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Acuerdo Local 9 de 2008 Junta Administradora Local de Los Mártires

Fecha de Expedición:
12/12/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/12/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4124 de diciembre 24 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 009 DE 2008

(Diciembre 12)

Liquidado por el Decreto Local 13 de 2008

"Por medio del cual se aprueba el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre de 2009".

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LOS MÁRTIRES

en ejercicio de las atribuciones legales conferidas por la Constitución Nacional, del Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 1139 de 2000.

CONSIDERANDO:

Que es la función de la Junta Administradora Local de Los Mártires, como corporación, distribuir y apropiar las partidas globales que en el presupuesto Anual del Distrito Capital de Bogotá se asigna a las Localidades teniendo en cuenta sus necesidades básicas insatisfechas, de acuerdo a las características sociales de sus habitantes y estudiar y aprobar el presupuesto anual precio concepto de Concejo Distrital de Política Económica y Fiscal " CONFIS" de conformidad con los programas y proyectos del Plan de Desarrollo Local.

Que medidamente oficio N° 2008EE338179 del 26 de septiembre de 2008, radicado bajo el N° 05193 del 30 de septiembre, Asunto: Comunicación cuota preliminar Transferencia de la Administración Central – Anteproyecto de Presupuesto 2009, el Doctor Juan Ricardo Ortega López, Secretario Distrital de Hacienda, comunico a esta localidad, que la cuota global correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de los Mártires asciende a $8.820.958.000.oo de acuerdo con los índices de distribución establecidos por la Secretaria Distrital de Planeación.

Que la citada Cuota Preliminar de la Transferencia, mas la Proyección de los Ingresos Corrientes del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, representa el montón a tener en cuenta apara la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto para Inversión Directa en vigencia fiscal 2009 y que dicho valor debe ser utilizado para financiar proyectos que se encuentren incluidos en el Plan de Desarrollo Local, buscan satisfacer las necesidades Básicas Insatisfechas de la Localidad.

Que el montón global de inversión directa incluye procesos en curso por $176.374.000.oo, que la localidad estima que al cierre de la vigencia fiscal no se alcanzaran a dejar contratados, pero considerando el avance de estos procesos se autoriza su incorporación en el Presupuesto de 2009.

Que mediante oficio N° 1-2008-39196 del 28 de noviembre de 2008, radicado el 28 de noviembre de 2008, se comunica que el Consejo Distrital de Política Económica Fiscal – CONFIS- en su reunión N° 14 del 25 de noviembre de 2008, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la Vigencia Fiscal del año 2009.

Que las observaciones efectuadas por CONFIS en Comité Funcional, fueron atendidas, teniendo en cuenta y respondidas en su totalidad.

Que en merito y respondidas expuesto.

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO.- Fíjense los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Localidad de Los Mártires, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre de 2009 en la suma de CATORCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($14.641.958.000.oo), según el siguiente detalle:

CODIGO

CONCEPTO

PRESUPUESTO 2009

3

GASTOS

14.641.958.000.oo

3.3

INVERSION

14.641.958.000.oo

3.3.1

DIRECTA

9.018.332.000.oo

3.3.1.13

Plan de Desarrollo "Bogotá positiva: para vivir mejor"

9.018.332.000.oo

3.3.1.13.01

CIUDAD DE DERECHOS

3.464.701.000.oo

3.3.1.13.01.01

Bogotá Sana

100.000.000.oo

3.3.1.13.01.04

Bogotá bien Alimentada

1.319.493.000.oo

3.3.1.13.01.05

Alternativas productivas para la generación de ingresos para población vulnerables

193.000.000.oo

3.3.1.13.01.06

Educación de calidad y pertenecía para vivir mejor

265.170.000.oo

3.3.1.13.01.07

Acceso y permanencia a la educación para todos y todas

110.000.000.oo

3.3.1.13.01.10

En Bogotá se vive mejor ambiente

45.000.000.oo

3.3.1.13.01.11

Construcción de paz y reconciliación

85.204.000.oo

3.3.1.13.01.12

Bogotá Viva

470.000.000.oo

3.3.1.13.01.13

Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condiciones de discapacidad

346.100.000.oo

3.3.1.13.01.14

Toda la vida integralmente protegidos

398.434.000.oo

3.3.1.13.01.15

Bogotá respeta la diversidad

40.000.000.oo

3.3.1.13.01.16

Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de genero

92.300.000.oo

3.3.1.13.02

DERECHO A LA CIUDAD

2.030.825.000.oo

3.3.1.13.02.17

Mejoremos el barrio

1.661.225.000.oo

3.3.1.13.02.29

Bogotá segura y humana

175.000.000.ooo

3.3.1.13.02.30

Amor por Bogotá

42.300.000.oo

3.3.1.13.02.31

Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencia

152.300.000.oo

3.3.13.03

CIUDAD GLOBAL

1.107.640.000.oo

3.3.13.03.33

Fomento para el desarrollo económico

1.015.340.000.oo

3.3.13.03.34

Bogotá ciudad de conocimiento

92.300.000.oo

3.3.13.04

PARTICIPACION

340.000.000.oo

3.3.13.04.37

Ahora decidamos juntos

90.000.000.oo

3.3.13.04.38

Organizaciones y redes sociales

250.000.000.oo

3.3.13.06

GESTION PUBLICA EFECTIVA Y TRASNPARENTE

2.075.166.000.oo

3.3.1.13.06.49

Desarrollo institucional integral

2.075.166.000.oo

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

5.623.623.000.oo

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0

 

TOTAL GASTOS E INVERSIONES + DISPONIBILIDAD FINAL

14.641.958.000.oo

ARTICULO TERCERO.- El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación, surte efectos fiscales desde el 1° Enero y hasta el 31 de Diciembre de 2008.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los doce (12) días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008).

HUMBERTO URIAS SIERRA S.

Presidente

OSCAR CHAVES CRUZ

Secretario

El Alcalde Local de los Mártires, sanciona el presente Acuerdo a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008).

LUIS ERNESTO RINCON ASCENCIO

Alcalde Local de Los Mártires

NOTA: Publicado en Registro Distrital 4124 de diciembre 24 de 2008