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DECRETO LOCAL 009 DE 2025
(Noviembre 19)
Por medio del cual se efectúa un Traslado en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2025
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 32., numeral "32.1. Traslado Presupuestal del Decreto 158 de 2025
CONSIDERANDO:
Que el artículo 32 del Decreto 158 de 2025, estipula "32. 1. Traslado Presupuestal (…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde local. (...)"
Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Inversiones del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda en la vigencia fiscal 2025.
Que la Administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal al siguiente rubro presupuestal:
- Rubro Presupuestal 0230117459920242588 Fortalecimiento seguro para Puente Aranda" la suma de MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PESOS ($1.731.310.526) M/CTE., recursos que garantizan la modernización tecnológica de la Alcaldía Local de Puente Aranda, acción estratégica que permitirá fortalecer la gestión pública local y fomentar la confianza ciudadana en la administración y superar las dificultades que generan las limitaciones operativas y riesgos asociados al uso de equipos obsoletos y al deterioro del centro de datos principal. Estas condiciones han motivado solicitudes reiteradas de recursos que, hasta la fecha, no han sido plenamente atendidas.
El proyecto de modernización tecnológica se desarrollará en la sede principal de la Alcaldía Local de Puente Aranda, ubicada en la Carrera 31D No. 4-05, edificio donde se concentran los procesos administrativos y los servicios de atención a la ciudadanía, así como las áreas de Inspecciones, Jurídica, Contratación, Planeación, Participación, Almacén, Despacho, Archivo y Sistemas, entre otras.
Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda en el desarrollo del proyecto de inversión 2463 "Puente Aranda cuida y protege a la población vulnerable" al que se le generará el contra crédito, no se verá afectadas las metas de la vigencia 2025 consagradas en el POAI toda vez que con los diferentes contratos en la vigencia se da cumplimiento a lo establecido en el Plan de Acción del Plan de Desarrollo Local. Asimismo, implementado el proceso de liquidación de compromisos de vigencias anteriores por parte de Fondo de Desarrollo Local y conforme a lo dispuesto en las Circulares 009 y 012 de 2011 de las Secretarias Distritales de Gobierno y Hacienda Distrital, sobre la depuración de las Obligaciones por Pagar para el saneamiento financiero de los FDL, se considera procedente el traslado de dichos saldos anulados/liberados al presupuesto de Inversión Directa de la vigencia 2025 del FDL de Puente Aranda, por tanto, en los siguientes rubros presupuestales se cuenta con los recursos suficientes, los cuales la administración no tiene previsto ejecutarlos en la presente vigencia, por lo que pueden trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros:
Que mediante oficio No. No. 2-2025-59436 del 30 octubre de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión del Fondo de Desarrollo local de Puente Aranda.
Que mediante oficio No. 2025EE83307801 del 19 de noviembre de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2025, por valor de MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PESOS ($1.731.310.526) M/CTE.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA
Artículo 1º.- Efectúese un contra crédito al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2º.- Efectúese un crédito al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3°. - Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación, para lo de su competencia.
Artículo 4°. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5°. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de noviembre del año 2025.
VÍCTOR ALFONSO CRUZ SÁNCHEZ
Alcalde Local de Puente Aranda
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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