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Decreto 099 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/03/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/03/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 099 DE 2025

 

(Marzo 14)

 

Por el cual se interrumpe el disfrute de unas vacaciones, se concede una comisión de servicios al exterior del país a la Secretaria Distrital de Ambiente y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y

 

CONSIDERANDO:


Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: “3” Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.”

 

Que el artículo 8 del Decreto No. 1045 de 1978 establece que “los empleados públicos y trabajadores oficiales tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada año de servicios, salvo lo que se disponga en normas o estipulaciones especiales” y a su vez, en el artículo 15, establece el otorgamiento de una comisión como justa causa para la interrupción de vacaciones.

 

Que el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de “...ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede rehusarse a su cumplimiento”.

 

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Distrital No. 072 de 2025, se concedieron a partir del 06 de marzo de 2025, el disfrute de los quince (15) días hábiles de vacaciones a la servidora ADRIANA SOTO CARREÑO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.782.488, Secretaria de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Ambiente, correspondientes al período laborado comprendido entre el 15 de enero de 2024 y el 26 de febrero de 2025.

 

Que en el artículo 2º del mencionado acto administrativo, se encargó a partir del 06 de marzo de 2025, a la servidora CLAUDIA PATRICIA GALVIS SÁNCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.008.478, Directora Técnica, Código 009, Grado 07, de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Secretaría Distrital de Ambiente, de las funciones del empleo de Secretaria de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma entidad, hasta por el término que duraran las vacaciones de la titular.

 

Que los señores Michael Rubens Bloomberg, Embajador Mundial de la Organización Mundial de la Salud para Enfermedades No Transmisibles y Lesiones (ETN) y fundador de Bloomberg Philanthropies, Ailan Li, Subdirectora General, Cobertura Sanitaria Universal, Mejora de la Salud de las Poblaciones de la Organización Mundial de la Salud y Mary-Ann Etiebet, Presidenta y Directora Ejecutiva de Vital Strategies, extendieron invitación a la servidora ADRIANA SOTO CARREÑO para participar en la Cumbre de la Alianza de Ciudades Saludables, que se llevará a cabo del 18 al 21 de marzo de 2025, en la ciudad de París, República Francesa.

 

Que mediante radicado No. 1-2025-8668 del 12 de marzo del 2025, la Secretaría Distrital de Ambiente, solicitó la interrupción de las vacaciones concedidas mediante el Decreto Distrital No. 072 de 2025 a la servidora ADRIANA SOTO CARREÑO, a partir del 17 de marzo de 2025 y a su vez, se le conceda comisión de servicios al exterior del país, para asistir al mencionado evento, a partir de la misma fecha y hasta el 22 de marzo de 2025.

 

Que su asistencia se considera procedente, toda vez que se trata de asuntos que interesan a la entidad y que guardan relación con el propósito del empleo establecido en la Resolución No. 3033 de 2023: “Dirigir y representar legalmente la Secretaría Distrital de Ambiente, referente al desarrollo de las actividades del Sector Ambiental en el Distrito Capital y a la formulación y adopción de políticas, para dar cumplimiento a la misión, objetivos institucionales, a las normas ambientales y al Plan de Gestión Ambiental, como entidad rectora y coordinadora del Sistema Ambiental del Distrito Capital, de acuerdo con el plan de desarrollo y los lineamientos propuestos por la Alcaldía Mayor de Bogotá”, siendo una gran oportunidad para conectar con líderes mundiales con el fin de apropiar conocimientos, adquirir buenas prácticas ambientales.

 

Que Bloomberg Philanthropies, organización sin ánimo de lucro, cubrirá tiquetes aéreos, alojamiento y alimentación, es decir todos los gastos necesarios para la comisión de la servidora.

 

Que mediante correo electrónico de fecha 14 de marzo de 2025, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., previa valoración técnica de pertinencia estratégica recomendó la participación de la Secretaria Distrital de Ambiente en la presente comisión de servicios al exterior del país.

 

Que con el propósito de que la servidora ADRIANA SOTO CARREÑO asista a la mencionada visita exploratoria, se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior, del 17 al 22 de marzo de 2025, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de vuelo.

 

Que durante el término de la comisión la comisionada tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo de la Ley 1960 de 2019 establece: “Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño”.

 

Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretaria de Despacho Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Ambiente, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

Que mediante radicado 1-2025-7710 de 4 de marzo de 2025, la Secretaría Distrital de Ambiente, comunicó que mediante Resolución No. 00421 de 24 de febrero de 2025, la servidora CLAUDIA PATRICIA GALVIS SÁNCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.008.478, fue nombrada en el empleo Subsecretaria de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría General de la misma Secretaría.

 

Que la servidora ADRIANA SOTO CARREÑO, en su calidad de Secretaria Distrital de Ambiente, certificó que la servidora CLAUDIA PATRICIA GALVIS SÁNCHEZ, cumple con los requisitos para poder ocupar en encargo el empleo de Secretaria de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Ambiente.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Interrumpir a partir del 17 de marzo de 2025, el disfrute de las vacaciones concedidas a la servidora ADRIANA SOTO CARREÑO, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.782.488, Secretaria de Despacho Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Ambiente, correspondientes al período laborado comprendido entre el 15 de enero de 2024 y el 26 de febrero de 2025, quedándole pendientes por disfrutar ocho (8) días hábiles de vacaciones.

 

ARTÍCULO 2°. Conceder comisión de servicios al exterior del país, del 17 al 22 de marzo de 2025, a la servidora ADRIANA SOTO CARREÑO, Secretaria Distrital de Ambiente, para participar en la Cumbre de la Alianza de Ciudades Saludables, que se llevará a cabo del 18 al 21 de marzo de 2025, en la ciudad de París, República Francesa.

 

Parágrafo 1°. Durante el término de la comisión la servidora ADRIANA SOTO CARREÑO, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Parágrafo 2°. Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, la comisionada deberá presentar ante este Despacho informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

ARTÍCULO 3°. Encargar del 17 al 22 de marzo de 2025, a la servidora CLAUDIA PATRICIA GALVIS SÁNCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.008.478, Subsecretaria de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría General de la Secretaría Distrital de Ambiente, de las funciones del empleo de Secretaria de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma Secretaría.

 

ARTÍCULO 4°. Comunicar a las servidoras ADRIANA SOTO CARREÑO y CLAUDIA PATRICIA GALVIS SÁNCHEZ, a la Secretaría Distrital de Ambiente, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de las funcionarias de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos Electrónicos

1

ADRIANA SOTO CARREÑO

adriana.soto@ambientebogota.gov.co

2

CLAUDIA PATRICIA GALVIS SÁNCHEZ

claudia.galvis@ambientebogota.gov.co

 

ARTÍCULO 5º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de marzo del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos