| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 011 DE 2025
(Agosto 19)
Por medio del cual se dan por terminadas las sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local de Kennedy convocadas mediante Decreto Local 008 del 28 de julio 2025
LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY
En uso de sus facultades legales y especial las conferidas en los artículos 71 y 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 11 de la Ley 2116 de 2021 y
CONSIDERANDO:
Que la ley 2116 de 2021 en su artículo 11 modifica el artículo 86 del decreto ley 1421 de 1993 donde se establecen las atribuciones correspondientes a los alcaldes locales y dentro de las cuales en su numeral primero determina la obligación de "Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, las demás normas nacionales aplicables, los acuerdos distritales y locales y las decisiones de las autoridades distritales".
Que, conforme a lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así el primero (1°) de marzo; el primero (1°) de junio; el primero (1°) de septiembre, y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.
Que, de acuerdo con el mismo artículo 71, la Junta Administradora Local sesionará extraordinariamente, por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local, "evento en el cual sesionará por el término que este le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que el mismo someta a su consideración".
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Acuerdo Local 007 de 2024, que establece el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Kennedy, la sesión extraordinaria "ARTÍCULO 45. SESIÓN EXTRAORDINARIA: La Junta Administradora Local sesionará extraordinariamente por convocatoria que haga el Alcalde o Alcaldesa Local a iniciativa propia o por petición de la Junta Administradora Local hacia la Administración Local. Durante estas sesiones, la Corporación únicamente se ocupará de los asuntos para la cual fue convocada. La convocatoria a las sesiones extraordinarias debe hacerse por el Alcalde o Alcaidesa Local a través de un Decreto Local, debidamente comunicado a la Corporación.".
Que, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 32 del Decreto Distrital 158 de 2025, la adición por Excedentes Financieros deberá ser adicionada por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital.
Que, la Alcaldía Local de Kennedy, mediante Decreto Local 008 del 28 de julio de 2025, convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Kennedy, para asumir el análisis, debate y adopción del proyecto de acuerdo: Por el cual se incorporan los excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2024 al presupuesto de ingresos y gastos del fondo de desarrollo local de Kennedy de la vigencia fiscal 2025.
Que, una vez agotado el trámite del Proyecto de Acuerdo Local presentado, la Junta Administradora Local de Kennedy aprobó en sesión extraordinaria del día 15 de agosto de 2025, el Acuerdo Local No. 017 del 15 de agosto de 2025 "Por el cual se adicionan los excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2024 al presupuesto de ingresos y gastos del fondo de desarrollo local de Kennedy de la vigencia fiscal 2025".
Que, una vez aprobado el señalado acuerdo, la administración local puede dar por terminadas las sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local, convocadas mediante Decreto Local 008 de 2025, toda vez que el objeto o fin de las mismas ya se ejecutó y cumplió,
Que, en virtud de lo anterior, y una vez agotado el objeto de la convocatoria a sesiones extraordinarias, las mismas se pueden dar por terminadas.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
PRIMERO: Dar por terminadas el 19 de agosto de 2025, inclusive, las sesiones Extraordinarias de la Junta Administradora Local de Kennedy, convocadas mediante Decreto Local No. 008 del 28 de julio 2025, conforme a la parte considerativa del presente acto administrativo.
SEGUNDO: Comuníquese el presente decreto local a la Mesa directiva de la Junta Administradora Local de Kennedy.
TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de Expedición.
PUBLİQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de agosto del año 2025.
KARLA TATHYANNA MARÍN OSPINA
Alcaldesa Local de Kennedy
NOTA: Ver norma original en Anexos. |