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DECRETO 431 DE 2025
(Septiembre 12)
Por medio del cual se concede un día de permiso remunerado por cumpleaños y se efectúa un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, у
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."
Que el Plan Estratégico de Talento Humano de la Secretaría de Educación del Distrito incluye entre otros, el Plan de Estímulos (bienestar social e incentivos), que concede a los servidores públicos de esa Secretaría, el permiso por el "Dia de cumpleaños", otorgando "un (1) día de permiso remunerado con motivo de su cumpleaños." el cual podrá disfrutarse, "dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la fecha del cumpleaños.", de conformidad con lo dispuesto en la Circular 002 de 2025, que establece los lineamientos para el otorgamiento de los beneficios de salario emocional.
Que mediante comunicación radicada con No. 1-2025-33804 del 2 de septiembre de 2025, la servidora pública ISABEL SEGOVIA OSPINA, identificada con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría de Educación del Distrito, solicitó que se le conceda permiso remunerado con motivo de su cumpleaños el 15 de septiembre de 2025 y a su vez, se efectúe el respectivo encargo.
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019 establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)".
Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría de Educación del Distrito, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.
Que el Director de Talento Humano de la Secretaría de Educación del Distrito, Lesney Jesús Castañeda Valencia, certificó que el servidor público DIEGO ESCALLÓN ARANGO, identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría de Integración Interinstitucional de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría de Educación del Distrito.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA
Artículo 1º.- Conceder permiso remunerado por el día de cumpleaños, el 15 de septiembre de 2025, a la servidora pública ISABEL SEGOVIA OSPINA, identificada con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria de Educación del Distrito.
Artículo 2º.- Encargar por el 15 de septiembre de 2025, al servidor público DIEGO ESCALLÓN ARANGO, identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaria de Integración Interinstitucional de la Secretaría de Educación del Distrito, de las funciones de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.
Artículo 3º.- Comunicar a los servidores públicos ISABEL SEGOVIA OSPINA Y DIEGO ESCALLÓN ARANGO, al Secretaría de Educación del Distrito, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores de que trata el presente acto administrativo.
Artículo 4º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de septiembre del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
NOTA: Ver norma original en Anexos. |