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Acuerdo 019 de 2025 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Fecha de Expedición:
14/10/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/10/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 019 DE 2025

 

(Octubre 14)

 

Por el cual se emite concepto previo favorable para la presentación ante la Secretaría Distrital de Hacienda, de una reducción al Presupuesto de Gastos e Inversiones del Instituto de Desarrollo Urbano, de la vigencia fiscal 2025.

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO

 

en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Acuerdo 001 del 3 de febrero de 2009 y el artículo 11° del Decreto 192 de 2021 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No. 940 del 19 de diciembre de 2024, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital No. 470 del 27 de diciembre de 2024.

 

Que el Artículo 11º del Decreto 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones estipula que:

 

“Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada.

 

Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.

 

Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, define el procedimiento para efectuar una reducción presupuestal al interior de los agregados presupuestales y establece que la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, es la entidad responsable de tramitar el respectivo Decreto ante la Alcaldía Mayor e incorporarlo en el Sistema de Información del Presupuesto Distrital en el mes en que se apruebe la reducción.

 

Que, mediante la Circular Externa No. SDH-000002 del 10 de enero de 2025, la Secretaría Distrital de Hacienda impartió los lineamientos generales para que las Entidades y organismos distritales generaran para la presente vigencia el ahorro derivado del Plan de Austeridad 2025, en concordancia con lo establecido en el artículo 6 del Decreto Distrital 062 de 2024.

 

Que, de acuerdo con el seguimiento y proyección de cierre del presupuesto de ingresos del Instituto, se identificó que la proyección es inferior al presupuesto de ingresos, por lo tanto, se debe reducir su apropiación en cumplimiento a lo establecido por el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital.

 

Que según el análisis técnico, jurídico y presupuestal realizado sobre algunos proyectos, se determinó que no es viable su continuación durante la presente vigencia, debido a que no se logró completar el ciclo contractual conforme a los términos establecidos en el marco normativo vigente, por lo tanto, no se competerán los recursos; y durante el desarrollo de algunos contratos, se presentaron situaciones que impidieron la ejecución total de las actividades previstas, por tal no existen obligaciones contractuales pendientes que justifiquen su giro.

 

Que, la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, solicitó a la Secretaría Distrital de Planeación - SDP, concepto técnico para realizar una reducción presupuestal de gastos de inversión por valor de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES OCHIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS M/CTE ($224.791.864.843), el cual fue emitido favorablemente mediante comunicación No. 2-2025-55583 del 10 de octubre de 2025.

 

Que en cumplimiento a la Circular Externa No. SDH-000002 del 10 de enero de 2025, se efectúa una reducción presupuestal en los gastos de funcionamiento por valor de CIENTO SETENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS DIEZ PESOS MCTE. ($179.618.410).

 

Que la presente reducción presupuestal, se encuentra sujeta a la aprobación por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda y la expedición del decreto de reducción presupuestal emitido por la Alcaldía Mayor de Bogotá.

 

Que la presente reducción presupuestal, fue sometida a consideración del Consejo Directivo del IDU, en sesión realizada el día 14 de octubre de 2025, la cual fue probada por sus miembros.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Modificado por el art. 1, Acuerdo 022 de 2025. <El nuevo texto es el siguiente>


 "ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar la presentación de una reducción, ante la Secretaria Distrital de Hacienda, al Presupuesto de Rentas e Ingresos del Instituto de Desarrollo Urbano, de la vigencia fiscal 2025, por la suma de SESENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS UN PESOS M/CTE ($68.170.273.901), discriminada así:

 


El texto original era el siguiente:

ARTÍCULO PRIMERO: Emitir concepto favorable para la presentación de una reducción, ante la Secretaria Distrital de Hacienda, al presupuesto de rentas e Ingresos del Instituto de Desarrollo Urbano, de la vigencia fiscal 2025, por la suma de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CUATROSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M/CTE ($224.971.483.253), discriminada así:

 

 

