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CIRCULAR 10002024E4000092 DE 2024
(Enero 29)
Ver Aclaración Circular 10002024E4000092 de 2024. Bogotá, D.C.,
PARA: Directores de Corporaciones Autónomas Regionales; Directores de Corporaciones de Desarrollo Sostenible; Directores de autoridades ambientales Urbanas; Directores Nacional y Territoriales de Parques Nacionales Naturales; Directores de Institutos de Investigación Vinculados y Adscritos; Consejos Territoriales de Gestión del Riesgo de Desastres (CDGRD y CMGRD), y demás autoridades y entidades públicas, privadas y comunitarias que conforman el Sistema Nacional Ambiental (SINA) y Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD).DE: MARIA SUSANA MUHAMAD GONZALEZ
Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible
ASUNTO: ACCIONES PARA MITIGAR LOS EFECTOS DEL FENÓMENO CLIMÁTICO “EL NIÑO” Y EL MANEJO DE SUS EFECTOS ADVERSOS EN ANIMALES SILVESTRES, GESTIÓN DEL RIESGO Y CONTAMINACIÓN DEL AIRERadicado 2024-01-29-10
Respetados integrantes del Sistema Nacional Ambiental - SINA y Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres.
Desde el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, queremos agradecer el trabajo desarrollado por todos ustedes en el transcurso de estos meses donde se han consolidado los efectos y los impactos por la activación del Fenómeno El Niño en sus territorios. En este mismo sentido, queremos invitarlos a continuar con el desarrollo de los procesos para la gestión de los efectos adversos en animales silvestres, gestión del riesgo y contaminación del aire, tal como lo estipula la Ley 1523 de 2012, lo establecido en la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1076 de 2015.
I. CONTEXTO
FENÓMENO CLIMÁTICO EL NIÑO
Como es de su conocimiento, el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), desarrolla el seguimiento al Ciclo ENOS, estableciendo que “el impacto de El Niño en Colombia, se refleja en un déficit (aumento) significativo de las precipitaciones, así como en un aumento (disminución) importante de la temperatura del aire, especialmente en sectores de las regiones Caribe, Andina y Pacífica. Cabe destacar, que la alteración del régimen de lluvias por la ocurrencia de estos fenómenos no sigue un patrón común; por el contrario, es diferencial a lo largo y ancho del territorio nacional (continental e insular)” (IDEAM, 2024). En este sentido, de acuerdo al boletín N° 186 del 24 de enero de 2024, informa que el “Fenómeno de El Niño” en la categoría fuerte ha persistido desde septiembre de 2023, así como El Niño costero en la región EN 1+2”. Por lo anterior, “las variaciones climáticas del país serán moduladas en mayor medida por la evolución del Fenómeno El Niño y las oscilaciones de la escala intraestacional” y que de acuerdo a las proyecciones del CPC de la NOAA[1] “El Niño se extenderá durante la primavera del hemisferio norte, con una probabilidad del 62% durante el periodo abril-junio del 2024”. (IDEAM, 2024)[2]
Sus efectos son notables sobre el patrimonio natural y cultural colombiano y podrían intensificarse debido a eventos de variabilidad climática extremos asociados al cambio global en los departamentos de las regiones más vulnerables a sequías de diferentes intensidades.
Los efectos se podrían manifestar a través de la reducción en los niveles de precipitación y aumento de la temperatura que podrían llegar a ocasionar:
(i) reducción en la oferta de agua para la biodiversidad, usos urbano, agropecuario, industrial y de generación de hidro-energía debido al estrés hídrico de los sistemas acuáticos,
(ii) alteración en las dinámicas del régimen del fuego que incrementaría la probabilidad de ocurrencia de incendios en coberturas vegetales con aumento en número, frecuencia y extensión además de generar escenarios de posible expansión de especies invasoras pirófilas,
(iii) incremento en los niveles de vulnerabilidad de las especies de fauna y flora debido a la degradación de los hábitats por sequías, incendios en coberturas vegetales, estrés hídrico, riesgo de caza y tráfico ilegal, y
(iv) aumento del área de influencia de los vectores de enfermedades emergentes y reemergentes de origen zoonótico.
