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Decreto Local 4 de 2000 Alcaldía Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
28/03/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/03/2000
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2119 de marzo 31 de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 4 DE 2000

DECRETO LOCAL 4 DE 2000

(Marzo 28)

«POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN LOS ANEXOS No. 2, 3 Y No. 5 DEL DECRETO LOCAL No. 001 DEL 2000»

El Alcalde Local de Usaquén, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y cumpliendo lo establecido en el Artículo 19 del Decreto 1228 del 26 de diciembre de 1997, y los Decretos 620, 739 de 1998, y el Decreto No. 518 de 1999.

CONSIDERANDO

1. Que mediante Decreto Local No. 033 del 31 de diciembre de 1999 se sancionó el Acuerdo Local No. 012 del 28 de diciembre de 1999, de la Junta Administradora Local de Usaquén.

2. Que mediante Decreto Local No. 001 del 5 de enero del año 2.000, se liquidó el Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo de la Localidad de Usaquén para la vigencia fiscal del año 2.000.

3. Que en el anexo No. 002- del Decreto Local No. 001/2000 Liquidación Presupuesto Anual-Total Zona A , al detallarse la inversión de la imputación presupuestal No. 3.3.1.10.01.01 proyecto No. 0658 «Construcción, ampliación, mejoramiento, adecuación y mantenimiento vías principales y secundarias», se contemplaron los siguientes barrios:

Transversal 29 Bis entre Calles 181 y 182

Calle 171 entre Avenida 7 y Carrera 6 Barrio La Cita

Calle 186B entre Carreras 26ª y 26D Barrio Chaparral

Carrera 13 entre Calles 160D y 162 Barrio Villa Nidia

Carrera 27B entre Calles 188 y 190 Barrio Buenavista II

Carrera 7B entre Calles 160 y 162A Barrio Cerro Norte

Carrera 9 entre Calles 163 a 163A Santa Cecilia Alta

Carrera 26 Bis entre Calles 190 y 192 Barrio Buenavista II

Calle 129 Bis entre Carreras IB y 2 Barrio Unicerros

Calle 155A entre Carreras 8A y 7 Barrio Barrancas Alto

Calle 187A entre Carreras 26 y 26D

Calle 188 entre Carreras 24 y 26 Barrio La Estrellita

Calle 189 entre Carreras 24 y 26 Barrio La Estrellita

Carrera 2 entre Calles 128A y 129Bis

Carrera 25 entre Calles 186B y 189 Barrio Buenavista II

Carrera 26D entre Calles 191D y 192 Barrio Buenavista II

Carrera 27A entre Calles 191 y 192 Barrio Buenavista II

Carrera 27A entre Calles 191 y 192 Barrio Buenavista II

Cra. 28A entre Calles 189 a la placa 189Bl6 Barrio Buenavista II

Carrera 8A entre Calles 155 y 156 Barrio Barrancas Alto

Diagonal 182 entre Carreras 22 y 24 Barrio El Codito

Vías Gestión Compartida

4. Que el proyecto Gestión compartida permite hacer más vías por el mismo precio ya que intervienen recursos del IDU, la Comunidad y el Fondo de Desarrollo Local , y lo más importante es que la comunidad es la que prioriza las vías de acuerdo a sus necesidades.

5. Que el proyecto Gestión Compartida es un proyecto que beneficia a todas las partes interesadas por el mejoramiento de la calidad y el bienestar de los ciudadanos, este proyecto en el año 1999 logró adelantar la construcción de 22 vías logrando así optimizar los recursos destinados en la pasada vigencia fiscal.

6. Que con base en lo anterior, es necesario dirigir la inversión del anexo No. 2 del Decreto Local No. 001 del 2.000, hacia los barrios la estrellita, pañuelito, unicerros, delicias del carmen, buenavista II sector, canaima, santandercito, Chaparral, Bellavista, El codito, El juncal toda vez que la Alcaldía Local quiere optimizar los recursos asignados a este proyecto ya que con los $1.215.000.000 alcanzaría a ejecutarse solamente el 50% de las vías contempladas en el anexo No. 2 del Decreto Local No. 01 del 2.000

7. Que en el anexo No. 002 del Decreto Local No. 001/2000 Liquidación Presupuesto Anual-Total Zona A, al detallarse la inversión de la imputación presupuestal No. 3.3.1.10.01.02 proyecto No. 0660 «Construcción, adecuación, ampliación, dotación, mejoramiento y mantenimiento de los centros educativos», se contemplaron los siguientes:

