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Decreto 264 de 1989 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/06/1989
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/06/1989
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 0264 DE 1989

(Junio 2)

Derogado por el Decreto Único Sectorial 642 de 2025 

Por el cual se modifica el Parágrafo Primero del Artículo 47 del Decreto Nº 505/86.

EL ALCALDE MAYOR DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTÁ

En uso de sus facultades legales:

DECRETA:

Artículo   Derogase el Parágrafo Primero del Artículo 47 del Decreto 505 de 1986, el cual contiene el tratamiento a seguir para el pago de las cuentas del Programa Ciudad Bolívar.

Artículo 2º Los giros correspondientes al Programa Ciudad Bolívar, se efectuarán con base en la Orden de Pago, a la cual se anexarán todos los documentos soportes a que hace referencia el Decreto 505/86, teniendo en cuenta el tipo de compromiso. En consecuencia, la Orden de Pago y la remisión serán la única autorización dada por el Secretario de hacienda al Tesorero distrital para ordenar el respectivo giro.

Artículo 3º a partir de la fecha de expedición de este Decreto, los convenios interinstitucionales existentes entre la Administración Central y las entidades encargadas del desarrollo del programa Ciudad Bolívar, quedarán modificadas en su cláusula 4ª numeral 1, literal C, en cuanto a que los giros correspondientes, se efectuarán según lo establecido en el presente Decreto.

Artículo 4º Aclarase la cláusula 4ª del convenio Interadministrativo IDU Secretaría de Hacienda, en el sentido de que para el pago de las cuentas del programa Ciudad Bolívar a favor del IDU, no se requerirá de Control Previo y por lo tanto, dichos pagos se efectuarán de acuerdo al procedimiento establecido en el presente Decreto.

Artículo 5º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.E., a los 2 días del mes de junio de 1989.

ANDRES PASTRANA ARANGO

Alcalde Mayor

CLAUDIA DE FRANCISCO ZAMBRANO

Secretaria de Hacienda