio como intermediario de seguros para la gestión y manejo de la contratación de las pólizas del fondo de desarrollo local de Teusaquillo y la asesoría en la administración, ejecución y manejo del programa de seguros y los riesgos de la entidad” el corredor de seguros elaboro el estudio de mercado con el que se puedo establecer que el valor del ramo de automóviles dentro de la póliza de seguros generales que se contratará será por un valor máximo de veintiún millones novecientos cinco mil trescientos setenta y cuatro pesos m/cte ($21.905.374); dejando el valor restante del rubro como saldo de apropiación disponible.
Que, en el mismo estudio de mercado se estableció que el valor del ramo todo riesgo daños materiales, índice variable y valor fijo para futuras inclusiones dentro de la póliza de seguros generales que se contratará será por un valor máximo de veintidós millones doscientos noventa y cuatro mil treinta y tres pesos m/cte ($22.294.033).
Que, durante el proceso de contratación y durante la vigencia de la póliza se realizarán ingresos al almacén del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de bienes y elementos de carácter devolutivo y control administrativo que requieren estar asegurados con una póliza de seguro todo riesgo que ampare los intereses patrimoniales, así como los bienes que estén bajo su responsabilidad, custodia, cuidado y control, o por los que pueda ser legalmente responsable, para lo cual se requiere contar con saldo de apropiación disponible para futuras inclusiones.
Que, en el mismo estudio de mercado se estableció que el valor del ramo seguro obligatorio de accidentes de tránsito dentro de la póliza de seguros generales que se contratará para los tres (3) vehículos propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo tendrá un valor de tres millones ochocientos veinte mil setecientos pesos m/cte ($3.820.700).
Que, una vez surtida la adición y prórroga del contrato 345-2024 y efectuado el estudio de mercado para el nuevo proceso contractual, existen saldos de apropiación disponible en gastos de funcionamiento del rubro O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores por valor de diez millones ochocientos diecinueve mil novecientos once pesos m/cte ($10.819.911).
Que, en consecuencia, de dichos recursos serán adicionados al rubro O212020200701030571354 Servicios de Seguros contra incendio, terremoto o sustracción recursos por un valor de tres millones cuatrocientos noventa y nueve mil doscientos once pesos m/cte ($3.499.211) dicha adición le permitirá a la administración local realizar el proceso contractual y futuras inclusiones de los bienes y elementos propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo en el ramo todo riesgo e índice variable de la póliza de seguros generales y, serán adicionados al rubro O212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) recursos por un valor de cuatrocientos veinte mil setecientos pesos m/cte ($420.700), dicha adición le permitirá a la administración local realizar el proceso contractual para la adquisición de las nuevas pólizas de SOAT para los tres (3) vehículos de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:
DECRETA:
Artículo 1 º.- Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle:
Artículo 2º. – Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 3º. - Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.
Artículo 4º. - Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º. - Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de febrero de 2025.
MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ RUSSI
ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO
Nota: Ver norma original en Anexos. |