CÓDIGO

NOMBRE

REDUCCIÓN

O11

Ingresos Corrientes

8.004.184.000

O1102

Ingresos no tributarios

8.004.184.000

O110202

Tasas y derechos administrativos

8.004.184.000

O110202153

Fondo cuenta pago compensatorio de cesiones públicas

8.004.184.000

O11020215302

Pago compensatorio obligaciones urbanísticas

8.004.184.000

O12

Recursos de capital

30.052.388.347

O1201

Disposición de activos

16.898.952.000

O120102

Disposición de activos no financieros

16.898.952.000

O120102001

Disposición de activos fijos

16.898.952.000

O12010200101

Disposición de edificaciones y estructuras

16.898.952.000

O1201020010101

Sector Publico

16.898.952.000

O1208

Transferencias de capital

13.153.436.347

O120806

De otras entidades del gobierno general

13.153.436.347

O120806002

Condicionadas a la adquisición de un activo

13.153.436.347

O12080600214

Convenios entidades distritales

13.153.436.347

TOTAL RENTAS E INGRESOS

38.056.572.347

O15

Transferencias administración central

186.914.910.906

O1501

Aporte ordinario

186.914.910.906

O150101

Vigencia

186.914.910.906

TOTAL TRANSFERENCIAS

186.914.910.906

TOTAL REDUCCIÓN RENTAS E INGRESOS + TRANSFERENCIAS

224.971.483.253

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Modificado por el art. 2, Acuerdo 022 de 2025. <El nuevo texto es el siguiente>


"ARTÍCULO SEGUNDO. Autorizar la presentación de una reducción, ante la Secretaría Distrital de Hacienda, al Presupuesto de Gastos de Inversión del Instituto de Desarrollo Urbano, de la vigencia fiscal 2025, por la suma de SESENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS UN PESOS M/CTE ($68.170.273.901), discriminada así:

 

 


El texto original era el siguiente:

ARTÍCULO SEGUNDO. Emitir concepto previo favorable para la presentación de una reducción, ante la Secretaria Distrital de Hacienda, al Presupuesto de Gastos de Inversión del Instituto de Desarrollo Urbano, de la vigencia fiscal 2025, por la suma de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CUATROSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M/CTE ($224.971.483.253), discriminada así:

 

CÓDIGO

NOMBRE

REDUCCIÓN

O2

GASTOS

224.971.483.253

O21

Funcionamiento

179.618.410

O212

Adquisición de bienes y servicios

179.618.410

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

179.618.410

2120202

Adquisición de servicios

179.618.410

 

O2120202006

Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de

electricidad, gas y agua

 

179.618.410

O212020200604

Servicios de transporte de pasajeros

179.618.410

O21202020060464112

Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros

179.618.410

O23

INVERSION

224.791.864.843

O2301

DIRECTA

224.791.864.843

O230117

Bogotá Camina Segura

224.791.864.843

O23011724

Transporte

221.576.855.020

O2301172402

Infraestructura red vial regional

176.038.972.889

O230117240220200051

Integración funcional del Regiotram

21.400.189.000

 

O230117240220240117

Consolidación del sistema del espacio público, para brindar movilidad segura, inclusiva y sostenible

 

81.405.000.669

 

O230117240220240140

Consolidación de infraestructura vial y ciclo infraestructura para una movilidad sostenible, eficiente

 

73.233.783.220

O2301172408

Prestación de servicios de transporte público de pasajeros

45.537.882.131

 

O230117240820240133

Construcción de infraestructura de transporte para una movilidad sostenible, eficiente, inclusiva que promueve la integración modal

 

45.537.882.131

O23011745

Gobierno Territorial

3.215.009.823

O2301174599

Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial

3.215.009.823

O230117459920240113

Fortalecimiento del Modelo de Operación Institucional del Instituto de Desarrollo Urbano

3.215.009.823

TOTAL REDUCCIÓN

224.971.483.253

 

ARTICULO TERCERO. Cualquier modificación que realice la Secretaría Distrital de Hacienda a la presente reducción, deberá ser informada en la próxima sesión del Consejo Directivo.

 

ARTICULO CUARTO. Remitir copia del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda, para realizar su trámite.

 

ARTÍCULO QUINTO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C. a los 14 días del mes de octubre del año 2025. 


CLAUDIA DÍAZ ACOSTA

 

Secretaria Distrital de Movilidad

 

Presidenta

 

GISELE MANRIQUE VACA

 

Subdirectora Gral. de Gestión Corporativa

 

Secretaria

 

Nota: Ver norma original en Anexos.