Frente a esto desde el Sector Ambiental, se presentan las siguientes recomendaciones para aportar en la gestión de las Entidades ante los efectos e impactos del Fenómeno El Niño, para que sean socializadas a los diferentes grupos de trabajo de su institución, Consejos territoriales de Gestión del Riesgo de su área de influencia y comunidad en general:
II. RECOMENDACIONES EN EL MARCO DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO DEL RIESGO1. Apoyar a las autoridades territoriales en el seguimiento y monitoreo de las alertas generadas por el IDEAM y demás fuentes de información o Sistemas de Alerta Temprana disponibles, de manera que estas sean comunicadas oportunamente a los Consejos Territoriales de Gestión del Riesgo de Desastres con el fin de que se tomen las medidas necesarias de prevención y preparación para la respuesta, de acuerdo a los protocolos y condiciones del territorio:
Alteraciones más probables de la lluvia y la temperatura ante la ocurrencia de los fenómenos El Niño y La Niña http://www.ideam.gov.co/web/tiempo-y- clima/clima/fenomenos-el-nino-y-la-nina
Boletín de Predicción Climática:
http://www.pronosticosyalertas.gov.co/web/tiempo-y-clima/prediccion- climatica
Productos – Fenómenos El Niño y La Niña:
http://www.ideam.gov.co/web/tiempo-y-clima/clima/fenomenos-el-nino-y-la- nina
La variabilidad climática y el cambio climático en Colombia: http://documentacion.ideam.gov.co/openbiblio/bvirtual/023778/023778.html
Boletín Climatológico Mensual: http://www.ideam.gov.co/web/tiempo-y-clima/climatologico-mensual
Con base en los resultados obtenidos en el seguimiento y monitoreo del riesgo, promover, apoyar e implementar en articulación con los Consejos Territoriales de Gestión del Riesgo Desastres (municipales y departamentales) estrategias de comunicación para proveer de información a la comunidad e instituciones públicas y privadas, frente al conocimiento y comportamiento de los riesgos identificados en su jurisdicción.
2. Fortalecer las redes de monitoreo hidrometeorológico y Sistemas de Alerta Temprana en cuencas hidrográficas de interés, como aporte al conocimiento de las amenazas y la reducción del riesgo de la población.
3. Las autoridades ambientales regionales y urbanas aportarán a las entidades territoriales de su jurisdicción los estudios para el conocimiento y la reducción del riesgo integrados en los planes de ordenación y manejo de cuencas y de gestión ambiental para el ordenamiento y desarrollo territorial. Es importante que se dé continuidad a este proceso en el corto, mediano y largo plazo.
4. Se recuerda que, aunque se presente déficit de precipitación se podría dar eventos amenazantes como inundaciones y avenidas torrenciales, por lo que se los insta a incentivar la identificación y priorización de las áreas susceptibles de inundación en cada una de las jurisdicciones de las autoridades ambientales Competentes (Resolución 157/2004).
5. Se recomienda a los entes territoriales publicar y difundir la cartografía que tengan disponible sobre susceptibilidad y amenaza por incendios forestales, inundación y avenidas torrenciales a escalas detalladas de manera que se tengan a disposición en caso eventual de ocurrencia de eventos extremos.
6. Informar a los alcaldes municipales y los CMGRD la necesidad de realizar visitas de campo para identificar puntos críticos y establecer medidas de manejo de manera conjunta, ante amenazas incendios forestales, inundación y avenidas torrenciales.
7. Las comunidades deben preocuparse de salvaguardar la oferta y calidad del agua, para lo cual es importante proteger y conservar el suelo y vegetación lo cual permitirá la máxima infiltración de agua en la cuenca hidrográfica; con lo anterior, se contribuye a la sostenibilidad de los nacimientos y pozos, a que los niveles del agua en los ríos sean más estables y los volúmenes de los embalses sean adecuados.
8. Las comunidades deben trabajar para mantener o restablecer la vegetación protectora en zonas estratégicas o vulnerables, como las zonas de ronda hídrica; eliminar el sobrepastoreo, reducir los desperdicios y la contaminación.
9. Socializar y sensibilizar a CMGRD, CDGRD, Entes Territoriales, entidades de la región, sobre las Áreas Protegidas ubicadas en la región, sus ecosistemas y función de los mismos en la reducción del riesgo y provisión de servicios ecosistémicos.
III. RECOMENDACIONES EN EL MARCO DEL PROCESO DE REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
1. Mediante las autoridades ambientales, recomendar a las empresas operadoras de acueductos, a los operadores de acueductos veredales y al público en general de las zonas con predicción de reducción de los volúmenes de precipitaciones, para que haya una vigilancia de las reservas de agua, planeación y uso adecuado del recurso hídrico en los siguientes meses.
2. Realizar campañas con los usuarios acerca del buen uso del recurso hídrico y la conservación de la calidad del agua en el interior de las viviendas.
