| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
ACUERDO LOCAL 01 DE 2008 (Agosto 17) Liquidado por el Decreto Local 10 de 2008 Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2008. LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ENGATIVA En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y el Decreto 1139 del 29 de diciembre de 2000 y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con las cifras reales determinadas en el proceso de cierre presupuestal de la vigencia 2007, el Fondo de Desarrollo Local de Engativá requiere ajustar las cifras programadas en el Presupuesto 2008 del rubro "Excedentes Financieros"Que el Subdirector de Operación Bancaria -Secretaria de Hacienda, mediante certificación de fecha 1 de febrero de 2008, comunicó el saldo del Fondo de Desarrollo Local de Engativá a 31 de diciembre de 2007 por valor de $25.491.652.609.02, Que el FDL presentó a 31 de diciembre de 2007 al cierre unas Obligaciones por Pagar de $24.029.093.792.02, Que al cierre con nota adjunta en la situación excedente Financiero se informó: $3.636.364,00 Reintegro OP 1534 UEL IDPAC. Con oficio 2007EE16573 IDPAC solicita al Dr. Reynaldo Ruiz Solórzano efectuar el reintegro de la Orden de Pago referida según recibo de caja No. 666431-253003 del 05-12-2007 por error en la utilización del CDP 242-CRP 254 para giro a JAC Tisquesusa. La junta Reintegra la plata y queda reportado en ejecución Activa Ingresos de la Localidad. Revisado el informe de Obligaciones por Pagar. El CDP 242;CRP 254 Reporta saldo de $32,727,272,00 siendo su valor real $36,363,636,00. Consultado con Secretaría de Hacienda - Dr. Isauro Cabrera- Dr. Richard Ríos- Dra. Yaneth Remolina- Dra. Mercedes Melo. La diferencia que reportó Secretaría de Hacienda en el informe de Ingresos mes Diciembre 2007 al momento del reemplazo Certificados 2008 se afectará el rubro Obligaciones por Pagar en un mayor valor de $3.636.364.00, ya que según informe Tesorería Las Obligaciones por Pagar no tienen Reintegros. Por lo Tanto el valor de las Obligaciones según Predis de $7.156.564.610.41 variará a la suma de $7.160.200.974.41 afectando el resultado presentado en el Sistema Predis Obligaciones por Pagar. Se soporta con oficio UEL IDPAC y recibo de Caja. Que dando cumplimiento a la Circular de Cierre No. 37 de 2007, frente a un valor programado en el 2008 de $29.872.168.252.00, por lo cual se ajustaron las Obligaciones por Pagar en $5.839.438.095.98 según Decreto Local No 006 de 2008 de fecha Abril 28 de 2008. Que el FDL liquidó unos excedentes financieros a 31 de diciembre de 2007 por un monto de $1.192.691.180.00, los cuales se encuentran incluidos en la Disponibilidad Inicial y deben ser objeto de distribución de conformidad con lo establecido en el informe recibido mediante Circular No. 09 de Febrero 13 de 2008 Ajuste Presupuestal Vigencia Fiscal 2008 Radicado Presupuesto No 0093. Que de acuerdo con el monto presupuestado por el FDL para la Vigencia 2008 en el rubro de Excedentes Financieros el cual asciende a $0, le corresponde adicionar $1.192.691.180.00; recursos que deben destinarse a inversión directa. Con respecto al ajuste de los presupuestos 2008 de los Fondos de Desarrollo Local. El CONFIS emite concepto favorable a las solicitudes de modificación presupuestal presentadas por los 20 Fondos de Desarrollo Local- FDL-, orientadas a ajustar el presupuesto 2008 con base en las cifras definitivas del cierre presupuestal y financiero a 31 de Diciembre de 2007 y los recursos adicionados por concepto de excedentes financieros y reaforo de las transferencias. Que el día 14-05-2008 se recibe e-mail de la Subsecretaría de Asuntos Locales, radicado presupuesto 253 mediante el cual informan el trámite para continuar con el proceso de adición del Excedente financiero respectivo. Que para su revisión y aprobación fue remitido a la Secretaría de Hacienda con Oficio CAF FDLE 2008-0473, al CONFIS con Oficio CAF FDLE 2008-474; a la Subsecretaria de Asuntos Locales con Oficio CAF FDLE 2008-475. Que la Localidad Cuenta con los avales respectivos de las Unidades Ejecutivas Locales así como de la Alcaldía Local. Que surtido el trámite de revisión por parte del Confis, con Oficio 2-2008-22160 de fecha 03-07-2008 Radicado