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Concepto 220233859 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Política Jurídica

Fecha de Expedición:
14/03/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/03/2023
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CONCEPTO 220233859 DE 2023

 

(Marzo 14)

 

Bogotá D.C.,

 

Doctor:

CARLOS ORLANDO ACUÑA RUIZ.

CONTRALORIA DE BOGOTA

Dirección Electrónica: correspondenciaexterna@contraloriabogota.gov.co

BOGOTÁ, D.C.

 

Asunto: Concepto de vigencia de los Decretos Distritales 554 y 582 de 2011.

 

Referenciado: 2-2023-321,1-2023-1623,1-2023-2501,1-2023-3343,1-2023-287

 

Radicado: 2-2023-3859

 

Respetado Doctor Acuña,

 

Esta Dirección recibió comunicación de la Dirección de Formulación y Seguimiento de Políticas Públicas de la Secretaría Distrital de Planeación a su solicitud, referente a la normatividad relacionada con las Políticas Públicas Distritales y en la cual se trasladó la pregunta 4 del cuestionario relacionada con la vigencia de los siguientes decretos distritales:

 

POLÍTICA PÚBLICA O INSTRUMENTO DE POLÍTICA PÚBLICA

ACTO ADMINISTRATIVO

ARTÍCULO

Política Pública Distrital para el Reconocimiento de la Diversidad Cultural, la garantía, la protección y el restablecimiento de los Derechos de la Población Raizal en Bogotá y se dictan otras disposiciones

Decreto 554 de 2011

Artículo 1.- Adopción. Adóptase la Política Pública Distrital para el Reconocimiento de la Diversidad Cultural, la Garantía, la Protección y el Restablecimiento de los Derechos de la Población Raizal en Bogotá, para el período 2011-2020, en los términos contenidos en el presente Decreto.

Política Pública Distrital para el grupo étnico From o Gitano en el Distrito Capital

Decreto 582 de 2011

Artículo 1º.- Objeto. Adóptase la Política Pública Distrital para el grupo étnico From o Gitano en el Distrito Capital, para el período 2011-2020, en los términos del presente Decreto.

 

En este orden de ideas, se consultó a la Secretaría Distrital de Planeación y a la Secretaría Distrital de Gobierno sobre la vigencia de las citadas normas; ante lo cual, las citadas entidades informaron lo siguiente:

.

PRONUNCIAMIENTO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO

 

Mediante oficio radicado con N° 1-2023-2501 del 21 de febrero de 2023 la Secretaría Distrital de Gobierno indicó que los Decretos Distritales 554 y 582 de 2011 están vigentes y la administración distrital contaba con el término perentorio de cinco (5) meses para adoptar los planes de acción para poner en acción el qué y el cómo de las políticas establecidas en los mismos.

 

PRONUNCIAMIENTO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN

La Dirección de Formulación y Seguimiento de Políticas Públicas de la Secretaría Distrital de Planeación en oficio radicado con N° 1-2023-1623 del 3 de febrero de 2023, señaló que:

 

"Se aclara que los decretos de política pública citados incluían en su articulado un tiempo de implementación determinado. Complementariamente, el decreto 668 de 2017 y el decreto 084 de 2022 dan indicaciones sobre el proceso para la formulación y adopción de las nuevas políticas, en el sentido de dar los lineamientos centrales para garantizar que las políticas públicas que conformen el Ecosistema Distrital de Políticas Públicas cuenten con su correspondiente plan de acción y cumplan con las condiciones técnicas que establece la metodología CONPES. En este sentido, la formulación de las políticas públicas relacionadas con los temas consultados debe cumplir con los pasos fijados en la metodología y que se recogen en la Guía para la Formulación e Implementación de políticas públicas en el Distrito."

 

Por su parte, la Dirección de Análisis y Conceptos Jurídicos de la Secretaría Distrital de Planeación en oficio N° 1-2023-3343 del 8 de marzo de 2023 señaló que:

 

"Así las cosas, ateniendo la anterior normatividad y dado que el Decreto Distrital 554 de 2017 (sic), adoptó una política pública con anterioridad a la creación del CONPES, las entidades distritales responsables tenían plazo de cinco meses a partir de la entrada en vigencia del Decreto 084 de 2022, para adoptar oficialmente los planes de acción respectivos; plazo que, es conclusivo para la definición de vigencia del referido decreto."

 

CONCLUSIÓN

 

El artículo 66 del Acuerdo 761 de 2020 “Por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, hace referencia al enfoque diferencial étnico, que por medio de un proceso de concertación y construcción conjunto con los grupos étnicos asentados en el Distrito conduzca a la inclusión de programas, planes y proyectos específicos con metas, indicadores, tiempos, responsables y asignación presupuestal dirigidos a la población étnicamente diferenciada, en cada uno de los sectores de la Administración y en las Localidades, propendiendo por la salvaguarda de sus derechos y garantizando su supervivencia física y cultural.

 

En este sentido, y de conformidad con el artículo del Decreto Distrital 084 de 2022 en el cual se estableció un régimen de transición para las políticas públicas expedidas mediante decreto con anterioridad a la instauración del CONPES D.C., para adoptar oficialmente sus respectivos planes de acción, las Políticas Públicas de la Población Raizal en Bogotá y del grupo étnico Rrom o Gitano en el Distrito Capital cuentan con los planes de acción descritos en el enlace: https://www.sdp.gov.co/gestion-socioeconomica/equidad-y-politicas-poblacionales/poblaciones/raizales de la Secretaría Distrital de Planeación, los cuales finalizan en el año 2024.

 

Así las cosas, resulta claro que los planes de acción de las Políticas Públicas de las Poblaciones Raizales en Bogotá y del grupo étnico Rrom o Gitano en el Distrito Capital se encuentran vigentes.

 

De esta manera, si bien los Decretos Distritales 554 y 582 son del año 2011, sus planes de acción fueron actualizados en cumplimiento del artículo 66 del Acuerdo Distrital 761 de 2020; por tanto, la Secretaría Distrital de Gobierno deberá evaluar en el año 2024 la pertinencia de someter al CONPES D.C. la actualización de las citadas políticas públicas.


Atentamente,

 

ANDRES FELIPE CORTES RESTREPO

DIRECTOR DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA

 

Copia:

SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - IVAN OSEJO VILLAMIL - iosejo@sdp.gov.co

SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP - DEISI LORENA PARDO PEÑA - servicioalciudadanoGEL@sdp.gov.co

SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP - IVAN OSEJO VILLAMIL - servicioalciudadanoGEL@sdp.gov.co

SECRETARIA DE GOBIERNO - GERMAN ALEXANDER ARANGUREN AMAYA - radicacionsdg.nivelcentral@gobiernobogota.gov.co

MARIA ANGELICA VARGAS GUEVARA - MARIA ANGELICA VARGAS GUEVARA - avargas@contraloriabogota.gov.co

LINA MARIA MERCHAN DIAZ - LINA MARIA MERCHAN DIAZ - lidiaz@contraloriabogota.gov.co

 

Proyectó: JENIFFER GUTIERREZ GUTIERREZ-DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA

Revisó: JENIFFER GUTIERREZ GUTIERREZ-DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA |

Aprobó: ANDRES FELIPE CORTES RESTREPO-DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA

 

Nota: ver norma original en Anexos