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DECRETO 567 DE 2025
(Noviembre 14)
Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país y se efectúa un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, у
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3° Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."
Que el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de "...ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede, rehusarse a su cumplimiento".
Que el señor Marco Llinás, Director de la División de Desarrollo Productivo y Empresarial de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe CEPAL, extendió invitación a la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.006.440, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, con el fin de que participe en la "Jornada sobre políticas de desarrollo productivo y financiamiento a nivel territorial de Argentina", que se llevará a cabo el 17 y 18 de noviembre de 2025, en Santiago de Chile, República de Chile.
Que mediante oficio radicado con el No. 1-2025-42928 del 29 de octubre de 2025, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, solicitó se le conceda comisión de servicios al exterior del país a la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, desde las 4:20 p.m. del 16 de noviembre hasta el 18 de noviembre de 2025, con el fin de participar en el mencionado evento.
Que la participación de la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE en este evento, le permitirá acceder a metodologías probadas de caracterización de matrices productivas territoriales aplicadas por la CEPAL en América Latina; modelos exitosos de financiamiento para Mipymes del Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social BNDES de Brasil y la Corporación de Fomento de la Producción - CORFO de Chile, que optimizan instrumentos como el Fondo Distrital de Garantías y líneas de capital semilla; experiencias de gobiernos subnacionales en reducción de asimetrías territoriales replicables para fortalecer programas como Centros Dignificar en localidades vulnerables; y esquemas de gobernanza multinivel que mejoran la articulación del Consejo Regional de Competitividad Bogotá-Cundinamarca.
Que igualmente, la vinculación a la Red de Gobiernos Subnacionales para el Desarrollo Productivo -REDEPRO, posiciona a Bogotá en una red permanente de cooperación internacional con acceso a asistencia técnica del ILPES-CEPAL, proyectos de cooperación sur-sur y líneas de financiamiento concesional de bancos multilaterales, para diseño de políticas públicas, mientras que el intercambio con casos exitosos como el Programa de Proveedores de Clase Mundial de Chile, los Fondos Regionales de Innovación de Perú y las plataformas digitales de servicios empresariales de Ecuador proporcionan una evaluación comparativa para escalar y mejorar programas distritales como Compra Local, Bogotá Emprende y Bogotá Investiga, contribuyendo directamente a las metas del Plan Distrital de Desarrollo en generación de empleo de calidad, formalización empresarial, transformación productiva sostenible y reducción de brechas socioeconómicas entre territorios, con impacto medible en las Mipymes bogotanas y el fortalecimiento del ecosistema de innovación y emprendimiento que moviliza más compras públicas y programas de desarrollo económico local.
Que la comisión de servicios de la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE es procedente, por tratarse de asuntos que interesan a la entidad y guardan relación con el propósito de su empleo, según lo dispuesto en la Resolución No. 607 de 2019 Manual de Funciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, la cual establece: "Dirigir y orientar el desarrollo del Sector Económico liderando la formulación de políticas de las actividades comerciales, empresariales y de turismo, que conlleven a la creación o revitalización de empresas, a la generación de empleo y de nuevos ingresos para los ciudadanos y ciudadanas en el Distrito Capital"; así mismo el evento aporta estratégicamente a la transferencia de conocimiento técnico especializado en instrumentos de política industrial moderna, financiamiento productivo y gobernanza territorial que fortalecen la capacidad institucional para promover la competitividad, productividad e inclusión económica en el Distrito Capital.
Que la Comisión Económica para América Latina y el Caribe CEPAL, cubrirá los gastos de tiquetes aéreos, alojamiento, alimentación y transportes internos, es decir, todo lo necesario para la comisión de servicios de la servidora pública MARIA DEL PILAR LÓPEZ URIBE.
Que el Ministerio del Interior, a través de la Resolución No. 1919 del 10 de noviembre de 2025, autorizó a la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE para aceptar los referidos gastos.
Que con el propósito que la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, participe en la "Jornada sobre políticas de desarrollo productivo y financiamiento a nivel territorial de Argentina", se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior del país a partir de las desde las 4:20 p.m. del 16 de noviembre hasta el 18 de noviembre de 2025, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de los vuelos.
Que mediante correo electrónico del 11 de noviembre de 2025, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., previa valoración técnica de pertinencia estratégica, recomendó la participación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en la presente comisión de servicios al exterior del país.
Que durante el término de la comisión, la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019 establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)".
Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.
Que la Subdirectora Administrativa y Financiera (E) de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, Lina Paola Jiménez Ríos, certificó que el servidor público JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.383.750, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría de Desarrollo Económico de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º-: Conceder comisión de servicios al exterior del país desde las 4:20 p.m. del 16 de noviembre hasta el 18 de noviembre de 2025, a la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.006.440, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, con el fin de que participe en la "Jornada sobre políticas de desarrollo productivo y financiamiento a nivel territorial de Argentina", que se llevará a cabo el 17 y 18 de noviembre de 2025, en Santiago de Chile, República de Chile.
PARÁGRAFO 1º-: Durante el término de la comisión, la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.
PARÁGRAFO 2º-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, la comisionada, deberá presentar ante este Despacho, con copia a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldia Mayor de Bogotá, D.C., informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.
ARTÍCULO 2º-: Encargar desde las 4:20 p.m. del 16 de noviembre hasta el 18 de noviembre de 2025, al servidor público JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.383.750, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría de Desarrollo Económico de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar a los(as) servidores(as) públicos(as) MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE y JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
PARAGRAFO -: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los(as) servidores(as) públicos(as) de que trata el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de noviembre del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos. |