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Decreto 295 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/07/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/07/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8356 del 01 de julio de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 295 DE 2025

 

(Julio 01)


Derogado por el númeral 8, art. 490, Decreto Único Sectoria 640 de 2025.

 

Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, los numerales 3 y 9 del artículo 38 y el inciso 2° del artículo 55 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política de Colombia y el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, establecen dentro de las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., la de crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

 

Que el artículo 48 del Acuerdo Distrital No. 257 de 2006, modificado por el artículo 6 del Acuerdo Distrital No. 638 de 2016 estableció que: “La Secretaría General es un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera que tiene por objeto orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa de los organismos y entidades de Bogotá, Distrito Capital, mediante el diseño e implementación de instrumentos de coordinación y gestión, la promoción del desarrollo institucional, el mejoramiento del servicio a la ciudadana y ciudadano, la protección de recursos documentales de interés público y la coordinación de las políticas del sistema integral de información y desarrollo tecnológico”.

 

Que el artículo 3° del Decreto Distrital 062 de 2024, establece que “Podrán tramitarse modificaciones de plantas de personal y estructura organizacional de las entidades y organismos distritales, únicamente cuando dicha reforma sea a costo cero o genere ahorro, previo concepto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, de viabilidad técnica emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD y de viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda”.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 140 de 2021, modificado por los Decretos Distritales Nos. 551 de 2021, 332 y 367 de 2022, 079 y 382 de 2024, se estableció y modificó la estructura organizacional vigente de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Que las Entidades Públicas como personas jurídicas, son dinámicas y deben alinear y evaluar periódicamente su modelo operacional ya sea en su estructura, en su planta de personal, en su modelo de procesos, de conformidad con las necesidades del servicio o en razón a la modernización de la administración con el fin de mejorar los niveles de eficacia, eficiencia, economía y celeridad, bajo criterios de razonabilidad, proporcionalidad y prevalencia del interés general para alcanzar sus objetivos institucionales, por lo cual la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., tiene la necesidad de modificar su estructura organizacional.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., elaboró el estudio técnico basado en metodologías de diseño organizacional para la modificación de la estructura organizacional, de conformidad con las directrices y parámetros indicados por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, para que responda a las necesidades del servicio.

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Decreto Distrital No. 062 de 2024, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., emitió CONCEPTO FAVORABLE para la modificación de la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el cual fue radicado en el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, adjunto a la solicitud de concepto de viabilidad técnica favorable, mediante radicado SIGA No. 2-2025-9925 del 23 de abril de 2025.

 

Que mediante oficio con radicado SIGA No. 1-2025-18289 de 16 de mayo de 2025, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, en concordancia con el artículo 1° de la Resolución DASCD No. 269 del 31 de diciembre de 2019, emitió CONCEPTO DE VIABILIDAD TÉCNICA FAVORABLE, para la modificación de la estructura organizacional, de la planta de personal y en consecuencia del manual específico de funciones y de competencias laborales, en atención a la necesidad del servicio justificada para: 1) Suprimir la Oficina de Protocolo y crear la Oficina de Asuntos Estratégicos y Relaciones Gubernamentales, 2) Suprimir un (1) cargo de Asesor Código 105 Grado 08 y crear un (1) cargo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 08, 3) suprimir dos (2) Directores Técnicos Código 009 Grado 08 y crear Dos (2) Directores Técnicos Código 009 Grado 07, 4) Suprimir un (1) cargo de Asesor Código 105 Grado 05, Un (1) Jefe de Oficina Código 006 Grado 06 y crear dos (2) cargos de Asesor Código 105 Grado 06 y 5) Ajustar el manual de funciones producto de las modificaciones mencionadas.

 

Que, mediante oficio No. 1-2025-20553 de 3 de junio de 2025 (Rad. SDH 2025EE314691O1), la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió VIABILIDAD PRESUPUESTAL para la modificación de la estructura organizacional y de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., adelantó el proceso de consulta con las organizaciones sindicales mediante oficios Nos. 2-2025-5433, 2-2025-5434, 2-2025-5435, 2-2025-5436, 2-2025-5437 y 2-2025-5438, del 10 de marzo de 2025.

 

Que teniendo en cuenta lo anterior, es necesario modificar la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º-: Modifíquese el artículo 3° del Decreto Distrital No. 140 de 2021, el cual quedará así:

 

Artículo 3°- Estructura Interna. Para el cumplimiento del objeto y las funciones generales, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., tendrá la siguiente estructura organizacional:

 

1. Despacho del/la Alcalde/sa Mayor

 

1.1. Secretaría Privada

 

1.1.1. Oficina de Asuntos Estratégicos y Relaciones Gubernamentales

 

1.2. Oficina Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación

 

1.2.1. Dirección Centro de Memoria Paz y Reconciliación

 

1.2.2. Dirección de Paz y Reconciliación

 

1.2.3. Dirección de Reparación Integral

 

1.3. Oficina Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – TIC

 

1.4. Oficina Consejería Distrital de Comunicaciones

 

