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DECRETO 009 DE 2025
(Noviembre 14)
"POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN INTERNA ENTRE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO AL PRESUPUESTO APROBADO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR PARA LA VIGENCIA FISCAL 2025"
EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 19 del Decreto 158 de 2025 y Resolución N° SHD-191 del 22 de septiembre de 2017
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el Decreto No. 158 del 21 de abril de 2025, "Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local", en su artículo 32, Item 32.1 y y Resolución N SHD-191 del 22 de septiembre de 2017, "Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL", artículo tercero, numeral 3.9, Item 3.9.1. los cuales consagran que: "los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local.
Que el alcalde Local de Ciudad Bolívar, en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas para la localidad de Ciudad Bolívar para el periodo 2025-2028 "Ciudad Bolívar Camina Segura" el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la administración local, se hace necesario realizar una modificación al interior de los gastos de funcionamiento entre rubros, con el fin de respaldar presupuestalmente algunos gastos que requieren recursos de acuerdo con lo aprobado para la vigencia 2025, con el fin de cumplir con las metas de gestión durante la vigencia 2025
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 9º de la Circular Externa DDP - N° 000008 del 31 de diciembre de 2019, cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5º y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2025, por la suma de CIENTO SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($107.530.669), conforme al siguiente detalle:
ARTICULO 2º: Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, CIENTO SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($107.530.669), conforme al siguiente detalle:
ARTICULO 3º: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025).
DIEGO ARLEY ARENAS MANRIQUE
Alcaldes Local de Ciudad de Ciudad
Nota: Ver norma publicada en Anexos. |