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Concepto 220237507 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Política Jurídica

Fecha de Expedición:
09/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CONCEPTO 220237507 DE 2023

 

(Mayo 09)

 

Señor(a): JOSE ELIAS GUEVARA FRAGOZO

SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD

Dirección Electrónica: contactenos@saludcapital.gov.co, jeguevara@saludcapital.gov.co

 BOGOTÁ, D.C.

 

Asunto: Concepto sobre la vigencia de la Directiva 02 de 2017 sobre Lineamientos de Bienestar en las Entidades Distritales. Protección de personas en estado de gestación y lactancia.

 

Referenciado: 2-2023-7028, 1-2023-6268, 2-2023-4998, 1-2023-4739, 1-2023-7277

 

Radicado: 2-2023-7507

 

Respetado Doctor Guevara:

 

Esta Dirección recibió la comunicación del asunto en la cual solicita la vigencia de la Directiva 02 de 2017, e informar sobre que norma debe aplicar la Secretaría Distrital de Salud como implementación de una política pública de protección a la mujer embarazada o en estado de lactancia ya sea como funcionaria o vinculada mediante contrato de prestación de servicios.

 

Al respecto, mediante la comunicación 2-2023-7028 del 3 de mayo de 2023 se solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD su análisis de vigencia sobre la Directiva 02 de 2017 del Alcalde Mayor, y mediante la comunicación 1-2023-7277 del 8 de mayo de 2023 la Subdirección Jurídica del DASCD informó que no se encontró modificación y/o derogación alguna, por lo tanto en su concepto se encuentra vigente.

 

Sin embargo, una vez analizada la respuesta y revisados los desarrollos posteriores de los lineamientos de bienestar social, se encontró lo siguiente:

 

1. El Decreto Nacional 1083 de 2015 señala en los artículos 2.2.6.31, 2.2.11.2.8, 2.2.31.1, y 2.2.31.2 la situación especial de embarazo, la supresión de un cargo de carrera cuyo titular sea una empleada de carrera en estado de embarazo, la prohibición de despido y la presunción de despido por embarazo.

 

2. La Ley 1823 de 2017 adoptó la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral en entidades públicas territoriales y empresas privada.

 

3. La Directiva 02 del 8 de marzo de 2017 del Alcalde Mayor se expidió con base en el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Mejor Para Todos”, contenido en el Acuerdo Distrital 645 de 2016, el cual fue derogado por el Acuerdo Distrital 761 de 2020.

 

4. La Circular 016 del 16 de junio de 2017 del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital dispuso el modelo y lineamientos para la ejecución de los Planes de Bienestar en las Entidades Distritales, con el objetivo de promover la calidad de vida de los Servidores Públicos, y el reconocimiento a su labor al servicio de la ciudad. Y señaló que las Entidades implementarán estrategias en procura de un balance entre la vida laboral y personal, actividades que propicien un adecuado clima laboral y actividades recreativas y deportivas que fortalezcan el trabajo en equipo.

 

5. El Documento de Relatoría 09 de 2018 de la Secretaría Jurídica Distrital contiene la normatividad, doctrina y jurisprudencia relativa a los derechos de las mujeres https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?dt=S&i=81890 y específicamente se encuentran, entre otras, las siguientes sentencias T-022 de 2022, T-104 de 2022, T-329 de 2022 y T-426 de 2022 sobre la estabilidad laboral reforzada de mujer embarazada o lactante, las sentencias 00294 de 2022 y 4620 de 2023 del Consejo de Estado.

 

6. El documento CONPES D.C. 07 de 2019 adoptó la Política Pública Distrital de Gestión Integral de Talento Humano 2019-2030. https://www.sdp.gov.co/sites/default/files/conpes_07_pp_gth_aprobado.pdf

 

7. El documento CONPES D.C. 14 de 2020 adoptó la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género 2020-2030. https://www.sdp.gov.co/sites/default/files/doc_conpes_d.c_14_ppmyeg_1.pdf

 

8. El Acuerdo Distrital 761 de 2020 que adoptó el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, dispuso en el artículo 15 dentro de los Programas del Plan Distrital de Desarrollo el número 10 correspondiente a la Salud para la vida y el bienestar, señalando que la Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Salud adelantará acciones de articulación y gestión intersectorial con el gobierno nacional para promover la ruta de atención integral de salud en la lactancia y el cuidado de la mujer gestante. (Subrayado fuera de texto)

 

