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Resolución Reglamentaria 21 de 2009 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
08/09/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/09/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4277 de septiembre 10 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 021 DE 2009

(Septiembre 8)

"Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento para la Elaboración de Pronunciamientos y se dictan otras disposiciones".

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 6 del Acuerdo 361 de 2009; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los literales b), j) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del Sistema de Control Interno Institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el Gobierno Nacional mediante el decreto 1599 del 20 de mayo de 2005 estableció la obligatoriedad de adoptar el modelo estándar de control interno MECI para el Estado Colombiano, con el fin de fortalecer la estructura de control en las entidades públicas, en cumplimiento de esta norma, la Contraloría de Bogotá, D.C., expidió la Resolución Reglamentaria 013 de 12 de junio de 2006, adoptando dicho modelo.

Que el MECI contiene entre otros elementos del subsistema de control de gestión, los procedimientos, conformados por el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso controlando las acciones que requiere la operación de la Contraloría de Bogotá, D.C., y el Manual de Procedimientos como una guía de uso individual y colectivo que permite el conocimiento de la forma como se ejecuta o desarrolla su función administrativa, propiciando la realización del trabajo bajo un lenguaje común a todos los servidores públicos.

Que el Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009: "por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", en su Artículo 6 establece: "En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo".

Que de conformidad con el artículo 22 del Acuerdo 361 de 2009, el Contralor de Bogotá, mediante acto administrativo, puede delegar funciones generales o especificas del ejercicio de la vigilancia y del control fiscal, en servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Entidad.

Que mediante Resolución Reglamentaria 013 de mayo 12 de 2009, se adoptó la nueva versión e incorporación de Documentos y Procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio Macro, entre ellos el relacionado con el procedimiento para la elaboración de pronunciamientos.

Que en desarrollo de la vigilancia fiscal que ejercen las direcciones sectoriales a los sujetos de control, pueden determinarse hechos relevantes y de impacto social que justifican un pronunciamiento por parte de la entidad a la ciudadanía.

Que en comité de coordinación del sistema de control interno, se estableció la conveniencia de asignar a los Directores Sectoriales y Subdirectores de Fiscalización la participación en la elaboración de pronunciamientos.

Que el numeral 9 del artículo 37 ibídem, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación, "Realizar la revisión técnica de los planes, documentos y procedimientos que adopte la entidad, para asegurar la armonización, implementación y evaluación de los mismos".

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar en los Directores Técnicos y Subdirectores Técnicos de las Direcciones Sectoriales y Subdirectores de Fiscalización, la realización de las actividades propias para la expedición de pronunciamientos relacionados con los respectivos sectores, solicitados por la Alta Dirección, consagradas en el procedimiento que se adopte para el efecto en la Contraloría de Bogotá.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Adoptar la versión 6.0 del procedimiento para la Elaboración de pronunciamientos Código 3004, relacionado con el Proceso de Prestación de Servicio Macro de la Contraloría de Bogotá.

ARTÍCULO TERCERO.- Delegar en la Dirección de Planeación en coordinación con la Dirección Economía y Finanzas Distritales, la actualización del procedimiento para la Elaboración de pronunciamientos Código 3004.

ARTÍCULO CUARTO.- Es responsabilidad de los directores, subdirectores y jefes de las oficinas asesoras divulgar el procedimiento para la Elaboración de pronunciamientos Código 3004, versión 6.0.

ARTÍCULO  QUINTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el ítem 4 del artículo tercero de la Resolución Reglamentaria 013 de mayo 12 de 2009.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C. a los ocho (8) días del mes de septiembre de dos mil nueve (2009).

MIGUEL ÁNGEL MORALESRUSSI RUSSI

Contralor de Bogotá

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE PRONUNCIAMIENTOS

HISTORIAL DE CAMBIOS

VERSIÓN

NUMERO Y FECHA DE RESOLUCION QUE LO ADOPTA

NATURALEZA DEL CAMBIO

1.0

Resolución Reglamentaria No. 013 de marzo 10 de 2003

Se cambio todo el procedimiento que fue adoptado mediante la Resolución No. 013 del 14 de marzo de 2003:

En la página 2 cambió la definición de pronunciamiento.

La actividad No. 2 se cambia por asignar al Subdirector respectivo. Suprimir el registro.

Se incluyó una nueva actividad cuyo ejecutor es el subdirector de Economía y Finanzas y/o Subdirector Sectorial; la actividad establecer el esquema de pronunciamiento y el registro esquema de pronunciamiento.

En la actividad No. 4, el ejecutor es el Subdirector Sectorial y/o Subdirector de Economía y Finanzas.

En la actividad No. 6 el ejecutor es el Subdirector de Economía y Finanzas y/o Subdirector Sectorial y cambiar la actividad por: revisar, ajustar y continuar con el procedimiento para el control del producto (informes) no conformes, estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos, actividades de la No.1 a la No. 5.

Se incluyó el anexo No. 1 "Instructivo para la elaboración del esquema del pronunciamiento".

2.0

Resolución Reglamentaria Nº 035 de junio 12 de 2003

En la actividad Nº 3 en la columna de observaciones se agrega ver anexo Nº 1.

Modificar la actividad No. 9, incluir en la observación que la presentación del pronunciamiento deberá cumplir con el procedimiento para comunicaciones externas.

Modificar la actividad Nº 10 así: Enviar el pronunciamiento corregido al Director de Apoyo al Despacho para ser presentado al Contralor para su aprobación y firma.

En la Actividad Nº 11 Ejecutores suprimir Director de apoyo al Despacho y/o Director Técnico de Participación Ciudadana y Desarrollo Local

Eliminar del anexo No. 1, el numeral 2.2.1.

3.0

Resolución Reglamentaria Nº 044 de septiembre 22 de 2003

Se incluye la actividad 2, para el caso en que el pronunciamiento sea programado por Director de apoyo al despacho, sectorial o de Economía y Finanzas Distritales.

Se modificaron algunas actividades para dar mayor claridad al desarrollo del procedimiento.

4.0

Resolución Reglamentaria Nº 016 de abril 22 de 2005

Ajustar el alcance, base legal.

Ajustar la redacción de la definición y cambio de registros.

En la descripción del proceso, revisar y modificar las actividades, a fin de simplificarlas.

Se establecen puntos de control.

5.0

Resolución Reglamentaria 013 de mayo 12 de 2009.

Modificar los responsables.

Modificar el alcance.

Modificar las actividades 1, 5, 7, 8, 9, 10 y 11.

Modificar el numeral 2 del Instructivo para la Elaboración del Esquema del Pronunciamiento.

6.0

Resolución Reglamentaria

021

08 sep. 2009

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE PRONUNCIAMIENTOS

CÓDIGO: 3004

VERSIÓN No. 6.0

Fecha: AGOSTO 11 DE 2009

REVISADO POR:

Director de Economía

y Finanzas Distritales. Carlos Emilio Betancourt Galeano ________________

CARGO NOMBRE FIRMA

APROBADO POR:

Director de Planeación Elemir Eduardo Pinto Díaz __________________

CARGO NOMBRE FIRMA

COPIA No. No. DE FOLIOS : 11

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACION DE PRONUNCIAMIENTOS

1. OBJETIVO(S):

Establecer los pasos necesarios para la elaboración de pronunciamientos que se realicen en el transcurso de cada vigencia.

2. ALCANCE:

El procedimiento inicia con ordena la elaboración de pronunciamientos sobre un tema específico y termina con comunicar el pronunciamiento a los clientes y/o partes interesadas y su publicación en la página web de la Entidad.

3. BASE LEGAL:

Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009: "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones".

4. DEFINICIONES

PRONUNCIAMIENTOS: Comunicación suscrita por el Contralor de Bogotá, dirigida a los clientes y/o partes interesadas, donde se fija una posición, se emite concepto técnico o se realizan recomendaciones sobre temáticas de carácter macro fiscal, sectorial, de impacto social, o en temas que se originen en proyectos de Acuerdo para debates en el Concejo de Bogotá.

5. REGISTROS

• Memorando o correo electrónico

• Esquema del pronunciamiento.

• Planilla de seguimiento y/o actas de mesa de trabajo.

6. ANEXOS:

Instructivo para la elaboración del esquema de pronunciamiento (formato código 3004001).

• Planilla de seguimiento (formato código 3004002).

7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No.

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL /OBSERVACIONES

1

Contralor

Director de Economía y Finanzas Distritales y/o Director Técnico Sectorial

Ordena la elaboración de Pronunciamientos sobre un tema específico.

Presenta propuesta de Pronunciamiento al Señor Contralor sobre un tema específico.

Memorando o correo electrónico

Punto de control

2

Director de Economía y Finanzas Distritales y/o Director Técnico Sectorial

Asigna al Subdirector del área respectiva y establecer las directrices para la elaboración del pronunciamiento.

