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DECRETO LOCAL 013 DE 2025
(Septiembre 16)
Por el cual se incorporan los excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2024 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón de la vigencia fiscal 2025, de conformidad con el Acuerdo No. 053 aprobado por la Junta Administradora Local el 26 de agosto de 2025
LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 32 del Decreto Distrital 158 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 32 del Decreto Distrital 158 de 2025, por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local-FDL, dispone que cuando persista un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las obligaciones por pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, este deberá ser adicionado mediante Acuerdo de la Junta Administradora Local, de acuerdo con la distribución efectuada por el CONFIS Distrital, previa consulta de los conceptos de los(as) Alcaldes(as) Locales correspondientes.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS-, en sesión celebrada el 27 de junio de 2025, determinó la distribución parcial de los excedentes financieros generados por los Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia fiscal 2024, asignando a la Localidad de Fontibón la suma de DOS MIL CUARENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($2.040.541.288), conforme a lo comunicado en la Circular No. 03 de 2025.
Que la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación, mediante comunicación No. 2-2025-37316 del 9 de julio de 2025, emitió concepto previo favorable para la incorporación de dichos recursos al presupuesto de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, avalando su destinación conforme a los lineamientos del CONFIS y a las prioridades definidas en el Plan de Desarrollo Local.
Que, en sesión extraordinaria del 26 de agosto de 2025, la Junta Administradora Local de Fontibón aprobó mediante Acuerdo Local No. 053 de 2025 la incorporación de los excedentes financieros al presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local, definiendo su asignación a proyectos estratégicos de inversión local en materia de infraestructura vial, recuperación de parques de proximidad y fortalecimiento de la seguridad ciudadana a través de dotación de motocicletas y cámaras de vigilancia.
Que la incorporación de estos recursos no solo responde a una obligación de carácter técnico y presupuestal orientada a garantizar el equilibrio financiero y la correcta ejecución de los recursos públicos, sino que también constituye una herramienta fundamental para dar respuesta a las necesidades más sentidas de la comunidad fontibonense, contribuyendo al mejoramiento de la movilidad, la generación de espacios públicos de calidad y el fortalecimiento de la seguridad y convivencia ciudadana.
Que, en mérito de lo anterior, se hace necesario proceder a la incorporación de los excedentes financieros al presupuesto de la vigencia fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, con el fin de asegurar su ejecución eficiente, transparente y en beneficio de la comunidad.
DECRETA:
Artículo 1º. Adicionar al Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la Vigencia Fiscal de 2025, por valor de DOS MIL CUARENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($2.040.541288) correspondiente a excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2º. Adicionar al Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la Vigencia Fiscal dc 2025, por valor de DOS MIL CUARENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($2.040.541.288) correspondiente a excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3°. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
Artículo 4°. Publíquese el presente decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en la ciudad de Bogotá, D.C., en la Localidad de Fontibón a los 16 días del mes de septiembre de 2025.
MARITZA DEL PHAR RIVERA AZA
Alcaldesa Local de Fontibón (E)
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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