3. Promover los programas para el uso eficiente y ahorro de agua y energía, así como un manejo adecuado de residuos sólidos, con el fin de conservar el recurso y evitar su contaminación. 4. Mantener fuentes de agua conservadas y con accesibilidad como posibles alternativas para controlar los incendios.
5. En el marco de la Reducción de Riesgo Basada en Ecosistemas – Eco RRD, identificar y mapear todos aquellos ecosistemas críticos ante los incendios forestales que puedan verse afectados por la temporada de menos lluvias. Estos ecosistemas deben ser protegidos y de ser afectados deben ser recuperados mediante acciones de restauración o rehabilitación.
6. De ser necesario, implementar medidas de control y restricción de tipo policivo en áreas de importancia ambiental o ecosistemas estratégicos especialmente en periodos de menos lluvias o que se identifique alguna actividad que efectué la comunidad con uso del fuego inadecuado o no permitido.
7. Ejecutar los recursos financieros o presupuestados en la vigencia para la prevención y respuesta ante incendios forestales.
8. Acompañar a las autoridades ambientales en la formulación o actualización del Plan Municipal para la Gestión del Riesgo de desastres –PMGRD. En este Plan se encuentra el escenario por incendio forestal, para priorizarlo o incluirlo según la dinámica territorial, del mismo modo que propenda por la articulación con los diferentes instrumentos de planificación local y regional.
IV. RECOMENDACIONES EN EL MARCO DEL PROCESO DE MANEJO DE DESASTRES1. Contar con información actualizada en el territorio (registro de incidentes presentados, zonas ambientalmente estratégicas, fauna y flora endémica y/o en riesgo, ecosistemas y fuente hídricas); con el fin de realizar una evaluación rápida de los daños ambientales ocasionados por el evento, como insumo para la toma de decisiones post-evento que aporten a la recuperación de los ecosistemas y los servicios que provee así como recomendaciones para el manejo de las potenciales presiones ambientales generadas en el proceso de respuesta y recuperación.
2. Las autoridades ambientales deben apoyar y acompañar técnicamente los Puestos de Mando Unificado - PMU en los cuales se coordinan los procesos de atención al evento presentado, a través del suministro de información técnica y la adopción de los protocolos establecidos.
3. Actualizar herramientas de GRD tales como los planes de contingencia y estrategias municipales y departamentales de respuesta a emergencias.
4. Activar y articular los Consejos Departamentales, Municipales y Distritales para la Gestión del Riesgo, para la prevención y preparación ante la eventual presencia de eventos asociados a la temporada de lluvias
V. ACCIONES PARA MITIGAR LOS EFECTOS DEL FENÓMENO CLIMÁTICO “EL NIÑO” SOBRE LAS POBLACIONES DE ANIMALES SILVESTRES
Las afectaciones de la variabilidad climática sobre el patrimonio ambiental nacional, se expresan directamente sobre los animales silvestres al ser afectados física y emocionalmente por las temperaturas extremas, estrés calórico, deshidratación, quemaduras, afecciones respiratorias por inhalación de humo e incluso podría llegar a generar la muerte de individuos.
Otro tipo de afectaciones, son las de tipo indirecto que incluyen la degradación de los hábitats por incendios de cobertura vegetal, altas precipitaciones y por el aumento o disminución del balance hídrico de ríos y humedales que reducen los atributos ecosistémicos y la oferta de recursos que proporcionan los hábitats a las especies. Estas condiciones, generan la vulnerabilidad de los animales silvestres a eventos de captura, caza y tráfico ilegal de los individuos expuestos a este tipo de afectaciones ambientales.
En este contexto, instamos a fortalecer el componente de atención a animales silvestres y restauración ecológica al interior de las estrategias de gestión de eventos climáticos extremos como el fenómeno de El Niño en todo el territorio nacional. Por todo lo anterior, invitamos a las autoridades ambientales y entes territoriales municipales y departamentales a implementar las siguientes acciones:
1. Los Institutos de Investigación del Sistema Nacional Ambiental – SINA (Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt - IAVH, Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas - SINCHI, Instituto de Ciencias Naturales - ICN, Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico - IIAP, Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras José Benito Vives de Andréis - INVEMAR, Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEAM) deben generar información sobre los efectos de los eventos climáticos extremos sobre las poblaciones de animales silvestres.
2. Las Direcciones y Subdirecciones de las autoridades ambientales regionales y Parques Nacionales Naturales deben implementar acciones para el manejo de los animales silvestres y atender, reducir y monitorear las afectaciones producidas por la variabilidad climática extrema en sus jurisdicciones.