Cualificación de Docentes de Colegios Oficiales

Mantenimiento y Dotación Colegio Distrital Agustín Fernández

Mantenimiento y Dotación Colegio Distrital Buenavista

Mantenimiento y Dotación Colegio Distrital San Bernando

Mantenimiento y Dotación Colegio Distrital Santa Claudia

Proyecto PESCU Policía y Jornada Extracurricular

Televisión y VH en el Aula Escolar

8. Que es necesario incluir el Centro Educativo Distrital Soratama en el anexo No. 2 proyecto 0660 con el objeto de hacer uso de una donación de aproximadamente $58.000.000 realizada por la embajada de Japón para amparar un proyecto comunitario, en el cual la Alcaldía Local se compromete a realizar un aporte de $25.528.984 para completar el 100% de la obra en el Centro adecuando las instalaciones del mismo con el fin de que los estudiantes tengan seguridad y un mejor ambiente físico de estudio

9. Que es necesario incluir en el anexo No. 2 proyecto 0660 la compra de equipos de cómputo y audiovisual para los centros educativos distritales de la Localidad, toda vez que según el CADEL manifestó que la necesidad más apremiante de los CED es la dotación de equipos de cómputo y audiovisuales.

10. Que en el anexo No. 5 del Decreto Local No. 001/2000 Liquidación Presupuesto Anual-Total Zona D, al detallarse la inversión de la imputación presupuestal No. 3.3.1.10.04.17. proyecto No. 0650 «Construcción, ampliación, adecuación, mejoramiento y mantenimiento de las vías de la Localidad», se contempló la correspondiente al Barrio Santa Paula Calle 107ª entre crs. 13a y 12.

11. Que es necesario aclarar que la dirección correcta para la inversión mencionada en el considerando anterior es la correspondiente a la Calle 107a entre cra. 13 y Cra. 13ª.

12. Que en el anexo No. 03 del Decreto Local No. 001/2000 Liquidación Presupuesto Anual-Total Zona B, al detallarse la inversión de la imputación presupuestal No. 3.3.1.10.06.21 proyecto No. 0684 «Dotación radios de comunicación Policía Local», se contempló la dotación de radios de comunicación para la Policía Local.

13. Que debido a las modificaciones técnicas en las frecuencias de la Policía Metropolitana de la ciudad y de conformidad con la comunicación proferida por el Comandante de la Estación de Policia Local no se requiere la compra de los radios de comunicación previstos en el proyecto No. 0684 anterior.

14. Que es necesario destinar los recursos para la adquisición de los radios mencionados en el considerando anterior, en la Adecuación de espacios locativos del Centro de Recepción del Comando de Policía Local dado el grado de hacinamiento de los reclusos; de otra parte se necesita invertir en el mantenimiento preventivo y correctivo de las motos de la Policía Local, toda vez que dicho parque automotor no lo ha tenido y la condición de las motos en la actualidad es deplorable.

15. Que en el anexo No. 2- del Decreto Local No. 001/2000 Liquidación Presupuesto Anual-Total Zona A, al detallarse la inversión de la imputación presupuestal No. 3.3.1.10.01.02 proyecto No. 0656 «Construcción, ampliación, mejoramiento, adecuación, mantenimiento y dotación de las Unidades Operativas del DABS y el ICBF» se contemplaron los subproyectos:

Adecuación Centro de Ancianos

Ampliación de Cobertura del Programa Refrigerios Reforzado ICBF

Área Recreativas Hogares Comunitarios

Mejoramiento de la ración diaria suministrada en los Hogares ICBF

Salacuna Obra Suiza

Terminación Casa Tercera Edad del Codito

16. Que una vez revisados los subproyectos mencionados en el anterior considerando, se estableció que el objeto de los mismos, esto es, el mejoramiento de la ración diaria suministrada en los hogares ICBF, y la ampliación de cobertura del Programa Refrigerios Reforzado ICBF se está llevando a cabo por parte del Instituto Colombiano de Bienestar familiar, quienes mediante un contrato de aportes entrega a los hogares comunitarios y a la asociación de padres de familia de establecimientos públicos, las sumas correspondientes a las raciones y cobertura de refrigerios, conllevando que los recursos deban ser direccionados a otros programas.

17. Que efectuado el análisis de conveniencia en la inversión surge la necesidad de realizar actividades que contribuyan al mejoramiento de la atención del servicio público de Bienestar Familiar, generando actividades pedagógicas, recreativas y culturales, dirigido a menores adscritos al Sistema Nacional de Bienestar familiar.

18. Que así mismo analizada la situación nutricional de los niños de la Localidad de Usaquén, que habitan en los barrios de estratos y, se considera que hay que contribuir al mejoramiento del estado nutricional de los menores y de sus familias de conformidad con las características intrafamiliares atinentes a la situación socioeconómica, como de tipología y funcionalidad y por lo tanto se hace necesario realizar un proyecto que proponga la rehabilitación de los niños que presentan la problemática de desnutrición.

