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DECRETO LOCAL 015 DE 2008
(Diciembre 22)
Por medio del cual se liquida el Acuerdo Local 3 de 2008, Por el cual se aprueba el Presupuesto de la Localidad de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.
LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO
En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 1139 de 2000, y
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Acuerdo Local No. 001 de Septiembre 5 de 2008, se adoptó el Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas de la localidad Dos de Chapinero, 2009 – 2012. "BOGOTÁ POSITIVA: PARA VIVIR MEJOR -CHAPINERO DIVERSIDAD POSITIVA".
2. Que con oficio No. 2008EE338111 de fecha 26 de Septiembre de 2008, el Secretario de Hacienda certificó el monto de la cuota preliminar - Transferencia de la Administración Central asignada para inversión al Fondo de Desarrollo Local en la suma de $10.399.283.000, para la vigencia 2009, valor que incluye recursos por reaforo 2008 así: Transferencia vigencia 2009 $9.434.931.000,00; Reaforo 2008 $964.352.000,00.
3. Que para la proyección de ingresos se tuvo en cuenta el comportamiento del recaudo en los rubros de multas y otros ingresos tributarios en los tres últimos años.
4. Que mediante oficio radicado con el No. 2-2008-39205 de fecha 1 de Diciembre de 2008, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en su reunión No. 14 del 25 de Noviembre de 2008 emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal del año 2009, por la suma de $18.275.795.373,00.
5. Que mediante oficio No. 1901 de Diciembre 2 de 2008, radicado con el No. 447 de Diciembre 3 de 2008, la Alcaldesa Local de Chapinero radicó en la Junta Administradora Local de Chapinero el Proyecto de Acuerdo correspondiente al Anteproyecto de Presupuesto para la vigencia fiscal 2009, para su estudio y aprobación.
6. Que mediante oficio No. 060 de Diciembre 18 de 2008, radicado con el No. 013930-2 de Diciembre 18 de 2008, la Junta Administradora Local de Chapinero radicó en esta Alcaldía el Acuerdo Local 3 de 2008 de diciembre 15 de 2008, mediante el cual aprueba y expide el Presupuesto para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.
En mérito de lo expuesto, la Alcaldesa Local de Chapinero
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de la Localidad de Chapinero para la vigencia fiscal del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2009, en la suma de Dieciocho Mil Doscientos Setenta y Cinco Millones Setecientos Noventa y Cinco Mil Trescientos Setenta y Tres Pesos ($18.275.795.373,00), como se detalla a continuación:
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CODIGO |
CONCEPTO |
VALOR |
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1 |
DISPONIBILIDAD INICIAL |
7.786.512.373 |
|
2 |
INGRESOS |
10.489.283.000 |
|
2.1 |
INGRESOS CORRIENTES |
80.000.000 |
|
2.1.2 |
NO TRIBUTARIOS |
80.000.000 |
|
2.1.2.03 |
Multas |
75.000.000 |
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2.1.2.99 |
Otros Ingresos no tributarios |
5.000.000 |
|
2.2 |
TRANSFERENCIAS |
10.399.283.000 |
|
2.2.4 |
ADMINISTRACION CENTRAL |
10.399.283.000 |
|
2.2.4.05 |
Participación Ingresos Corrientes del Distrito |
10.399.283.000 |
|
2.2.4.05.01 |
Vigencia |
9.434.931.000 |
|
2.2.4.05.02 |
Vigencia Anterior |
964.352.000 |
|
2.4 |
RECURSOS DE CAPITAL |
10.000.000 |
|
2.4.1 |
RECURSOS DE BALANCE |
10.000.000 |
|
2.4.1.03 |
Venta de activos fijos |
10.000.000 |
| |
TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL |
18.275.795.373 |
|
3 |
GASTOS |
18.275.795.373 |
|
3.3 |
INVERSION |
18.275.795.373 |
|
3.3.1. |
DIRECTA |
11.499.452.351 |
|
3.3.1.13 |
Plan de desarrollo "Bogotá positiva: para vivir mejor" |
11.499.452.351 |
|
3.3.1.13.01 |
CIUDAD DE DERECHOS |
4.334.179.351 |
|
3.3.1.13.01.01 |
Bogotá Sana |
250.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.01.0450 |
Atención en salud para la población vulnerable de la Localidad |
250.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.04 |
Bogotá bien alimentada |
2.027.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.04.0455 |
Apoyo nutricional para la población vulnerable de la localidad |
2.027.000.000,00 |
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CODIGO |
CONCEPTO |
VALOR |
|
3.3.1.13.01.06 |
Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor |
140.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.06.0462 |
Fortalecimiento de la calidad y la oferta educativa en la localidad |
95.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.06.0472 |
Fortalecimiento del respeto por la diferencia en los colegios de la localidad |
45.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.07 |
Acceso y permanencia a la educación para todas y todos |
25.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.07.0627 |
Acciones para fortalecer el acceso a la educación superior para los jóvenes de la localidad |
25.000.000,00 |
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3.3.1.13.01.08 |
Mejoramiento de la infraestructura y dotación de colegios |
323.390.000,00 |
|
3.3.1.13.01.08.0494 |
Mejoramiento y dotación de infraestructura educativa |
323.390.000,00 |
|
3.3.1.13.01.09 |
Derecho a un techo |
40.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.09.0497 |
Apoyo a la titulación de predios en la localidad |
40.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.10 |
En Bogotá se vive un mejor ambiente |
80.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.10.0502 |
Acciones para reducir los índices de contaminación visual y auditiva |
80.000.000,00 |
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3.3.1.13.01.12 |
Bogotá viva |
728.789.351,00 |
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3.3.1.13.01.12.0503 |
Apoyo a la formación en artes y ciencias de niñas, niños y jóvenes en la localidad |
250.649.351,00 |
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3.3.1.13.01.12.0505 |
Implementación de políticas, programas y acciones culturales en la localidad |
275.000.000,00 |
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3.3.1.13.01.12.0506 |
Apoyo al desarrollo de actividades deportivas en la localidad |
203.140.000,00 |
|
3.3.1.13.01.13 |
Igualdad de oportunidades y derechos para la población en condición de discapacidad |
120.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.13.0507 |
Atención y reconocimiento de derechos a la población en condición de discapacidad. |
120.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.14 |
Toda la vida integralmente protegidos |
400.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.14.0518 |
Protección y atención a poblaciones vulnerables de la localidad |
400.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.15 |
Bogotá respeta la diversidad |
100.000.000,00 |
|
3.3.1.13.02.15.0532 |
Atención y reconocimiento de derechos de la pobalción LGBT de la Localidad |
100.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.16 |
Bogotá Positiva con las mujeres y la equidad de género |
100.000.000,00 |
|
3.3.1.13.01.16.0534 |
Apoyo a la implementación del Plan de Igualdad de oportunidades |
100.000.000,00 |
|
3.3.1.13.02 |
DERECHO A LA CIUDAD |
4.661.323.057,00 |
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3.3.1.13.02.17 |
Mejoremos el barrio |
1.693.000.000,00 |
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3.3.1.13.02.17.0541 |
Mejoramiento integral de la malla vial local |
1.493.000.000,00 |
|
3.3.1.13.02.17.0544 |
Mejoramiento de las condiciones de los barrios de la localidad |
200.000.000,00 |
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 2009.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
BLANCA INÉS DURÁN HERNÁNDEZ
Alcaldesa Local de Chapinero
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4128 de diciembre 31 de 2008
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