3. Se deben activar de inmediato los Nodos Regionales para la protección y bienestar de los animales silvestres señalados a continuación:
NODO REGIONAL CARIBE
CORPOGUAJIRA, CORPAMAG, CARDIQUE, CSB, CARSUCRE, CRA, CORALINA, CORPOCESAR, CVS, EPA CARTAGENA, DADSA, BARRANQUILLA VERDE. Dirección territorial Caribe Parques Nacionales Naturales - PNN de Colombia (PNN Bahía Portete – Kaurrele, PNN Corales de Profundidad, PNN Corales del Rosario y de San Bernardo, PNN Macuira, PNN Old Providence McBean Lagoon, PNN Paramillo, Parques Nacional Natural Reserva Natural Cordillera Beata, PNN Sierra Nevada de Santa Marta, PNN Tayrona, Santuario de Fauna Acandí, Playón y Playona, SFF Los Flamencos, SFF Ciénaga Grande de Santa Marta, SFF El Corchal ¨El Mono Hernández¨, SFF Los Colorados, y Vía Parque Isla de Salamanca).
Zoológico de Barranquilla, Oceanario CEINER, Acuario el Rodadero, y el Acuario Mundo Marino.
NODO REGIONAL PACIFICO
CODECHOCO, CVC, DAGMA, EPA Buenaventura, CRC, COPONARIÑO. Dirección territorial Pacifico Parques Nacionales Naturales de Colombia: (DMI Cabo Manglares, DMI Colinas y Lomas Submarinas de la Cuenca Pacífico Norte, DMI Yuruparí – Malpelo, PNN Farallones de Cali, PNN Gorgona, PNN Los Katíos, PNN Munchique, PNN Sanquianga, PNN Uramba Bahía Málaga, PNN Utría, SFF Malpelo).
Zoológico de Cali.
NODO REGIONAL NORANDINA Y CENTROANDINA
CORPONOR, CAS, CDMB, AMB, CORPOBOYACA, CORPOGUAVIO, CORPOCHIVOR, CAR, SDA.
Dirección territorial Andina de Parques Nacionales Naturales-PNN: Área Natural Única Los Estoraques, PNN Catatumbo Barí, PNN El Cocuy, PNN Pisba, PNN Serranía de Los Yariguíes, PNN Tamá, SFF Guanentá Alto Río Fonce, y el SFF Iguaque.
Zoológico Jaime Duque, Bioparque la Reserva, Zoológico de Santa Cruz, Zoológico de Piscilago, Zoológico de CAFAM.
NODO REGIONAL NOROCCIDENTE
CORPOURABA, CORANTIOQUIA, CORNARE, AMVA, CRQ, CORPOCALDASCARDER, CORTOLIMA.
Parques Nacionales Naturales-PNN Occidentales de Colombia (PNN Complejo Volcánico Doña Juana – Cascabel, PNN Cueva de los Guácharos, PNN Las Hermosas - Gloria Valencia de Castaño, PNN Las Orquídeas, PNN Los Nevados, PNN Nevado del Huila, PNN Puracé, PNN Selva de Florencia, PNN Tatamá, SFF Otún Quimbaya, SFF Galeras, y el SFF Isla de la Corota.
Parque de la Conservación, Parque temático Ukumari, y el Parque Explora.
NODO REGIONAL AMAZONAS
CORPOAMAZONIA (Putumayo, Caquetá y Amazonas) CDA, (Vaupés, Guainía y Guaviare), CAM, CRC (Piamonte y Santa Rosa; Cauca) Corponariño (Amazonas)
Dirección Territorial Parques Nacionales Naturales - PNN Amazonia (PNN Alto Fragua Indi Wasi, PNN Amacayacu, PNN Cahuinarí, PNN La Paya, PNN Río Puré, PNN Serranía de Chiribiquete, PNN Serranía de los Churumbelos Auka Wasi, PNN Yaigojé Apaporis, RNN Nukak, RNN Puinawai, y el Santuario de Flora Plantas Medicinales Orito Ingi – Ande)
NODO REGIONAL ORINOQUIA
CORPORINOQUIA (Arauca, Casanare y Vichada), CORMACARENA.
Dirección territorial de la Orinoquia de Parques Nacionales Naturales-PNN (DMI Cinaruco, PNN Chingaza, PNN Cordillera de Los Picachos, PNN El Tuparro, PNN Sierra de la Macarena, y el PNN Sumapaz, PNN Tinigua).