9. La Circular 04 de del 22 de enero de 2021 del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital https://serviciocivil.gov.co/sites/default/files/marco-legal/2021_EE_0232.pdf dispuso el Plan Distrital de Bienestar 2021 y lineamientos para la ejecución y adecuación de los planes de bienestar de las entidades y organismos distritales, con base en la Política Pública Distrital para la Gestión Integral de Talento Humano - PPDGITH 2019-2030 como una promesa de valor para la población bogotana en términos del mejoramiento de la eficiencia institucional y eficacia del accionar de sus entidades y organismos distritales en torno a la garantía de los derechos de la ciudadanía, pero también, expresa el compromiso de las autoridades públicas distritales con la consolidación de espacios laborales incluyentes, libres de discriminación, con condiciones de trabajo digno y decente que reconoce los logros y dignifica la labor de las servidoras y los servidores públicos del Distrito Capital (Documento CONPES 007 de 2019)

 

10. Ley 2141 de 2021 que modifican los artículos 239 y 240 del CST, señalando que ninguna trabajadora podrá ser despedida por motivo de embarazo o lactancia sin la autorización previa del Ministerio de Trabajo que avale una justa causa y se presume el despido efectuado por motivo de embarazo o lactancia, cuando este haya tenido lugar dentro del período de embarazo y/o dentro de las dieciocho (18) semanas posteriores al parto.

 

11. La Circular Conjunta N° 001 del 10 de enero de 2023 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor y el Secretario Jurídico Distrital, https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?dt=S&i=132757 se dieron "Lineamientos para la celebración de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión para la vigencia 2023". En el numeral 5 señala: "Que en cualquier caso la duración de los contratos de prestación de servicios relativos a sujetos de especial protección constitucional como mujeres en estado de gestación, personas en licencia de paternidad o maternidad, personas en condición de debilidad manifiesta por motivos de salud, madres cabeza de familia, entre otras personas protegidas constitucionalmente; deberá extenderse por el término de duración necesario que garantice su protección reforzada de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente." (Negrilla fuera de texto)

 

En consecuencia, esta Dirección concluye que la Directiva 2 de 2017 del Alcalde Mayor está derogada implícitamente al operar la figura del decaimiento del acto administrativo toda vez que la disposición legal que le sirvió de sustento, como lo fue el Acuerdo Distrital 645 de 2016, desapareció del escenario jurídico.

 

Sin embargo, la Circular 04 de del 22 de enero de 2021 del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital dispuso el Plan Distrital de Bienestar 2021 y lineamientos para la ejecución y adecuación de los planes de bienestar de las entidades y organismos distritales con base en la Política Pública Distrital para la Gestión Integral de Talento Humano - PPDGITH 2019-2030, que plantea la protección a mujeres en estado de embarazo y en período de lactancia.

 

Por lo anterior, se invita al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital a participar en el piloto de depuración normativa con el objeto de expulsar del ordenamiento jurídico las normas obsoletas o en desuso, y así tener certeza sobre las normas aplicables en el Distrito Capital, fortaleciendo el principio constitucional de la seguridad jurídica y la cultura de la legalidad, teniendo en cuenta que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC manifestó que no participaría en el piloto conforme a la comunicación 1-2023-4739 del 31 de marzo de 2023, la cual se adjunta.

 

De igual forma, se invita a la Secretaría Distrital de Salud a revisar las Políticas Públicas Distritales de Gestión Integral de Talento Humano 2019-2030 y de Mujeres y Equidad de Género 2020-2030, así como, el documento de relatoría 09 de 2018 de la Secretaría Jurídica Distrital, para garantizar la protección de las personas gestantes y en lactancia.

 

Atentamente,

 

ANDRES FELIPE CORTES RESTREPO

 

DIRECTOR DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA

 

Copia: SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD - BLANCA INES RODRIGUEZ GRANADOS - contactenos@saludcapital.gov.co, birodriguez@saludcapital.gov.co

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL - MARIA TERESA RODRIGUEZ LEAL - contacto@serviciocivil.gov.co, mrodriguez@serviciocivil.gov.co

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA DC - PAULO ERNESTO REALPE MEJIA - ventanillaelectronica@alcaldiabogota.gov.co, perealpe@alcaldiabogota.gov.co

Anexos Electrónicos: 2

Proyectó: ELVIRA LILIANA HERNANDEZ LIBREROS - DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA

Revisó: ANDRES FELIPE CORTES RESTREPO - DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA

Aprobó: ANDRES FELIPE CORTES RESTREPO - DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA

 

NOTA: Ver concepto original en Anexos.