1.5. Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales

 

1.5.1 Dirección de Proyección Internacional

 

2. Despacho del/la Secretario/a General

 

2.1. Oficina de Control Interno

 

2.2. Oficina Asesora de Planeación

 

2.3. Oficina Jurídica

 

2.4. Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

 

2.5. Oficina de Control Disciplinario Interno

 

3. Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional

 

3.1. Dirección Distrital de Desarrollo Institucional

 

3.1.1. Subdirección Técnica de Desarrollo Institucional

 

3.1.2. Subdirección de Imprenta Distrital

 

3.2. Dirección Distrital de Archivo de Bogotá

 

3.2.1. Subdirección del Sistema Distrital de Archivos

 

3.2.2. Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito

 

4. Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía

 

4.1. Dirección Distrital de Calidad del Servicio

 

4.2. Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía

 

4.2.1 Subdirección de Seguimiento a la Gestión de Inspección, Vigilancia y Control

 

5. Subsecretaría Corporativa

 

5.1. Dirección de Contratación

 

5.2. Dirección de Talento Humano

 

5.3. Dirección Administrativa y Financiera

 

5.3.1. Subdirección de Servicios Administrativos

 

5.3.2. Subdirección Financiera

 

5.3.3. Subdirección de Gestión Documental”.

 

Artículo 2º-. Modifíquese el numeral 6 del artículo 5° del Decreto Distrital No. 140 de 2021, modificado por el artículo 2° del Decreto Distrital No. 382 de 2024, el cual quedará así:

 

Artículo 5º.- Secretaría Privada. Corresponde a la Secretaría Privada las siguientes funciones:

(…)

 

6. Coordinar y vigilar el cumplimiento de las funciones de la dependencia a su cargo (…)”.

 

Parágrafo-. Las demás disposiciones del artículo 5° del Decreto Distrital No. 140 de 2021, modificado por el artículo 2° del Decreto Distrital No. 382 de 2024, continúan vigentes.

 

Ver art. 7, Decreto Único Sectorial 640 de 2025.


Artículo 3º-. Modifíquese el artículo 6° del Decreto Distrital No. 140 de 2021, el cual quedará así:

 

Artículo 6°. Oficina de Asuntos Estratégicos y Relaciones Gubernamentales. Corresponde a la Oficina de Asuntos Estratégicos y Relaciones Gubernamentales el ejercicio de las siguientes funciones:

 

1. Desarrollar y coordinar todos los aspectos de protocolo necesarios para la organización y ejecución de eventos oficiales a los que asista el/la Alcalde/sa Mayor, garantizando el cumplimiento de normas y costumbres protocolarias.

 

2. Definir y difundir directrices de protocolo institucional para las entidades distritales, asegurando que todas las actividades se alineen con la agenda y los objetivos del despacho del/de la Alcalde/sa Mayor.

 

3. Organizar y gestionar las solicitudes de audiencias con el/la Alcalde/sa Mayor por parte de misiones extranjeras y organismos internacionales, coordinando con la Oficina Consejería Distrital de Relaciones

4. Internacionales y siguiendo las instrucciones del/la Secretario/a Privado/a.

 

5. Coordinar la entrega de distinciones y reconocimientos que otorga el Gobierno Distrital, asegurando que se realicen conforme a los protocolos establecidos.

 

6. Registrar, verificar y hacer seguimiento a los compromisos y actividades en las que participe el/la Alcalde/sa Mayor, en línea con las directrices del/de la Secretario/a Privado/a.

 

7. Facilitar la interacción y colaboración entre diferentes sectores de la Administración Distrital para asegurar la adecuada preparación y desarrollo de la agenda del/de la Alcalde/sa Mayor.

 

8. Actuar como un enlace directo entre el/la Alcalde/sa Mayor y los altos funcionarios, garantizando la transmisión oportuna y precisa de mensajes, políticas y decisiones estratégicas.

 

9. Fomentar y mantener relaciones efectivas con actores externos y grupos de interés, asegurando una comunicación coherente y alineada con los objetivos gubernamentales.

 

10. Establecer mecanismos de respuesta rápida y eficaz a situaciones emergentes, coordinando con otras dependencias para asegurar una gestión ágil y oportuna.

 

11. Liderar y promover iniciativas de relacionamiento público y comunicación estratégica que posicionen positivamente a la Alcaldía y sus proyectos, potenciando el impacto y la aceptación de las políticas públicas.

 

12. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia”.

 

Ver art. 8, Decreto Único Sectorial 640 de 2025.


Artículo 4º-: Comuníquese el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD.

 

Artículo 5º-: El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, modifica los artículos 3°, 5° y 6° del Decreto Distrital No. 140 de 2021, y deroga los artículos 1° y 3° del Decreto Distrital No. 382 de 2024.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de julio del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

MIGUEL ANDRES SILVA MOYANO

 

Secretario General

 

LAURA VICTORIA VILLA ESCOBAR

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

 

Nota: Ver norma original en Anexos.