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Acuerdo 1015 de 2025 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
25/11/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/11/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8460 del 26 de noviembre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN No

ACUERDO 1015 DE 2025

 

(Noviembre 25)

 

Por medio del cual se dan lineamientos para la construcción del protocolo “Pregunta por Ángela” en establecimientos de comercio, para prevenir la violencia contra las mujeres víctimas de violencia y en riesgo de feminicidio en Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

 

ACUERDA


Artículo 1. Objeto. El presente acuerdo tiene por objeto dar lineamientos para construcción del protocolo “Pregunta por Ángela” como estrategia y mecanismo para prevenir y atender la violencia contra las mujeres en establecimientos de comercio dentro de la Ruta Única de Atención a Violencias contra las Mujeres.


Artículo 2. La Secretaría Distrital de la Mujer, en su calidad de entidad encargada de la atención integral de las mujeres víctimas de violencia y en riesgo de feminicidio, reglamentará los procedimientos para la activación y la garantía de la aplicación de los lineamientos para la construcción del protocolo.


Artículo 3. Lineamientos. La Administración Distrital, para la creación y estructuración del Protocolo “Pregunta por Ángela”, considerará, entre otros, los siguientes lineamientos:


1. Aplicación: La difusión del protocolo se aplicará progresivamente y de acuerdo a las capacidades técnicas y humanas de las entidades, en los establecimientos de comercio de Bogotá, especialmente en bares, discotecas, restaurantes, gastrobares, clubes y otros lugares donde se presten servicios de ocio y recreación.


2. Capacitación. La Administración Distrital capacitará a los propietarios, administradores y trabajadores de los establecimientos que trata el Artículo 2, acerca del Protocolo “Pregunta por Ángela”, a través del curso virtual ‘El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencias’.


3. Material informativo. La Secretaría Distrital de la Mujer propenderá por suministrar afiches, carteles y/o pegatinas digitales alusivas al Protocolo “Pregunta por Ángela” para que puedan ser usados en los establecimientos cuyos propietarios y administradores hayan obtenido el certificado de capacitación.


4. Certificación. La Administración Distrital otorgará el certificado de participación a los propietarios y administradores de los establecimientos de comercio que realicen el curso virtual al que se refiere este artículo y cumplan con las demás condiciones para ello.


Artículo 4. Vigencia. El presente acuerdo entrará en vigor a partir de su promulgación.


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de noviembre del año 2025.


SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA


Presidente


LUZ ANGÉLICA VIZCAÍNO SOLANO


Secretaria General de Organismo de Control


CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN


Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.


NOTA: Ver norma original en Anexos.