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DECRETO 015 DE 2025
(Octubre 24)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2025
EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVA
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su Artículo 324, el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 158 de 2025, el numeral 3.9.1 de la Resolución 191 de 2017 y los párrafos primero y segundo del artículo 10 de Decreto 192 de 2021
CONSIDERANDO
Que el Decreto Distrital 158 de 2025 en su artículo 32 y 32.1 establece:
Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:
Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL.
Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…).
Que el artículo 10 del Decreto 192 del 2 de junio de 2021, determina las “Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”.
- Que revisada la Ejecución Presupuestal de la vigencia 2025, con corte al 30 de septiembre y una vez realizado el análisis pertinente por el grupo de planeación local y justificados ante la Secretaría de Planeación Distrital; se indica que las metas propuestas para la vigencia están cubiertas y que los siguientes rubros presupuestales del Fondo de Desarrollo Local de Engativá cuentan con saldos disponibles así:
- Que el rubro presupuestal O230117459920242262 “Fortaleciendo capacidades ciudadanas para que Engativá camine segura”, el monto de SIETE MILLONES, SESENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE PESOS ($7.061.139) M/CTE.
- Del rubro presupuestal O230117459920242300 “Espacio público seguro e inclusivo en Engativá”, la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES, OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($583.828.334) M/CTE.
- Del rubro presupuestal O230117459920242321 “Engativá activa frente a la gestión del riesgo de desastres y cambio climático”, la suma de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTE PESOS ($161.681.720) M/CTE.
- Del rubro presupuestal O230117459920242350 “Engativá un territorio de paz y reconciliación”, la suma de OCHO MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($8.925.898) M/CTE.
- Del rubro O230117459920242359 “Engativá una localidad con menos pobreza”, valor de SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES, CIENTO DIECINUEVE MIL CUARENTA Y OCHO PESOS ($7.155.119.048) M/CTE
- Del rubro presupuestal O230117459920242368 “Caminos de bienestar animal en Engativá”, la suma VEINTINUEVE MILLONES, NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($29.928.795) M/CTE.
- Del rubro O230117459920242372 “Conectando a Engativá”, la suma de NUEVE MILLONES, SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($9.074.895) M/CTE.
- Del rubro presupuestal O230117459920242373 “Engativá Activa” valor de DOSCIENTOS SESENTA MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($270.094.649) M/CTE.
- Del rubro O230117459920242444 “Jóvenes con capacidades proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI en Engativá”, la suma de TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ($3.841.561.876) M/CTE.
- Del rubro presupuestal O230117459920242509 “Engativá trabaja segura”, la suma de SIETE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS ($7.393.245) M/CTE.
Por tal razón, es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar la programación, donde los contracréditos ascienden a un valor total de DOCE MIL SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL, QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($12.074.669.599) M/CTE.
La administración requiere aumentar la apropiación presupuestal en los montos anteriormente expresados y debidamente justificados se requiere entonces trasladarlos a los siguientes rubros de Gastos de Inversión:
- Al rubro presupuestal O230117459920242339 “Engativá activa el arte y la cultura”, una vez evaluados los procesos solicitados a través de presupuestos participativos y los eventos de carácter comunitario y cultural que tradicionalmente realiza la localidad –tales como novenas navideñas, celebraciones patrimoniales, festivales y ferias comunitarias–, se identificó la necesidad de garantizar recursos adicionales que permitan fortalecer la contratación integral de estos eventos y dar respuesta oportuna a requerimientos logísticos que surjan de la comunidad para ello se requiere la suma de DOS MIL MILLONES DE PESOS ($2.000.000.000) M/CTE.
- Al rubro presupuestal O230117459920242379 “Parques seguros para Engativá” teniendo una ejecución del 100%. Se requiere la suma de CINCUENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL PESOS ($56.940.000) M/CTE. Con el propósito de dar cumplimiento al fallo emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera, Subsección A, dentro del proceso de Responsabilidad Extracontractual – Lesiones en Parque Público No. 11001-33-43-059-2018-00372-00, en el cual se ordena el pago a favor de GRACIELA DUEÑAS MORENO y otros.
- Al rubro presupuestal O230117459920242381 “Industria cultural para Engativá” contempla la meta de intervenir un equipamiento cultural, lo cual se materializará en el Centro Administrativo y Cultural CEFE Engativá. se estima que el costo total del proyecto asciende a $8.500.000.000. El rubro, una vez cubiertos otros procesos, cuenta con saldo por la suma de $500.000.000 y adicionalmente la incorporación de excedentes financieros por $2.000.000.000 por lo que se requieren SEIS MIL MILLONES DE PESOS ($6.000.000.000) M/CTE para completar la financiación requerida.
- Al rubro presupuestal O230117459920242440 “Fortaleciendo la participación en Engativá”, la suma de ($2.338.141.272) M/CTE. Para fortalecer la infraestructura de los salones comunales y casas de participación en atención necesidades expresadas por las Juntas de Acción Comunal de la Localidad.
- Al rubro presupuestal O230117459920242933 “Fortalecimiento al desarrollo local en Engativá”, la suma de $1.679.588.327 distribuida así: $39.000.000, para atender lo dispuesto en el Memorando No. 20244200172763 del 30 de mayo de 2024 de la Secretaría Distrital de Gobierno en lo referente a la prestación de servicios de fumigación y control de plagas, que estará a cargo de los Fondos de Desarrollo Local. $70.000.000. para cubrir el pago de ARL de los 250 contratistas de riesgo IV y V. El monto de $580.318.688 para la reposición de vehículos oficiales fundamentales para la ejecución de las funciones misionales de la Alcaldía Local de Engativá. La suma de $18.000.000 para la instalación de GPS en los distintos vehículos oficiales del Fondo de Desarrollo Local en atención a lo dispuesto por la Resolución 064 de 2025 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. La suma de $80.000.000 para mejorar el sistema actual de videovigilancia de la Alcaldía Local. El monto de $791.572.772 para el fortalecimiento de la estrategia de prensa y comunicación mediante la adquisición de equipos tecnológicos especializados (cámaras, drones, luces, computadores, software de edición y transmisión y elementos de merchandising (camisetas, gorras, mugs, agendas, inflables, pendones, entre otros), asegurando la difusión oportuna, veraz y cercana de la gestión institucional. Y finalmente el monto de $100.696.867 para la medición posterior de bienes muebles e inmuebles en cumplimiento de la Ley 1314 de 2009, la Resolución 533 de 2015 de la Contaduría General de la Nación, la Directiva 001 de 2017 y la Resolución 001 de 2019 de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución de los anteriores rubros, requiere la suma de DOCE MIL SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL, QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($12.074.669.599) M/CTE.
Que mediante oficio No. SDP 1-2025-53227 del 10 de octubre de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión. Que mediante oficio No. 2025EE761005O1 del 24 de octubre de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de Inversión de la vigencia 2025, por valor de DOCE MIL SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL, QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($12.074.669.599) M/CTE.
Que en mérito de lo expuesto:
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá de la vigencia fiscal 2025, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá de la vigencia fiscal 2025, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en la ciudad de Bogotá, D.C, en la Localidad 10 de Engativá a los 24 días del mes de octubre del año 2025.
VICTOR HUGO HUERTAS PRADA
Alcalde Local de Engativá
Nota: Ver norma original en Anexos. |