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Decreto Local 005 de 2025 Alcaldía Local de Tunjuelito

Fecha de Expedición:
21/04/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/04/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8309 del 24 de abril del 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 005 DE 2025

 

(Abril 21)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal 2025

 

EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO (Ε)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 y en especial las que confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el numeral 3.9.1 de la Resolución 191 de 2017 y los párrafos primero y segundo del artículo 10 de Decreto 192 de 2021.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero que estipula "los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto"; y lo establecido en el Manual Operativo Presupuestal, Resolución SDH N° 191 del 22 de septiembre de 2017, Módulo Tres, Fondos de Desarrollo Local; numeral 3.9.1. denominado "traslado presupuestal" donde se enuncia que "Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión."

 

Que, el Alcalde Local de Tunjuelito (E), en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: "BOGOTA CAMINA SEGURA", para la vigencia 2025 requiere realizar ajustes presupuestales entre los rubros de funcionamiento para garantizar la continuidad en la prestación de servicios esenciales para el normal funcionamiento de la entidad, para ello se propone disponer de recursos de los rubros 0219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior y 0219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias, teniendo en cuenta el proceso de depuración de OXP y las liberaciones de saldos que se han podido adelantar y del mismo modo financiar los rubros 021202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual, 02120201003033331101 Gasolina motor corriente, 02120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos, 02120202008078715999 Servicio de mantenimiento y reparación de otros equipos, 02120201004024299991; Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería 021202020080787130 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos;

 

Que para realizar estos movimientos presupuestales se dispondrán de los rubros 0219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior por valor de $ 132.583.247 y 0219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias por valor de $21.863.876, teniendo en cuenta que en el proceso de depuración de las obligaciones por pagar de vigencias anteriores se han liberado recursos por conceptos de saldos sin ejecutar y saldos presupuestales entre los CDP y CRP de procesos contractuales, lo que ha dado como resultado la disponibilidad de estos recursos para financiar el presupuesto de funcionamiento del Fondo, y donde se establece la necesidad de adelantar los trámites respectivos para su disposición, como se detalla a continuación:

 

No. ACTA DE LIBRACIÓN

VALOR

VALOR A TRASLADAR

01 DE 2025

$214.620.148

$ 154.447.123

TOTAL

$214.620.148

$ 154.447.123

 

Que, para respaldar el traslado presupuestal, se garantiza la existencia de los recursos con saldo a la fecha.

 

Que mediante oficio 2025EE14312401 del 14 de abril de 2025 la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable al presente traslado presupuestal.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTITRES PESOS M/CTE ($154.447.123) conforme al siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITOS                                                                              $154.447.123

Posición presupuestaria

Descripción Pospre/Programa

Valor

O2

GASTOS

$ 154.447.123

O21

Funcionamiento

$ 154.447.123

O2190

Obligaciones por Pagar Funcionamiento

$ 154.447.123

O219001

Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior

$ 132.583.247

O219002

Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias

$ 21.863.876

 

Artículo 2º.- Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTITRES PESOS M/CTE ($154.447.123) conforme al siguiente detalle:

 

CRÉDITOS                                                                                            $154.447.123

Posición presupuestaria

Descripción Pospre/Programa

Valor

O2

GASTOS

$ 154.447.123

O21

Funcionamiento

$ 154.447.123

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 154.447.123

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 154.447.123

O2120201

Materiales y suministros

$ 31.000.000

O2120201003

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

$ 4.000.000

O212020100303

Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y combustible nuclear

$ 4.000.000

O2120201003033331101

Gasolina motor corriente

$ 4.000.000

O2120201004

Productos metálicos y paquetes de software

$ 27.000.000

O212020100402

Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)

$ 27.000.000

O2120201004024299991

Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería

$ 27.000.000

O2120202

Adquisición de servicios

$ 123.447.123

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

$ 27.704.153

O212020200701

Servicios financieros y servicios conexos

$ 27.704.153

O21202020070103

Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)

$ 27.704.153

O2120202007010301

Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)

$ 20.000.000

O212020200701030102

Ediles

$ 20.000.000

O21202020070103010271311

Servicios de seguros de vida individual

$ 20.000.000

O2120202007010305

Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)

 

$ 7.704.153

O212020200701030571355

Servicios de seguros generales de responsabilidad civil

$ 7.704.153

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 95.742.970

O212020200807

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

$ 95.742.970

O21202020080787130

Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos

$ 10.000.000

O2120202008078714102

Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles

$ 17.000.000

O2120202008078715999

Servicio de mantenimiento y reparación de otros equipos n.c.p.

$ 68.742.970

 

Artículo 3°. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese y cúmplase inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

Artículo 4º.- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5º.- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de abril del año 2025.

 

JULIÁN ANDRÉS CARVAJAL ZAMORA

 

Alcalde Local de Tunjuelito (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.