Bioparque Los Ocarros, y el Bioparque Wusirare.
4. El director general de Gestión del Riesgo debe convocar y hacer partícipes a los Coordinadores departamentales y municipales a conformar brigadas junto a las autoridades ambientales, cuerpos de bomberos y fuerza pública para adelantar acciones de monitoreo y atención los animales silvestres afectados por los incendios forestales y otros eventos climáticos extremos.
5. Las autoridades ambientales son responsables del rescate, la atención, el manejo y la translocación de los animales silvestres involucrados en incendios forestales, y demás condiciones producto del Fenómeno del Niño, eventos extremos de la variabilidad climática y gestionar los recursos administrativos y financieros ante el Fondo de Acción Climática con miras a fortalecer y atender las acciones in situ de los animales silvestres afectados.
6. Las autoridades ambientales deberán generar acciones para prevenir, controlar y hacer seguimiento ambiental sobre efectos catastróficos tales como: inundaciones, deslizamientos de tierra, incendios forestal y demás condiciones producto del Fenómeno del Niño y eventos extremos de la variabilidad climática, con el apoyo de los cuerpos de bomberos y los consejos municipales de Gestión del Riesgo de Desastres. Para atender estos eventos se deberán generar acciones de gestión para la movilización de recursos ante el Fondo de Acción Climática.
7. Se insta a establecer estrategias de cooperación internacional, con países y organizaciones a nivel mundial que han manifestado su disposición de apoyar, con el ánimo de mitigar el fenómeno ambiental de manera coordinada con las entidades nacionales correspondientes.
8. Una vez se decrete la declaratoria de situación de desastre por la Presidencia de la República, se deberán aplicar las medidas sancionatorias ambientales (Ley 1333 de 2009) y penales (Ley 2111 de 2021) contra los recursos naturales y el medio ambiente.
9. Establecer estrategias de restauración de ecosistemas afectados, fomentando el uso de especies nativas que garanticen el alimento y el hábitat de los animales silvestres.
10. Promover, bajo el enfoque integral de “Una Sola Salud”[3], un manejo integral del fuego en aras de reducir los niveles de riesgo por incendios de la cobertura vegetal y sus efectos sobre la fauna silvestre.
11. Para los temas de las atenciones de riesgo frente a los animales silvestres se deberá atender bajo esquemas de cooperación entre las autoridades ambientales, que cuenten con instalaciones clínicas, veterinarios y demás áreas físicas para el manejo de las urgencias de los animales afectados por los efectos negativos del cambio climático.
12. Las Corporaciones Autónomas Regionales, de Desarrollo Sostenible y Grandes Centros Urbanos (CAR/CDS/GCU) deberán articular las acciones conjuntas a nivel territorial para la respuesta efectiva en materia de manejo de animales silvestres en condiciones de riesgo y vulnerabilidad incluyendo entre otros a: Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, entes territoriales, Parques Nacionales Naturales, Institutos de Investigación del SINA, Secretarías de Salud, Oficinas Instituto Colombiano Agropecuario - ICA y dependencias de protección y bienestar animal, contando con la participación de equipos veterinarios de rescate en articulación con los centros de atención y valoración de la fauna silvestre CAV, hogares de paso (Mapa 1), Centros de Atención, valoración y rehabilitación (CAVR), (Mapa 2), los zoológicos y acuarios (mapa 3) y universidades con facultades de medicina veterinaria que cuenten con equipos preparados para la atención y gestión del riesgo.
Mapa 1. Municipios con presencia de Centros de Atención y Valoración de Fauna Silvestre (CAV)
Mapa 2. Municipios con presencia de Centros de Atención, Valoración y Rehabilitación de Fauna Silvestre (CAVR)
Mapa 3. Municipios con presencia de Zoológicos- Acuarios y Bioparques
13. Es necesario que las autoridades ambientales que cuentan con CAV, CAVR, hogares de paso, acuarios y zoológicos, entre otros, faciliten esquemas de cooperación para aquellos que no cuentan con estos espacios de manejo.
14. Urge la activación de las líneas de acción que reduzcan la presión sobre las poblaciones y sus hábitats ante los efectos de eventos climáticos, atendiendo las directrices que se mencionan en el Anexo N° 1.
15. Las comunidades locales y organizaciones sociales deberán reportar a las autoridades ambientales los incendios forestales, en aras de atender de manera oportuna las posibles afectaciones sobre la fauna y flora y disminuir los efectos de estos eventos.
