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Acuerdo Local 4 de 2009 Junta Administradora Local de Sumapaz

Fecha de Expedición:
15/10/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/10/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4304 de octubre 21 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 4 DE 2009

(Octubre 15)

Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz para la vigencia fiscal de 2.009, que modifica las cuantias de las apropiaciones aprobadas inicialmente.

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUMAPAZ

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el decreto ley 1421 y el articulo 33 del decreto No.1139 de diciembre 29 de 2000, acuerdos y decretos reglamentarios y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 33 del Decreto No.1139 de diciembre 29 de 2000, los traslados que afecten la apropiación de los programas, requieren concepto previo y favorable del CONFIS, cuando la cuantía sea superior o igual a 200 salarios mínimos legales mensuales.

Que el RUBRO 3.3.6. OBLIGACIONES POR PAGAR, tiene un saldo libre de apropiación de $814´545.346,07 en razón a la liquidación de contratos de vigencias anteriores, por parte de las diferentes UEL y del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz.

Que con el ánimo de utilizar estos recursos se realizó una evaluación del Plan de Inversión proyecto por proyecto y de común acuerdo con las entidades responsables de su ejecución, en aras de garantizar una idónea ejecución de los recursos y con el ánimo de satisfacer las necesidades de la comunidad, considera necesario efectuar un traslados presupuestal, para utilizar el saldo excedente de las OBLIGACIONES POR PAGAR y bajo la consideración de que es necesario e indispensable una inversión eficiente y eficaz de los recursos.

Que con el anterior considerando es necesario contracreditar el valor de $814´500.000,oo del saldo excedente de las OBLIGACIONES POR PAGAR.

Que los programas a continuación relacionados requieren más recursos, por lo cual es necesario financiarlos así: a) 3.3.1.13.01.04 Bogotá bien alimentada por valor de $509´500.000,oo y b) 3.3.1.13.02.21 Bogotá rural, por valor de $305´000.000,oo De acuerdo a la justificación técnica, económica y social expresada en el oficio que hace parte integral de este documento.

Que el CONFIS en su reunión No.10 de octubre 05 de 2009 emitió concepto favorable al presente traslado presupuestal, el cual se adjunta.

Que la Responsable de Presupuesto, certifica el saldo libre de apropiación con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 446

Que en mérito de lo anterior,

Ver el Decreto Local 15 de 2008

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Efectúese el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz para la vigencia fiscal 2.009, por la suma de OCHOCIENTOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($814´500.000,oo) M/CTE, de acuerdo con el siguiente detalle:

CÓDIGO PPTAL

CONCEPTO

VALOR

3

GASTOS

814`500.000,oo

3.3

INVERSIÓN

814`500.000,oo

3.3.6.

OBLIGACIONES POR PAGAR

814´500.000,oo

TOTAL CONTRACREDITO

814´500.000,oo

ARTÍCULO SEGUNDO.- Efectúese el siguiente crédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz para la vigencia fiscal 2.009, por la suma de OCHOCIENTOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($814´500.000,oo) M/CTE, de acuerdo con el siguiente detalle:

CÓDIGO PPTAL

CONCEPTO

VALOR

3

GASTOS

814,500,000.00

3.3

INVERSIÓN

814,500,000.00

3.3.1

DIRECTA

814,500,000.00

3.3.1.13

Plan de desarrollo "Bogotá positiva: para vivir mejor"

814,500,000.00

3.3.1.13.01

CIUDAD DE DERECHOS

509,500,000.00

3.3.1.13.01.04

Bogotá bien alimentada

509`500,000.00

3.3.1.13.02

DERECHO A LA CIUDAD

305`000,000.00

3.3.1.13.02.21

Bogotá rural

305`000,000.00

TOTAL CREDITO

814´500.000,oo

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los quince (15) días del mes de Octubre del Dos mil nueve 2009.

MISAEL BAQUERO LOPEZ

Presidente – J.A.L Sumapaz

CARLA NIAMED LOZANO TAUTIVA

Secretaria J.A.L. Sumapaz

El presente Acuerdo fue liquidado mediante Decreto Local No. 10 de octubre 20 de dos mil nueve (2009).

REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA

Alcaldesa Local de Sumapaz

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4304 de octubre 21 de 2009.