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Decreto Local 005 de 2025 Alcaldía Local de Usme

Fecha de Expedición:
01/08/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/08/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8381 del 5 de agosto de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 005 DE 2025

 

(Agosto 01)

 

Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usme

 

LA ALCALDESA LOCAL DE USME (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, la que le confiere el Articulo 32 del Decreto 158 de 2025, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, prevé que los ediles se reúnan extraordinariamente por convocatoria que les haga la respectiva alcaldesa local, debiendo sesionar por el término que este señale y únicamente se ocuparán de los asuntos que el mismo someta a su consideración.

 

Que se requiere convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora de Usme con el objeto de someter a su discusión y aprobación los excedentes financieros, para el funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme.

 

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS en sesión No. 15 celebrada el día 27 de Junio de 2025 y de acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 10 y en el artículo 78 del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos 41 y 42 del Decreto Distrital 158 de 2025, el CONFIS Distrital realizo distribución parcial de los excedentes financieros del año 2024 de los Fondos de Desarrollo Local (FDL).

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTICULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usme, a partir del 13 de Agosto al 20 de Agosto de 2025, con el fin de someter a su consideración el trámite, discusión y aprobación de los excedentes Financieros aprobados mediante Circular CONFIS N° 3 de 2025.

 

ARTICULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLİQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de agosto del año 2025.

 

ANA ISABEL HORTUA SALCEDO

 

Alcaldesa Local de Usme (E)

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.