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Decreto 1022 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1022 DE 1998

DECRETO 1022 DE 1998

(diciembre 3)

Derogado y compilado por el art. 1526, Decreto Único Distrital de Ordenamiento Territorial 670 de 2025.

por el cual se adiciona el artículo 6º del Decreto 1656 del 30 de Julio de 1982, que adopta el Plan Maestro del Parque Simón Bolívar.

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.,

en ejercicio de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial de las que le confiere el ordinal 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993.

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1656 de Julio 30 de 1982 adoptó el Plan Maestro del Parque Simón Bolívar y fijó normas para su Desarrollo.

Que el Artículo 23º del citado Decreto dispuso que: "Cualquier adición o modificación que se pretenda adelantar sobre los elementos y actividades definidas en el Decreto con respecto al Plan Maestro del Parque Simón Bolívar, deberán ser adoptados mediante Decreto Reglamentario, con concepto previo favorable del Comité Director del Parque constituido por el Decreto No.2229 de Julio 30 de 1982"

Que el Comité Director del parque Simón Bolívar, se reunió, estudió y aprobó las modificaciones de que trata el presente Decreto, según consta en el acta de fecha 14 de octubre de 1998.

DECRETA:

Artículo 1º.- Adicionar el literal c del Artículo 6º del Decreto 1656 de Julio 30 de 1982, en el sentido de permitir la actividad de biblioteca.

Parágrafo.- La localización propuesta para la biblioteca es la que aparece en el plano anexo.

Artículo 2º.- El Decreto 1656 del 30 de Julio de 1982, continúa vigente en todas sus partes.

Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase

Dado en Santa Fe de Bogotá D.C., a 3 de diciembre de 1998.

El Alcalde Mayor,

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO.

La Directora Departamento Administrativo de Planeación Distrital,

NORA CECILIA ARISTIZÁBAL LÓPEZ

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1794 de Diciembre 4 de 1998