16. Las autoridades ambientales deberán adoptar medidas preventivas bajo estrategias de comunicación y divulgación para reducir y evitar eventos de caza y tráfico ilegal de especies.
17. En el marco del seguimiento del Plan Nacional ante El Fenómeno "El Niño" se desarrolló la herramienta DATAMEI a través de la cual se captura de información para conocer las capacidades para la respuesta y la gestión territorial ante los efectos e impactos ante el Fenómeno El Niño, solicitamos realizar el reporte de manera semana en el siguiente enlace:
https://experience.arcgis.com/experience/fb52274236294685b0f3b39bf842483d/page/SurveyA MBIENTE/?draft=true
VI. ORIENTACIONES PARA LA GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE
Con el aumento de incendios en diferentes áreas del país uno de los efectos es el incremento de las concentraciones de material particulado, que puede provocar deterioro de la calidad del aire.
Las autoridades ambientales del país realizan el seguimiento a la calidad del aire a través de sus Sistemas de Vigilancia, para alertar a la población y a las autoridades de salud y de gestión del riesgo para la toma de decisiones, y de ser el caso declarar los niveles de prevención, alerta y emergencia ante la ocurrencia de episodios que incrementan la concentración y el tiempo de duración de la contaminación atmosférica. Así mismo, algunas autoridades ambientales han reportado estar presentando condiciones meteorológicas adversas que dificultan la dispersión de contaminantes, como las inversiones térmicas, vientos débiles. De acuerdo con el escenario expuesto a continuación, se brindan lineamientos para las autoridades ambientales competentes que coadyuve a generar un marco de acción articulado, a fin de optimizar el actuar de todas las autoridades competentes, aun cuando no se hayan dado las condiciones para declarar episodios de contaminación atmosférica.
No obstante lo anterior, y, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del artículo primero de la Ley 99 de 1993, según el cual …”las autoridades ambientales y los particulares darán aplicación al principio de precaución conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente”, se insta a las autoridades ambientales a implementar medidas de precaución en sus territorios, en coordinación con las autoridades correspondientes, con el fin de no agravar las condiciones actuales de calidad del aire, que puedan afectar en mayor medida el ambiente, la calidad de vida y la salud de la población expuesta, especialmente aquella más vulnerable.
En este sentido, se invita a las autoridades ambientales, entes territoriales municipales[4] y departamentales a implementar acciones como:
1. Comunicar oportunamente a la población, el avance de la situación, las medidas que al respecto sean tomadas, alertar ante las posibilidades de exposición, e informar sobre las medidas de precaución dirigidas a la comunidad, para lo cual se deben emplear los diferentes canales de comunicación disponibles.
2. Fortalecer las medidas desde el orden local para mitigar los incendios provocados y restringir las quemas abiertas controladas en actividades agrícolas y mineras.
3. Mantener activos los canales de comunicación con los organismos responsables de la gestión del riesgo, autoridades de salud, autoridades de tránsito y demás actores necesarios, para actuar oportunamente y prevenir la propagación de incendios.
4. Evaluar horarios de funcionamiento de incineradores y de actividades industriales contaminantes que puedan incidir significativamente en el agravamiento de las condiciones de calidad del aire.
5. Fortalecer la vigilancia, seguimiento y control a las fuentes fijas que empleen carbón, fuel oil o crudo como combustible y determinar la pertinencia de restringir su operación
6. Adelantar, coordinadamente, las acciones necesarias para fortalecer el seguimiento a las disposiciones ambientales de las fuentes móviles en circulación, y para la implementación de cualquier otra medida que se defina en los territorios para el control de la contaminación generada por el parque automotor, con ocasión de los incendios forestales.
7. Las autoridades ambientales deben asesorar permanentemente a los municipios y distritos en sus funciones de prevención, control y vigilancia ante estos fenómenos de contaminación atmosférica, por lo que es prioritario, entre otros, fortalecer e incrementar sus capacidades de observación y seguimiento continuo de las condiciones meteorológicas que puedan exacerbar los incendios forestales.
Por su parte, se conmina a las autoridades ambientales a adelantar las siguientes acciones dirigidas a la ciudadanía en general:
1. Enfatizar a la población general, a través de los diferentes canales de comunicación, que las quemas y la deforestación son actividades prohibidas.
2. Informar la necesidad de evitar las fogatas y otras labores que en esta época del año puedan generar las conflagraciones. De igual manera, se debe reiterar la prohibición de realizar quemas de basura y demás quemas a cielo abierto.
