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DECRETO 100 DE 2025
(Marzo 14)
Por el cual se concede un permiso remunerado y se hace un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que
el Artículo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado
por el Decreto No. 648 de 2017, estipula: “El
empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días
hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la
facultad de autorizar o negar los permisos (...)” Que
el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto No.
88801 de 2019, establece: “De acuerdo con
el Decreto Ley 785 de 2005, los diputados, gobernadores, concejales, alcaldes
municipales o distritales, alcalde local, controlor
departamental, distrital o municipal, personero distrital o municipal, veedor
distrital, secretarios de despacho, directores de departamentos
administrativos, gerentes de unidades administrativas especiales y directores,
gerentes o presidentes de entidades descentralizadas, son cargos que pertenecen
a la alta dirección territorial, y por lo tanto, su actividad se enmarca dentro
de los criterios expuestos por el Consejo de Estado para decir que los mismos,
no están sujetos a una jornada de trabajo, por cuanto, se entiende que por las
funciones que le son propias su actividad debe ser permanente.” Que
mediante comunicación radicada con el No. 1-2025-8958 del 13 de marzo de 2025,
la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó se le conceda permiso remunerado
por el día 15 de marzo de 2025, a la señora ANA MARÍA CADENA RUÍZ, identificada
con cédula de ciudadanía No. 52.698.252, Secretaria de Despacho, Código 020,
Grado 09, de la misma Secretaría y se realice el respectivo encargo. Que
el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de la Ley
1960 de 2019 establece: “(...) Los cargos
de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva,
podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre
nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su
desempeño (...)”. Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario
efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretaria de Despacho,
Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda, para garantizar
la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo. Que,
la señora María del Pilar González Moreno, Subdirectora
del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, certificó que la
señora OLGA LILIANA SANDOVAL RODRÍGUEZ, identificada con la cédula de
ciudadanía No. 52.425.031, Subsecretaria de Despacho, Código 045, Grado 08 de
la Subsecretaría General de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para
ejercer en encargo las funciones de Secretaria de Despacho, Código 020, Grado
09, de la Secretaría Distrital de Hacienda. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Conceder
permiso remunerado por el día 15 de marzo de 2025, a la señora ANA MARÍA CADENA
RUÍZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.698.252, Secretaria de
Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda. ARTÍCULO 2°. Encargar
por el día 15 de marzo de 2025, a la señora OLGA LILIANA SANDOVAL RODRÍGUEZ,
identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.425.031, Subsecretaria de
Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría General de la Secretaría
Distrital de Hacienda, de las funciones del empleo de Secretaria de Despacho,
Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría. ARTÍCULO 3°. Comunicar
el contenido del presente Decreto a las señoras ANA MARÍA CADENA RUÍZ, OLGA
LILIANA SANDOVAL RODRÍGUEZ, a la Secretaría Distrital de Hacienda, al Despacho
del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a
través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría. Parágrafo: Para los efectos
del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de
la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos
de las funcionarias de que trata el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4º. El
presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de marzo del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos |