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ACUERDO LOCAL 10 DE 2008 (Diciembre 27) Por medio del cual se efectúa un traslado al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de 2008 LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 69 del Decreto 1421/93 y 32 del Decreto 1139/00, y CONSIDERANDO: 1. Que el artículo 33 del Decreto 1139 de diciembre de 2.000, determina que el Alcalde Local presentará a la JAL los traslados presupuestales que modifiquen las cuantías aprobadas inicialmente por la Junta Administradora Local. 2. Que el presupuesto anual de gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2008, incluyó en el Eje Social en el Programa Restablecimiento de Derechos e Inclusión Social el proyecto 2434 "Apoyo socioeconómico a la población vulnerable" y en el Eje Urbano Regional el Programa Hábitat desde los barrios y las UPZ, proyecto 2431 "Recuperación de vías de la localidad". 3. Que el Proyecto 2434 "Apoyo socioeconómico a la población vulnerable", cuenta con una apropiación de Un mil seis millones cuarenta y cinco mil ochocientos sesenta y tres pesos M/cte. ($1.006.045.863.00) para la presente vigencia, pero como quiera que con recursos 2007, se encuentra prevista la financiación del proyecto No. 2434 en su componente: Apoyo socioeconómico a la población La Persona Mayor Subsidio C", el cual está financiado hasta junio de 2009, la UEL de la Secretaría de Integración Social NEGO la viabilidad al proyecto con recursos de la vigencia 2008, toda vez que iban a ser ejecutados en la vigencia 2010, por estar rezagada la ejecución de la vigencia anterior; por lo anterior, se hace necesario, trasladar la suma de Doscientos noventa y nueve Millones Seiscientos Treinta y Ocho Mil Seiscientos Treinta y Nueve Pesos M/Cte ($299.638.639,oo), para satisfacer otras necesidades prioritarias. 4. Que la Alcaldía Local viene desarrollando el proyecto 2431, debido a que un alto porcentaje de las vías de la localidad se encuentran actualmente en mal estado, en contraste con el presupuesto con que cuenta el Fondo de Desarrollo Local para proyectos de infraestructura vial, el cual resulta escaso frente a las necesidades de inversión requeridas, dificultando el tráfico vehicular y peatonal en el sector afectado, propiciando el descontento general entre los habitantes que viven en estas zonas. Igualmente se observa que la Localidad presenta un alto índice de renovación, la que se traduce en la construcción de diversos desarrollos urbanísticos, que traen como consecuencia un mayor deterioro de las vías y el espacio público, tanto para los residentes como para la población flotante. Aunado a que la malla vial se encuentra en permanente proceso de deterioro debido al tránsito permanente de vehículos por lo que se hace necesario ejecutar acciones para su mantenimiento y mejoramiento, de manera que se prolongue la vida útil de los pavimentos existentes, por lo que se debe asignar mayor presupuesto, para ejecutar dichas acciones, siendo necesario adicionar la suma de $299.638.639.00. 5. Que el CONFIS en su reunión No. 18 del 17 de Diciembre de 2008, emitió concepto favorable a la solicitud de traslado en el presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal 2008. 6. Que en mérito de lo expuesto Ver el Acuerdo Local 09 de 2007 ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: Efectúese un Contra crédito. en el presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008, por la suma de $299.638.639.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS M/CTE.) de acuerdo al siguiente detalle: CONTRACREDITO
ARTICULO SEGUNDO: Efectúese un Crédito en el presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008, por la suma de $299.638.639.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS M/CTE.) de acuerdo con el siguiente detalle:CREDITO
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008). GIOVANNI A. MONROY Presidente Junta Administradora Local LIDIA TERESA BELTRAN GUTIERREZ Secretaria JAL Sancionado a los 29 dias del mes de diciembre de 2008. ANTONIA CELESTINA SUAREZ CASTELBLANCO Alcaldesa Local NOTA: Publicado en el Registro Dsitrital 4127 de diciembre 30 de 2008 |