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DECRETO 079 DE 2025
(Marzo 05)
Por el cual se concede un permiso remunerado y se hace un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: “3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.”
Que el Artículo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, estipula: “El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos (...)”
Que mediante comunicación radicada con el No. 1-2025-7535 del 3 de marzo de 2025, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó se le conceda permiso remunerado por el día 6 de marzo de 2025, a la señora ANA MARÍA CADENA RUÍZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.698.252, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría y se realice el respectivo encargo.
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de la Ley 1960 de 2019 establece: “(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)”.
Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.
Que, la señora María del Pilar González Moreno, Subdirectora del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, certificó que el señor ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 94.520.990, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría Técnica de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Conceder permiso remunerado por el día 6 de marzo de 2025, a la señora ANA MARÍA CADENA RUÍZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.698.252, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda.
ARTÍCULO 2º: Encargar por el día 6 de marzo de 2025, al señor ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 94.520.990, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría Técnica, de la Secretaría Distrital de Hacienda, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.
ARTÍCULO 3º: Comunicar el contenido del presente Decreto a la señora ANA MARÍA CADENA RUÍZ, al señor ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA, a la Secretaría Distrital de Hacienda, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los funcionarios de que trata el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 05 días del mes de marzo del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos. |