Presupuesto No. 356 comunica a las localidades mediante CIRCULAR CONFIS No. 6 de 2008, el Concepto Distribución de Excedentes Financieros 2007- Fondos de Desarrollo Local, que en su reunión No. 7 del 25 de Junio de 2008 conforme a lo establecido en el decreto Distrital 714 de 1996, Artículo 10 (literal h) y 78 en el Decreto Distrital 1139 de 2000 artículo 32 , emitió concepto favorable a la adición proveniente de los Excedentes Financieros 2007 a los presupuestos de inversión de la vigencia 2008 de los 19 Fondos de desarrollo Local. Correspondió a la JAL revisar, analizar y estudiar el proyecto radicado por la Administración con el fin de concluir con la distribución de los excedentes, modificando algunas asignaciones a proyectos. Así, para el eje social, previo análisis de los Ediles se concluyó la distribución de recursos en los programas de mejoramiento, adecuación y dotación de centros de atención a la niñéz, restablecimiento de derechos e inclusión social, específicamente con programas que generen derechos sexuales y reproductivos, y la ampliación de la cobertura de atención a los adultos y adultas mayores del programa recreación y deporte para todas y todos en la Localidad, en el marco de una política pública de derechos para los niños, niñas y personas mayores, poblaciones altamente vulnerables. Para el eje urbano regional y en concordancia con las propuestas del derecho a la ciudad se asignan y distribuyen recursos para la atención de zonas verdes, salones comunales y malla vial local. Con el fin de garantizar una mayor disponibilidad para ejecución en éste sensible eje, se atenderá por prioridad la asignación de $72.727.273.oo para salón comunal de la JAC Europa. El Decreto 1139 de 2000 en su artículo 17 establece que el computo de ingresos, el aumento o inclusión de nuevas partidas en el presupuesto de gastos presentado por la Alcaldesa Local, no podrán ser modificados por la Corporación sin su concepto previo expresado en mensaje escrito, para elevar el cálculo de los ingresos o disminuir alguna de las apropiaciones del Presupuesto de Gastos, las sumas disponibles, sin exceder su cuantía, -o- aplicar a otras inversiones o gastos, eliminar o reducir partidas de gastos propuestos en el proyecto de acuerdo, aumentar o incluir nuevas partidas en el Presupuesto de Gastos, previa aceptación escrita de la Alcaldesa, La JAL radicó en los términos del Artículo 17 del Decreto 1139 de 2000, las observaciones y precisiones derivadas de las sesiones de estudio, análisis y evaluación de los documentos aportados para el concepto de la Dra. LEONOR GUATIBONZA VALDERRAMA, Alcaldesa Local de Engativá, según oficios JALE 205 y Alcaldía Local GGAF – 2008 -0722. Las modificaciones al Proyecto de excedentes financieros 2007 para el primer debate en Comisión de presupuesto se efectúan en el marco de las normas y disposiciones vigentes. En este sentido, la observancia de los procedimientos legales y presupuestales, ha sido cuidadosamente tenida en cuenta, en el marco de la competencia del ámbito local. En mérito de lo anterior ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- Efectúense las siguientes modificaciones en el presupuesto anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, por valor de MIL CIENTO NOVENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA PESOS MCTE ($1.192.691.180.00), para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre de 2008 de conformidad con el siguiente detalle.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El anexo informativo hace parte integral del presente acuerdo, en los terminos del articulo 14 deñ Decreto 139 de 2000 y las inversiones se ajustaran a lo previsto en el mismoARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Expedido en Bogotá, D.C., a los (17) días del mes de Agosto de Dos mil ocho (2008). LILIA AVELLA BOJACA Presidenta Junta Administradora Local. MIGUEL ANGEL FERREIRA TORRADO Vicepresidente Junta Administradora Local. Sancionado a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil ocho (2008). LEONOR GUATIBONZA VALDERRAMA Alcaldesa Local de Engativá NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4053 de septiembre 5 de 2008. |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||