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Decreto 183 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/03/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/03/2000
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2108 de marzo 18 de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto 183 de 2000

DECRETO 183 DE 2000

(Marzo 15)

Derogado por el Decreto Único Sectorial 642 de 2025 

Por el cual se adoptan medidas para la conservación del orden público en la Ciudad de Santa Fe de Bogotá.

EL ALCALDE MAYOR (E) DE SANTA FE DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los numerales 1 y 2 del artículo 315 de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 35 y 38 del Decreto 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Alcalde Mayor adoptar las medidas y utilizar los medios de policía necesarios para garantizar la seguridad ciudadana, el orden público y la protección de los derechos.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Prohibir la venta y consumo de bebidas embriagantes en el Distrito Capital, a partir de las 01:00 horas, hasta las 18:00 horas del 16 de marzo del 2000.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las infracciones a lo dispuesto en el artículo anterior, serán sancionadas de acuerdo con lo previsto en los Códigos Nacional y Distrital de Policía.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de Marzo del dos mil (2000).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

LUZ ZORAIDA ROZO BARRAGÁN

Alcalde Mayor (E)

JAIME BUENAHORA FEBRES-CORDERO

Secretario de Gobierno.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2108 de marzo 15 de 2000.