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DECRETO 623 DE 2025
(Diciembre 16)
"Por medio del cual se concede un permiso remunerado y se hace un encargo"
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., entre las cuales se encuentra: "3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."
Que el Artículo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, estipula: "El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos (...)"
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto No. 88801 de 2019, establece: "De acuerdo con el Decreto Ley 785 de 2005, los diputados, gobernadores, concejales, alcaldes municipales o distritales, alcalde local, contralor departamental, distrital o municipal, personero distrital o municipal, veedor distrital, secretarios de despacho, directores de departamentos administrativos, gerentes de unidades administrativas especiales y directores, gerentes o presidentes de entidades descentralizadas, son cargos que pertenecen a la alta dirección territorial, y por lo tanto, su actividad se enmarca dentro de los criterios expuestos por el Consejo de Estado para decir que los mismos, no están sujetos a una jornada de trabajo, por cuanto, se entiende que por las funciones que le son propias su actividad debe ser permanente."
Que mediante oficio 1-2025-46087 del 19 de noviembre de 2025, remitido por el Despacho de la Secretaria Distrital de Planeación, al cual se le dio alcance mediante correo electrónico del 1 deg de diciembre de 2025, remitido por la profesional especializada Paola Andrea Aparicio Ortiz de la Dirección de Talento Humano de la misma Secretaría; se solicitó se le conceda a la servidora pública ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA, identificada con la cédula de ciudadanía No. xxxxx, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Planeación, permiso remunerado los días 20 y 21 de diciembre de 2025, y a su vez se efectué el respectivo encargo.
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 deg de la Ley 1960 de 2019 establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)".
Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Planeación, para garantizar la continua prestación de los servicios que este Despacho tiene a su cargo.
Que el servidor público Gustavo Mauricio Martínez Perdomo, Director de Talento Humano de la Secretaría Distrital de Planeación, certificó que el servidor público CARLOS ALBERTO CASTAÑEDA CASTRILLON, identificado con la cédula de ciudadanía No. xxxxx, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Políticas Públicas y Planeación Social y Económica de la Secretaría Distrital de Planeación, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Planeación.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º-: Conceder permiso remunerado por los días 20, 21 de diciembre de 2025, a la servidora pública ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA, identificada con la cédula de ciudadanía No. xxxxx, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Planeación.
ARTÍCULO 2º-: Encargar por los días 20 y 21 de diciembre de 2025, a el servidor público CARLOS ALBERTO CASTAÑEDA CASTRILLON, identificado con la cédula de ciudadanía No. xxxxx, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Políticas Públicas y Planeación Social y Económica de la Secretaría Distrital de Planeación, de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma entidad.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar a los servidores públicos ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA Y CARLOS ALBERTO CASTAÑEDA CASTRILLON, a la Secretaría Distrital de Planeación, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los funcionarios de que trata el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los16 días del mes de diciembre del año 2025
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma publicada en Anexos. |