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Decreto Local 6 de 2008 Alcaldía Local de Usme

Fecha de Expedición:
29/07/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/08/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4030 de agosto 1 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 006 DE 2008

(Julio 29)

Por el cual se liquida el Acuerdo Local N. 001 de 2008 para efectuar una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal del 2008.

EL ALCALDE LOCAL DE USME

En uso de sus atribuciones legales y en especial las otorgadas por el articulo 21, del Decreto 1139 de 2000, y por los numerales 2, 3 y 4 del articulo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993

CONSIDERANDO:

Que la Junta Administradora Local, mediante Acuerdo Local número 001de 2008 mediante el cual se efectuó una adición presupuestal para la vigencia fiscal de 2008

Que es necesario adicionar el presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversión de la vigencia fiscal del 2.008 de acuerdo con los excedentes financieros.

Que el Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia 2008 no presupuestó en el rubro excedentes financieros, pero que al cierre de la vigencia 2007 con los datos reales del saldo a tesorería y de las obligaciones por pagar se determino unos excedentes financieros para la vigencia 2008 de $1.615.939.723.47, por lo tanto es necesario realizar la adición en este rubro presupuestal.

Que en el presupuesto de gastos e inversión en el rubro "3.3.1 Inversión Directa" se hace necesario realizar una adición por valor de $1.615.939.723.47, correspondientes a los excedentes financieros distribuido así: Eje Social, en los programas, "Restablecimiento de derechos e inclusión social" $150.000.000, "más y mejor educación para todos y todas" 150.000.000 y salud para la vida digna 210.000.000 para un valor de $510.000.000; y en el Eje Urbano Regional programa "Hábitat desde los barrios y las UPZ" por valor de $955.939.723.47; y "sostenibilidad urbano rural" $150.000.000 para un total de $1.615.939.723.47.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, en su circular No.06 de 2008 en su reunión No. 07 del 25 de Junio 2008 emitió concepto favorable a la adición presupuestal proveniente de los excedentes financieros 2007 al presupuesto de ingresos y rentas y de gastos e inversión de la vigencia 2008.

En mérito de lo anteriormente expuesto y con base en las facultades que le otorga la ley,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Efectúese las siguientes modificaciones al presupuesto anual de Rentas e Ingresos y de gastos e inversión del fondo de Desarrollo Local de Usme conforme con el siguiente detalle:

I PARTE

RENTAS E INGRESOS

CÓDIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO 2008

2.

INGRESOS

1.615.939.723.47

2.4.

RECURSOS DE CAPITAL

1.615.939.723.47

2.4.5.

EXCEDENTES FINANCIEROS

1.615.939.723.47

 

TOTAL INGRESOS

1.615.939.723.47

II PARTE

GASTOS E INVERSION

CÓDIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO 2008

3.

GASTOS

1.615.939.723.47

3.3.

INVERSIÓN

1.615.939.723.47

3.3.1.

DIRECTA

1.615.939.723.47

3.3.1.12.

Usme Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión

1.615.939.723.47

3.3.1.12.01.

EJE SOCIAL

510.000.000.00

3.3.1.12.01.02.

Más y mejor educación para todos y para todas

150.000.000.00

3.3.1.12.01.02.0233.

Apoyo a la capacitación de adultos y jóvenes de la localidad en carreras técnicas y/o bachillerato

150.000.000.00

3.3.1.12.01.03.

Salud para la vida digna

210.000.000.00

3.3.1.12.01.03. 0090

Apoyo a los programas de promoción y prevención integral en salud a los habitantes de la localidad

210.000.000.00

3.3.1.12.01.04.

Restablecimiento de derechos e inclusión social

150.000.000.00

3.3.1.12.01.04.0114

Dotación de material didáctico a hogares comunitarios de bienestar, casas vecinales y jardines infantiles de la localidad de usme

150.000.000.00

3.3.1.12.02.

EJE URBANO REGIONAL

1.105.939.723.47

3.3.1.12.02.11.

Hábitat desde los barrios y las – UPZ

955.939.723.47

3.3.1.12.02.11. 6493

Gestionar la construcción, adecuación y mantenimiento de vías locales

955.939.723.47

3.3.1.12.02.13.

Sostenibilidad urbano - rural

150.000.000.00

3.3.1.12.02.13.0073.

Apoyar y confinanciar la recuperación de las cuencas hidrográficas y zonas de manejo y preservación ambiental

150.000.000.00

 

TOTAL GASTOS E INVERSIÓN

1.615.939.723.47

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los veintinueve (29) días del mes de Julio de dos mil ocho (2.008)

JHON FREDY VARGAS LOZANO

Alcalde Local de Usme

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4030 de agosto 1 de 2008.