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DECRETO 735 DE 1996 (Diciembre 4) Derogado por el Decreto Único Sectorial 642 de 2025 Por el cual se adiciona un plazo para recibir artículos pirotécnicos, fuegos artificiales. EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Acuerdo 18 de 1989 y el Decreto 1421 de 1993, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 791 de 1995 se prohibió la venta, almacenamiento, manipulación y uso de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales y globos en la ciudad de Santa Fe de Bogotá. Que mediante el Decreto 717 de 1996 se dispuso recibir artículos pirotécnicos y fuegos artificiales con la finalidad de contribuir a garantizar el cumplimiento de la prohibición establecida en el Decreto 791 de 1995 y proteger los derechos en él considerados, así como propiciar el ingreso de más pirotécnicos a los programas de reconversión laboral. Que la Administración considera conveniente otorgar un día más de plazo para que los pirotécnicos hagan entrega de sus productos y puedan acogerse a lo dispuesto en el Decreto 717 de 1996. Ver el Decreto Distrital 751 de 2001DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Quien posea artículos pirotécnicos o fuegos artificiales dentro de la jurisdicción del Distrito Capital, podrá entregarlos únicamente ante el Cuerpo Oficial de Bomberos, Estación de Puente Aranda, el día cinco (5) de diciembre de mil novecientos noventa y seis. (1996). PARAGRAFO.- Quien haga la entrega de los productos a que se refiere este artículo deberá conseguir y diligenciar previamente y adjuntar el formulario que para este evento entregará la UNIDAD DE PREVENCION Y ATENCION DE EMERGENCIAS DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO DE SANTA FE DE BOGOTA. ARTICULO SEGUNDO.- A quien se acoja a lo dispuesto en este decreto se aplicará lo establecido en los artículos tercero y cuarto del Decreto número 717 del 20 de noviembre de mil novecientos noventa y seis (1996). ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis. (1996) PUBLIQUESE Y CUMPLASE ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor ALICIA EUGENIA SILVA Secretaria de Gobierno NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1305 de Diciembre 4 de 1996 |