19. Que en el anexo No. 2- del Decreto Local No. 001/2000 Liquidación Presupuesto Anual-Total Zona A, al detallarse la inversión de la imputación presupuestal No. 3.3.1.10.01.04 proyecto No. 0655 «Construcción, ampliación, mejoramiento, adecuación, y mantenimiento de los desarenaderos, canales, muros de contención y obras de mitigación de riesgos», se contemplaron los subproyectos:

Muro de Contención Carrera 27A #191B 30 Barrio Buenavista

Muro de Contención Carrera 28#189 B-29 Barrio Buenavista I Sector

Muro de Contención Transversal 9 Calle 163 Barrio Santa Cecilia Alta

Muro de Contención Transversal 27 #188-48 Barrio Buenavista

Muro de Contención Transversal 8 #163-64 Barrio Santa Cecilia

Muro de Contención Área Deportiva Barrio Unicerros

Muro de Contención Barrio El Codito

Muro de Contención Carrera 7B #163-10 Barrio Santa Cecilia Alta

(Salón Comunal)

Muro de Contención Parque Delicias del Carmen

20. Que el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias -FOPAE-, tiene proyectado realizar por emergencia los muros de contención de la Prioridad Desmarginalización mencionadas en el proyecto del considerando anterior.

21. Que dado lo anterior, la consultoría del CLE Usaquén radicó solicitud con el número 002705 de marzo 30 del 2.000 para transferir los recursos asignados al proyecto No. 0655 de la Zona A al Convenio lnteradministrativo Alcaldía Local de Usaquén-Fondo de Prevención y Atención de Emergencias -FOPAE-, con el fin de utilizarlos en el programa de Reubicación de familias en riesgo no mitigable de la Localidad de Usaquén.

22. Que en el anexo No. 2- del Decreto Local No. 001/2000 Liquidación Presupuesto Anual-Total Zona A, al detallarse la inversión de la imputación presupuestal No. 3.3.1.10.01.02. proyecto No. 0657 «Ampliación, mejoramiento, adecuación, mantenimiento y dotación de los centros de salud», se contempló el subproyecto: Terminación UBAS Buenavista

23. Que la Seguridad Social se define como un sistema integral que busca garantizar los derechos inenunciables de la persona y de la comunidad para el mejoramiento de la calidad de vida acorde con la dignidad humana.

24. Que el mayor conocimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud genera que la Seguridad Social pueda cumplir con los objetivos de prevención, buscando un mayor acercamiento de la persona y también lograr así un uso más racional y solidario de los servicios, buscando además aplicar el sentido de anticipación en la persona para mejorar su futuro, siempre que se tenga una base de información adecuada.

25. Que con base en los dos considerandos anteriores se necesita incluir el subproyecto Talleres del Sistema General de Seguridad Social en Salud S.G.S.S.S.S

26. Que en el anexo No. 3-del Decreto Local No. 001/2000 Liquidación Presupuesto Anual-Total Zona A, al detallarse la inversión de la imputación presupuestal No. 3.3.1.10.02.09. proyecto No. 0653 «Programa especial para la prevención de la Delincuencia Juvenil y recuperación de los niños habitantes de la calle y la tercera edad», se contemplaron los subproyectos: Atención al anciano y Centro de acogida los años maravillosos.

27. Que dichos subproyectos se encuentran amparados por el proyecto No. 0656.

28. Que según las estadísticas Locales el índice de delincuencia juvenil sufrió un aumento del 35%, lo que conlleva a que se deban generar acciones directas de prevención contra la delincuencia juvenil, se realizará un trabajo de atención integral con los menores en situación de riesgo.

29. Que con base en los tres anteriores considerandos, los recursos del proyecto No. 0653 se deben utilizar en campañas de prevención contra la delincuencia juvenil.

30. Que conforme a los considerandos anteriores, se hace necesario por necesidades del servicio y en aras de una adecuada ejecución presupuestal, modificar el contenido de los anexos informativos No. 2, 3 y 5 del Decreto Local No. 001/2000.

En consecuencia, el Alcalde local de Usaquén

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO.- Modifíquense los cuadros anexo informativo No. 2, 3 y 5 del Decreto Local No. 001 del 2.000 tal y como se detallan a continuación:

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las modificaciones hechas en el presente Decreto no modifican lo aprobado por la JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL, en el Acuerdo Local No. 012 del 28 de diciembre de 1999

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha y deroga las expediciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., Localidad de Usaquén, a los 28 días

del mes de marzo del año 2.000.

PABLO NIETO LOAIZA

Alcalde Local de Usaquén.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2119 de marzo 31 de 2000.

Los anexos pueden ser consultados en el Registro Distrital referido.