VII. OTRAS RECOMENDACIONES
Las 10 acciones y medidas de adaptación al cambio climático potencialmente eficaces para prevenir o reducir los impactos negativos asociados al Fenómeno del Niño en Colombia[5]:
1. Fortalecimiento de la gestión integrada del agua: Promover una gestión eficiente, justa y equitativa del agua, incluyendo la construcción y mantenimiento de infraestructuras hídricas, la implementación de sistemas de captación y almacenamiento de agua, y el fomento de prácticas de uso responsable y conservación del recurso.
2. Diversificación y fortalecimiento de la agricultura: Impulsar la diversificación de cultivos, promoviendo especies y variedades resistentes a las sequías y al cambio climático. Fomentar prácticas agrícolas sostenibles, como la agroforestería, el manejo integrado de enfermedades y el uso eficiente del agua.
3. Conservación y restauración de ecosistemas: Proteger y restaurar los ecosistemas naturales, como bosques y humedales, que actúan como reguladores del clima y proveedores de servicios ecosistémicos. Estos ecosistemas ayudan a mitigar los impactos del Fenómeno del Niño, reduciendo la erosión, regulando el flujo de agua y preservando la biodiversidad.
4. Planificación territorial y ordenamiento urbano: Integrar consideraciones climáticas en la planificación territorial y en el ordenamiento urbano, evitando la ocupación de áreas vulnerables a inundaciones, deslizamientos y otros riesgos asociados al fenómeno del Niño. Incluye, fomentar el diseño de infraestructuras resilientes y adaptadas al cambio climático de acuerdo a las circunstancias locales tanto ambientales, sociales y económicas.
5. Desarrollo de sistemas de alerta temprana y respuesta rápida: Implementar y fortalecer sistemas de alerta temprana que permitan anticiparse a los eventos climáticos extremos relacionados con el fenómeno del Niño. Establecer planes de respuesta rápida y coordinación entre entidades gubernamentales, comunidades locales y organismos de socorro.
6. Educación y capacitación: Promover programas de educación y capacitación dirigidos a aumentar la conciencia sobre el cambio climático, los riesgos asociados al fenómeno del Niño y las medidas de adaptación. Ofrecer información y herramientas prácticas a las comunidades para que puedan tomar decisiones informadas y adoptar prácticas sostenibles; y promover la comunicación de información y herramientas prácticas de las comunidades a las entidades de gobierno para su replicación y escalamiento.
7. Promoción de tecnologías limpias y energías renovables: Fomentar la adopción de tecnologías limpias y energías renovables como alternativas sostenibles a los combustibles fósiles. Estimular la implementación de proyectos de energía solar, eólica, biomasa y otras fuentes renovables en diferentes sectores. La interacción entre cambio climático y fenómeno del niño puede exacerbar los efectos adversos del clima.
8. Manejo y conservación de cuencas hidrográficas: Implementar prácticas de manejo integrado de cuencas hidrográficas para conservar la calidad y cantidad del agua. Esto incluye la restauración, control de erosión, protección de fuentes hídricas, conservación del suelo y atención a potenciales enfermedades tropicales ligadas a vectores.
9. Capacitación y apoyo a sectores vulnerables: Ofrecer capacitación y apoyo técnico a los sectores más vulnerables, como agricultores, pescadores y comunidades indígenas, para que puedan adaptarse al cambio climático y al fenómeno del Niño.
Esto incluye transferencia de tecnología, acceso a créditos y seguros agrícolas, y promoción de prácticas agrícolas resilientes; y la posibilidad de intercambios de bienes entre comunidades cercanas para suplir necesidades más apremiantes.
10. Promoción de la investigación y el desarrollo de políticas: Incentivar la investigación científica sobre el cambio climático y el fenómeno del Niño, con el objetivo de generar conocimiento local y basado en evidencia. Utilizar este conocimiento para desarrollar políticas públicas efectivas de adaptación, promoviendo la participación activa de científicos, académicos y expertos en la toma de decisiones. Es clave vincular estos conocimientos en las comunicaciones nacionales sobre adaptación.
Recomendaciones a la comunidad en general:
1. Tomar las medidas necesarias y ahorrar el líquido durante la temporada vacacional es prevenir la disminución en los embalses.
2. Usar el agua limitadamente para actividades de riego de prados, jardines o lavado de autos, y reducirla en festividades.
3. En esta época de menos lluvias es necesario reducir las prolongadas exposiciones a la radiación solar directa, a fin de evitar insolaciones y minimizar los efectos nocivos de los rayos ultravioleta.