3

Subdirectores de la Dirección de Economía y Finanzas Distritales y/o Subdirectores de las Direcciones Técnicas Sectoriales

Elabora el esquema del pronunciamiento y remite al Director de Economía y Finanzas Distritales y/o Director Técnico Sectorial, para su aprobación.

Esquema del pronunciamiento

Punto de control.

Ver Instructivo para la elaboración del esquema del pronunciamiento (formato código 3004001).

4

Director de Economía y Finanzas Distritales y/o Director Técnico Sectorial

Aprueba el esquema de pronunciamiento.

Memorando

5

Subdirectores de Economía y Finanzas Distritales, Subdirectores de las Direcciones Técnicas Sectoriales, Profesionales Especializados y/o Universitarios.

Elabora el proyecto de acuerdo a lo establecido en el esquema del pronunciamiento.

6

Subdirectores de la Dirección de Economía y Finanzas Distritales y/o Subdirectores de las Direcciones Técnicas Sectoriales.

Efectúa seguimiento al avance y control de calidad.

Planilla de seguimiento y/o actas de mesa de trabajo.

Punto de control.

Ver Planilla de seguimiento (formato código 3004002).

7

Subdirectores de Economía y Finanzas Distritales y/o Subdirectores de Direcciones Técnicas Sectoriales.

Presenta proyecto de pronunciamiento al Director de Economía y Finanzas Distritales y/o Director Técnico Sectorial, para su aprobación.

Tener en cuenta la caracterización de producto: Informes Estructurales Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos.

8

Director de Economía y Finanzas Distritales y/o Director Técnico Sectorial.

Aprueba el pronunciamiento.

Si: Presenta el pronunciamiento ante el Contralor para su firma.

No: Continúa con el Procedimiento Control de Producto no Conforme: Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos.

Memorando

Punto de control.

Tener en cuenta la caracterización de producto: Informes Estructurales Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos.

9

Contralor

Aprueba y firma el pronunciamiento y remite al Director de Apoyo al Despacho para su comunicación a los clientes y/o partes interesadas.

Comunicación externa

10

Director de Apoyo al Despacho

Comunica el pronunciamiento a los clientes y/o partes interesadas.

Archiva copia física del pronunciamiento y remite copia magnética a la Dirección de Informática para su publicación en la página Web.

La Dirección de Apoyo al Despacho será la responsable de: mantener actualizado el inventario de los pronunciamientos, de su publicación en página web, protección y recuperación.

11

Director de Informática

Pública en la página web el pronunciamiento

INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACION DEL ESQUEMA DEL PRONUNCIAMIENTO

1. Elaborar carátula del Esquema de Pronunciamiento, así:

DIRECCIÓN ___________________

SUBDIRECCIÓN ________________

NOMBRE DEL PRONUNCIAMIENTO: _______________________________________

RESPONSABLE: _______________________________________

ELABORADO POR:

___________________ ___________________ _________________

NOMBRE CARGO FIRMA

REVISADO Y APROBADO POR:

___________________ ___________________ _________________

NOMBRE CARGO FIRMA

FECHA DE APROBACIÓN: DÍA _________ MES _________ AÑO ________

NÚMERO DE FOLIOS: __________

2. Los esquemas de pronunciamiento que se elaboren, deberán contener como mínimo los siguientes aspectos:

2.1 OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cuál se desarrolla un estudio. Explica el porque y para que se va a realizar el pronunciamiento.

2.2 METODOLOGIA: Es la descripción racional de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos del pronunciamiento. Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

FORMATO CODIGO 3004001

MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO

PROCESO PRESTACIÓN DE SERVICIO MACRO Y//O MICRO

PAE:

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

(1). NOMBRE DEL INFORME: ______________________________________________

(2). TIPO DE INFORME: ___________________________________________________

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: ________________________________________

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: _________________________________________

FECHA

(5)

FUNCIONARIOS QUE REALIZARON LA ACTIVIDAD

(6)

ACTIVIDAD REVISADA

(7)

OBSERVACIONES

(8)

(9) Nombre subdirector: ________________________ Firma: ___________________

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO.

(1) Titulo del informe

(2) Pronunciamiento

(3) Corresponde a la subdirección responsable de su elaboración.

(4) Nombre del Subdirector responsable

(5) Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

(6) Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

(7) Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

(8) Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

(9) Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4277 de septiembre 10 de 2009.