4. Mantener en buen estado los tanques y demás recipientes de almacenamiento de agua dentro de las viviendas, recuerda que pueden ser criaderos de vectores como zancudos.
5. Como usuarios, seguir las orientaciones para preservar la calidad del agua para consumo humano y hacer buen uso de ella al interior de nuestras viviendas.
6. Denunciar, de ser necesario de manera anónima, cualquier indicio del fuego a las autoridades ambientales como la corporación autónoma, la autoridad ambiental urbana o con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
7. Hacer parte de sus Juntas de Acción Comunal y organizar planes comunitarios de respuesta.
8. Informarse de las recomendaciones que dan sus Consejos Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres
Igualmente, con el fin de lograr el desarrollo efectivo de la Gestión del Riesgo de Desastres, es importante tener en cuenta los niveles de actuación frente a Emergencias o Desastres[6] de que trata la ley 1523 de 2012 y que corresponden a:
Nivel Municipal: Consejo Municipal de la Gestión del Riesgo de Desastres
Nivel Departamental: Consejo Departamental de la Gestión del Riesgo de Desastres.
Nivel Nacional: Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Cada uno de los niveles (Municipal, Departamental, Nacional) debe asumir el rol de coordinación en su respectiva jurisdicción, realizando las solicitudes de apoyo al nivel inmediatamente superior, en consideración de sus necesidades y sus capacidades.
Por lo anterior, reiteramos el llamado a consultar permanentemente las comunicaciones que emite el IDEAM en la página http://www.pronosticosyalertas.gov.co/boletines-e-informes-tecnicos así como las orientaciones del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y las demás entidades encargadas; igualmente recomendamos trabajar coordinadamente en el desarrollo de las actividades o medidas anteriormente descritas, recordando que el papel de las autoridades ambientales en temas de gestión del riesgo debe estar enfocado a la sostenibilidad ambiental del territorio.
Cordialmente,
MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZMinistra de Ambiente y -desarrollo SostenibleNota: Ver Circular original y Anexos.
NOTAS AL PIE DE PÁGINA: [1] CPC: Climate Prediction Center- NOAA: National Oceanic and Atmospheric Administration [2] Tomado de: IDEAM, (2024, 24, enero) Boletín N° 186 Seguimiento al Ciclo ENOS. http://www.ideam.gov.co/web/tiempo-y-clima/boletin-de-seguimiento-fenomeno-el-nino-y-la-nina/- /document_library_display/I6NwA8DioHgN/view/126583582?_110_INSTANCE_I6NwA8DioHgN_redirect=http%3A %2F%2Fwww.ideam.gov.co%2Fweb%2Ftiempo-y-clima%2Fboletin-de-seguimiento-fenomeno-el-nino-y-la-nina%3Fp_p_id%3D110_INSTANCE_I6NwA8DioHgN%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mod e%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-1%26p_p_col_count%3D1 [3] 3 “Una Sola Salud” (FAO-OIE-OMS-PNUMA 2021). Enfoque integral que equilibra y optimiza de forma sostenible la salud de las personas, de los animales domésticos y silvestres y de los ecosistemas. Adoptado por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO, la Organización Mundial de Salud Animal - OMSA, la Organización Mundial de la Salud - OMS y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente – PNUMA [4] Decreto 1076 de 2015, artículo y 2.2.5.1.6.4: - Funciones de los Municipios y Distritos: “a) Dictar normas para la protección del aire dentro de su jurisdicción; b) Dictar medidas restrictivas de emisión de contaminantes a la atmósfera, cuando las circunstancias así lo exijan y ante la ocurrencia de episodios que impongan la declaratoria, en el municipio o distrito, de niveles de prevención, alerta o emergencia; (...) f) Ejercer funciones de control y vigilancia municipal o distrital de los fenómenos de contaminación atmosférica e imponer las medidas correctivas que en cada caso correspondan;” [5] *Recuerde que estas acciones se pueden emplear de manera simultánea para fortalecer la resiliencia de Colombia ante los impactos del fenómeno del Niño y cambio climático. Son acciones derivadas del Plan Nacional de Adaptación de Cambio Climático (PNACC) y el avance del Plan Integral de Gestión de Cambio Climático del Sector Ambiente, y compatibles con el Plan Nacional de Desarrollo (PND 2022-2026; Ley 2294 de 2023) [6] Tomado de la Guía para la implementación de salas de crisis departamental y municipal, UNGRD, 2016. |
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